NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (29/09/2012)
CANTIDAD DE PAGINAS: 120
TEXTO PAGINA: 50
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de setiembre de 2012 475568 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 208-2012-RE Lima, 28 de setiembre de 2012 VISTO: El Ofi cio Nº 788-2012-AG-OPP/UIS de fecha 9 de abril de 2012, del Ministerio de Agricultura, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota correspondiente al año 2011 a la Organización Internacional del Café - OIC; CONSIDERANDO: Que, el artículo 67º numeral 67.3 de la Ley Nº 28411- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno Peruano a los Organismos Internacionales no fi nancieros de los cuales el Perú es país miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los Organismos Internacionales con el fi n de potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuota al mencionado organismo internacional, con cargo al presupuesto de la Dirección General de Competitividad Agraria del Ministerio de Agricultura; De conformidad con lo establecido en el artículo 67°, numeral 67.3 de la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Agricultura a efectuar el pago de US$ 70,217.00 (SETENTA MIL DOSCIENTOS DIECISIETE DÓLARES AMERICANOS) a la Organización Internacional del Café (OIC), correspondiente a la cuota del año 2011. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto de la Dirección General de Competitividad Agraria del Ministerio de Agricultura. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros Encargado del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 848083-16 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 209-2012-RE Lima, 28 de setiembre de 2012 VISTO: El ofi cio Nº 530-SENAMHI-PREJ-OAI/2012 de fecha 17 de agosto de 2012, del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología (SENAMHI), por el que se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago del saldo de la cuota 2009 y la cuota del año 2010 a la Organización Meteorológica Mundial - OMM; CONSIDERANDO: Que, el artículo 67º numeral 67.3 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio producto de la cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago del saldo de la cuota del año 2009 y la cuota del año 2010 a la Organización Meteorológica Mundial (OMM), con cargo al presupuesto del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología (SENAMHI); De conformidad con lo establecido en el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología (SENAMHI) el pago de CHF 94,127.59 (Noventaicuatro Mil Ciento Veintisiete y 59/100 francos suizos) a la Organización Meteorológica Mundial (OMM), correspondiente al saldo de la cuota 2009 y la cuota del año 2010. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología (SENAMHI). Artículo 3.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros Encargado del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 848083-17 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 210-2012-RE Lima, 28 de setiembre de 2012 VISTO: El Ofi cio Nº 787-2012-AG-OPP/UIS de fecha 09 de abril de 2012, del Ministerio de Agricultura, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota correspondiente al año 2011 a la Organización Internacional del Cacao - IICO; CONSIDERANDO: Que, el artículo 67º numeral 67.3 de la Ley Nº 28411- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno Peruano a los Organismos Internacionales no fi nancieros de los cuales el Perú es país miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los Organismos Internacionales con el fi n de potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuota al mencionado organismo internacional, con cargo al presupuesto de la Dirección General de Competitividad Agraria del Ministerio de Agricultura; De conformidad con lo establecido en el artículo 67°, numeral 67.3 de la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;