NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (29/09/2012)
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TEXTO PAGINA: 48
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de setiembre de 2012 475566 RELACIONES EXTERIORES Ratifican el Convenio Marco de Cooperación en Materia Social entre Perú y Venezuela DECRETO SUPREMO Nº 045-2012-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Convenio Marco de Cooperación en Materia Social entre la República del Perú y la República Bolivariana de Venezuela, fue suscrito el 07 de enero de 2012, en la ciudad de Puerto Ordaz, República Bolivariana de Venezuela; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Convenio Marco de Cooperación en Materia Social entre la República del Perú y la República Bolivariana de Venezuela, suscrito el 07 de enero de 2012, en la ciudad de Puerto Ordaz, República Bolivariana de Venezuela. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Artículo 3º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de setiembre del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros Encargado del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 848083-7 Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al “Acuerdo sobre el Establecimiento de la Red Internacional del Bambú y el Ratán” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 204-2012-RE Lima, 28 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, el “Acuerdo sobre el Establecimiento de la Red Internacional del Bambú y el Ratán”, fue suscrito el 06 de noviembre de 1997, en la ciudad de Beijing, República Popular China; Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 56 y 102 de la Constitución Política del Perú y por el artículo 2º de la Ley N° 26647, que disponen la aprobación legislativa de los Tratados celebrados por el Estado peruano; RESUELVE: Artículo 1°.- Remítase al Congreso de la República, la documentación relativa al “Acuerdo sobre el Establecimiento de la Red Internacional del Bambú y el Ratán”, suscrito el 06 de noviembre de 1997, en la ciudad de Beijing, República Popular China. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros y Encargado del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 848083-12 Pasan a la situación de retiro a Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 205-2012-RE Lima, 28 de setiembre de 2012 VISTA: La solicitud s/n, del 29 de agosto de 2012, del Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Roberto Ricardo De Urioste Samanamud, mediante la cual solicita su pase a la situación de retiro, a partir del 01 de setiembre de 2012; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 18º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado defi nitivamente de la situación de actividad, entre otras causas, a su solicitud en forma escrita; Que, el pase a la situación de retiro, a su solicitud en forma escrita, se hará efectivo mediante Resolución Suprema; Que, el Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Roberto Ricardo De Urioste Samanamud, no está incurso en lo establecido en el artículo 49º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130- 2003-RE; Teniendo, en cuenta el Informe N° 005-2012, de la Ofi cina General de Recursos Humanos, de 03 de setiembre de 2012; De conformidad con los artículos 18º inciso e) de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley N° 29318; y los artículos 43º literal e) y 49º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo N° 065-2009-RE; y artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Pasar a la situación de retiro, a su solicitud en forma escrita, al Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Roberto Ricardo De Urioste Samanamud, con efi cacia anticipada, a partir de 01 de setiembre de 2012. Artículo 2º.- Dar las gracias al Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Roberto Ricardo