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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (29/09/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de setiembre de 2012 475573 - CONATA, sobre la base del valor comercial actualizado de los mismos, el cual será aprobado por Resolución Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el precio que se pagará por todo concepto a los propietarios vía trato directo será el monto del valor comercial actualizado de los mismos, más un porcentaje del 10% de dicho valor; Que, por Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, se fusionó el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; en tanto que, por Resolución Ministerial Nº 010-2007-VIVIENDA, se dispuso que la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 23337 y en el Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, será el órgano responsable de llevar a cabo las tasaciones de inmuebles que le soliciten las entidades y empresas públicas, que por su naturaleza no pueden ser ejecutadas por privados; Que, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional, en adelante PROVIAS NACIONAL, y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través de la Dirección Nacional de Construcción, en adelante DNC, suscribieron el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional Nº 037-2009-MTC/20, con el objeto de establecer los mecanismos y procedimientos generales que faciliten la mutua colaboración y la suma de esfuerzos institucionales en benefi cio del desarrollo nacional, en aplicación de lo dispuesto en las Leyes Nos. 27117 - Ley General de Expropiaciones y 27628 - Ley que Facilita la Ejecución de Obras Públicas Viales, y con la fi nalidad de que la DNC efectúe la valuación comercial de los predios afectados por la ejecución de obras públicas realizadas por PROVIAS NACIONAL, así como los ejecutados por los Contratos de Concesión de los Proyectos de Infraestructura de Transporte que comprenden la Red Vial Nacional, otorgados o a ser otorgados al Sector Privado bajo concesión o cualquier otra forma contractual que involucre una relación contractual de mediano a largo plazo; Que, mediante Ofi cio Nº 050-2012/VIVIENDA-VMCS- DNC de fecha 13 de enero de 2012, la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en adelante DNC, remitió los informes técnicos de tasación de los predios afectados por la construcción de la Vía de Evitamiento de Azángaro del Corredor Vial Interoceánico del Sur Perú - Brasil, Tramo V; Que, a través del Memorándum Nº 2162-2012-MTC/20.6 de fecha 08 de mayo de 2012, la Unidad Gerencial de Estudios del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, remitió el Informe Nº 17- 2012-Abog.TCAP, mediante el cual se sustentó la necesidad de gestionar la aprobación de las tasaciones elaboradas por la DNC, que corresponden a dos (02) predios afectados por la construcción de la Vía de Evitamiento de Azángaro del Corredor Vial Interoceánico del Sur Perú - Brasil, Tramo V; Que, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL con Informe Nº 333-2012-MTC/20.3, de fecha 10 de mayo de 2012, considera procedente efectuar el trámite para la aprobación de las tasaciones señaladas en el considerando precedente; Que, con la Nota de Elevación Nº 273-2012-MTC/20 de fecha 15 de mayo de 2012, la Dirección Ejecutiva de PROVIAS NACIONAL, remitió la solicitud formulada por la Unidad Gerencial de Estudios de dicha entidad mediante Memorándum Nº 2162-2012-MTC/20.6 para la probación de las tasaciones que corresponden a dos (02) predios afectados por la construcción de la Vía de Evitamiento de Azángaro del Corredor Vial Interoceánico del Sur Perú - Brasil, Tramo V; señalando además, su conformidad a la misma; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nos. 27628 y 29370, así como por el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar las tasaciones elaboradas por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, correspondientes a dos (02) predios afectados por la construcción de la Vía de Evitamiento de Azángaro del Corredor Vial Interoceánico del Sur Perú - Brasil, Tramo V; ubicados en el distrito de Azángaro, provincia de Azángaro, departamento de Puno; conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO RELACIÓN DE DOS (02) PREDIOS AFECTADOS POR LA CONSTRUCCIÓN DE LA VÍA DE EVITAMIENTO DE AZÁNGARO DEL CORREDOR VIAL INTEROCEÁNICO DEL SUR PERÚ - BRASIL, TRAMO V; UBICADOS EN EL DISTRITO DE AZÁNGARO, PROVINCIA DE AZÁNGARO, DEPARTAMENTO DE PUNO ÍTEM N° CÓDIGO VALOR COMERCIAL US$ 1 P008A-II 9 456,00 2 P009A-II 3 080,00 847245-1 Aprueban valuaciones comerciales de predios afectados por ejecución de obras de rehabilitación y mejoramiento de carretera, ubicados en el departamento de La Libertad RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 537-2012-MTC/02 Lima, 26 de setiembre de 2012 VISTO: La Nota de Elevación Nº 241-2012-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL sobre la aprobación de valuaciones comerciales de predios afectados por la ejecución de la obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Santiago de Chuco - Shorey; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27628, Ley que facilita la ejecución de obras públicas viales, establece que la adquisición de inmuebles afectados por trazos en vías públicas se realizará por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones; Que, de acuerdo con los artículos 2° y 3° de la Ley Nº 27628, el valor de tasación para la adquisición de inmuebles por trato directo afectados por trazos en vías públicas será fi jado por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, actualmente a cargo de la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento acorde con el Decreto Supremo Nº 025- 2006-VIVIENDA y la Resolución Ministerial Nº 010-2007- VIVIENDA, sobre la base del valor comercial actualizado de los mismos, que será aprobada mediante Resolución Ministerial del Sector Transportes y Comunicaciones, y que, el precio que se pagará por todo concepto a los propietarios vía trato directo será el monto del valor comercial actualizado de los mismos, más un porcentaje del 10% de dicho valor; Que, Provías Nacional y la Dirección Nacional de Construcción suscribieron el Convenio Marco N° 037-2009- MTC/20 de Cooperación Interinstitucional, para que en aplicación de la Ley N° 27117, Ley General de Expropiaciones, y la Ley N° 27628, la referida Dirección efectúe la valuación comercial de los predios afectados por la ejecución de obras públicas realizadas por dicho Proyecto Especial, así como los ejecutados por los contratos de concesión de los Proyectos de Infraestructura de Transporte que comprenden la Red Vial Nacional; estipulándose que para todos los servicios cuyos costos sean menores a tres (3) Unidades Impositivas Tributarias no se requerirá de la suscripción de un Convenio Específi co, para cuyo caso bastará que el servicio sea solicitado y aceptado mediante ofi cios de las partes involucradas; Que, la Unidad Gerencial de Estudios de Provías Nacional a través del Ofi cio N° 1848-2011-MTC/20.6 solicitó a la Dirección Nacional de Construcción la valuación comercial de dieciséis (16) predios afectados por la ejecución de la obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Santiago de Chuco - Shorey, ubicados en el distrito y provincia de Santiago de Chuco, departamento de La Libertad; Que, la Dirección Nacional de Construcción con el Ofi cio N° 142-2012/VIVIENDA-VMCS-DNC remite a la Unidad Gerencial de Estudios, dieciséis Informes Técnicos