Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (29/09/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de setiembre de 2012 475565 Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Segunda.- Normas Complementarias Mediante Resolución Ministerial se expiden las disposiciones de carácter operativo para garantizar el buen funcionamiento del Programa, las mismas que deberán estar acorde con el presente Decreto Supremo. Asimismo, el Programa podrá establecer lineamientos y emitir directivas de índole operativa para su funcionamiento institucional y desarrollo, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto Supremo. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Aprobación del Manual de Operaciones El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional VIDA DIGNA mediante Resolución Ministerial, en un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto Supremo. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogatoria Deróguense las normas que se opongan al presente Decreto Supremo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de setiembre del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 848089-10 Aprueban Plan de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales 2012 del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 267-2012-MIMP Lima, 28 de setiembre de 2012 Vistas el Acta de la Quincuagésima Novena Sesión de la Comisión Sectorial de Transferencia de los Programas Sociales del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la Nota Nº 016-2012- MIMP/OGMEPGD de la Ofi cina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada y los Memorandos Nº 064-2012-MIMP/OGPP y Nº 088-2012- MIMP/OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, el artículo 188º de la Constitución Política del Perú establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente del Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país, cuyo proceso se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencias de recursos del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales; Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, dispone que la descentralización tiene como fi nalidad el desarrollo integral, armónico y sostenible del país, a través de la separación de competencias y funciones, y el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de gobierno, en benefi cio de la población; Que, el literal b) del numeral 11.3 de la Directiva Nº 005-CND-P-2005, “Procedimiento para la Formulación de los Planes de Transferencia Sectoriales de Mediano Plazo y de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales”, aprobada por Resolución Presidencial Nº 081- CND-P-2005 del exConsejo Nacional de Descentralización (hoy Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros), prevé que el Plan Anual de Transferencia Sectorial deberá ser aprobado por Resolución Ministerial; Que, la Comisión Sectorial de Transferencia de los Programas Sociales del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, constituida por Resolución Ministerial Nº 802-2006-MIMDES, modifi cada por la Resolución Ministerial Nº 125-2012-MIMP, encargada de elaborar los Planes Anuales de Transferencia Sectorial a partir del año 2007, ha acordado en su Quincuagésima Novena Sesión brindar su conformidad al proyecto del Plan de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales 2012 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a fi n de que sea aprobado por la Titular del MIMP; Que, mediante Nota Nº 016-2012-MIMP/OGMEPGD del 4 de setiembre de 2012, la Ofi cina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada ha remitido el Informe Nº 003-2012- MIMP-OGMEPGD-OGD-PTF de la Ofi cina de Gestión Descentralizada, que sustenta la aprobación del Plan de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales 2012 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, teniendo en cuenta lo señalado en la Nota Nº 178-2012-MIMP/DGD del 27 de junio de 2012; Que, en consecuencia, resulta necesario emitir el acto con el cual se apruebe el Plan de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales 2012 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; De conformidad con la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Nº 28273 – Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM, el Decreto Legislativo Nº 1098 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP, y la Resolución Presidencial Nº 081-CND-P-2005; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales 2012 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, que en Anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Remitir a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros copia de la presente Resolución y su Anexo, para los fi nes pertinentes. Artículo 3.- El Plan de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales 2012 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP será publicado en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.pe) en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 848086-1