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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (03/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 33

El Peruano Sábado 3 de agosto de 2013 500551 ORGANISMOS REGULADORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Aprueban la publicación en la página web de la SUNASS del proyecto de Resolución de Consejo Directivo que contiene la propuesta de modificación del numeral 88.3 del artículo 88 del Reglamento de Calidad de la Prestación de Servicios de Saneamiento RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 021-2013-SUNASS-CD Lima, 26 de julio de 2013 VISTO: El Informe Nº 006-2013-SUNASS-100 presentado por la Gerencia de Políticas y Normas que contiene la propuesta de modifi cación del numeral 88.3 del artículo 88 del Reglamento de Calidad de la Prestación de Servicios de Saneamiento, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 011-2007-SUNASS-CD, y sus modifi catorias, así como su correspondiente exposición de motivos; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3.1 de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, señala que dichos organismos ejercen función normativa, la cual comprende la facultad de dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, los reglamentos y normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, el artículo 5 del Reglamento General de la SUNASS, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017- 2001-PCM, establece el Principio de Transparencia, en virtud del cual las decisiones normativas o regulatorias, para su aprobación, deben ser previamente publicadas a fi n de que los interesados tengan la oportunidad de expresar su opinión; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 del Reglamento General de la SUNASS y por el artículo 14 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; El Consejo Directivo en su Sesión Nº 13-2013; HA RESUELTO: Artículo 1º.- Aprobar la publicación del proyecto de Resolución de Consejo Directivo que contiene la propuesta de modifi cación del numeral 88.3 del artículo 88 del Reglamento de Calidad de la Prestación de Servicios de Saneamiento, aprobado por Resolución Nº 011-2007-SUNASS-CD y sus modifi catorias, y de la correspondiente exposición de motivos y disponer su publicación en la página web de la SUNASS (www. sunass.gob.pe). Artículo 2º.- Otorgar un plazo de quince días calendario, contados desde el día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución, a fi n de que los interesados presenten sus comentarios sobre el proyecto de resolución de Consejo Directivo y su exposición de motivos señalados en el artículo anterior, en la sede institucional de la SUNASS ubicada en Av. Bernardo Monteagudo Nº 210 -216, Magdalena del Mar o por vía electrónica a gpn@sunass.gob.pe. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia de Políticas y Normas de la SUNASS, el acopio, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten. Con el voto aprobatorio de los señores Consejeros Fernando Momiy Hada, Jorge Luis Olivarez Vega y Julio Baltazar Durand Carrión. Regístrese y publíquese. FERNANDO MOMIY HADA Presidente del Consejo Directivo 968791-1 Aprueban fórmula y estructura tarifaria de EPS TACNA S.A. para el próximo quinquenio regulatorio 2013 - 2018 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 023-2013-SUNASS-CD Lima, 1 de agosto de 2013 VISTO: El Informe Nº 031-2013-SUNASS-110 emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria que presenta: i) El estudio tarifario fi nal con la propuesta de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán aplicados por EPS TACNA S.A. y ii) Los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que serán de aplicación por la referida empresa; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 009-2012-SUNASS- GRT se iniciaron los procedimientos de aprobación de: i) La fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión y ii) Los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales de EPS TACNA S.A.; Que, según el informe de visto -el cual forma parte integrante de la presente resolución- de acuerdo al procedimiento establecido en el Reglamento General de Tarifas1, se ha cumplido con: i) Publicar en el diario ofi cial “El Peruano” el proyecto de resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los precios de los servicios colaterales; ii) Realizar la audiencia pública correspondiente el 22 de marzo de 2013 y iii) Elaborar el estudio tarifario fi nal y el informe de evaluación de la propuesta fi nal de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los precios de los servicios colaterales (que contienen la evaluación de los comentarios realizados a los proyectos publicados y los expresados con ocasión de la audiencia pública); Que, sobre la base del Informe Nº 031-2013-SUNASS- 110, el Consejo Directivo considera que corresponde aprobar la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los precios de los servicios colaterales de EPS TACNA S.A.; y disponer la constitución del fondo para fi nanciar las inversiones ejecutadas con recursos internamente generados por la mencionada empresa; Que, teniendo en cuenta lo dispuesto por la Ley Nº 29644, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres se ha previsto en la fórmula tarifaria recursos que coadyuven al cumplimiento de la referida norma; El Consejo Directivo en su sesión del 12 de julio de 2013; HA RESUELTO: Artículo 1º.- Aprobar la fórmula tarifaria que será de aplicación por EPS TACNA S.A. para el 1 Aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD.