Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2013 (22/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano Jueves 22 de agosto de 2013

501561
Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO EN PARTE el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, REVOCAR el Acuerdo de Concejo Nº 45-52013-MPT, del 13 de MORDAZA de 2013, en el extremo que rechazo la solicitud de vacancia de MORDAZA Ralvis MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Talara, departamento de MORDAZA, por haber incurrido en la causal establecida en el articulo 22, numeral 9, concordante con el articulo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, al haberse adjudicado el bien municipal ubicado avenida "A-106B", y en consecuencia, REFORMANDOLO, declarar su VACANCIA en el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Talara e INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en los demas extremos de su pretension. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial expedida a MORDAZA Ralvis MORDAZA MORDAZA como MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Talara, departamento de MORDAZA, con motivo de las elecciones municipales del ano 2010. Articulo Tercero.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA Galecio, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 08512133, para que asuma el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Talara, departamento de MORDAZA, a fin de que complete el periodo de gobierno municipal 2011-2014, otorgandosele la respectiva credencial. Articulo Cuarto.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 17859773, candidato no proclamado de la alianza electoral Unidos Construyendo, para que asuma el cargo de regidor de la Municipalidad Provincial de Talara, departamento de MORDAZA, a fin de que complete el periodo de gobierno municipal 2011-2014, otorgandosele la respectiva credencial. Articulo Quinto.- REMITIR lo actuado a la Contraloria General de la Republica, en virtud de lo expuesto en los considerandos de la presente resolucion, a efectos de que actue conforme a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 977890-4

con implementar el expediente de vacancia con la documentacion pertinente, que acredita que las areas laterales materia del pedido de vacancia se encuentran inscritos desde el ano 2006 a nombre de la Municipalidad Provincial de Talara, en la MORDAZA Registral Nº 1, Sede Sullana, de los Registros Publicos; asi como tambien se ha anexado la documentacion que acredita que cuando se produjo el cumplimiento del Acuerdo de Concejo Nº 07907-2011-MPT, del 25 de MORDAZA de 2011, mediante el que el Concejo Provincial de Talara, aprobo la venta directa de las areas laterales de las Avenidas A, B, C y MORDAZA 31, las mismas que ya habian sido saneadas legalmente con memoria descriptiva, planos y ficha registral a nombre de la Municipalidad Provincial de Talara, mi persona y los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se encontraban desde hacia mas de diez (10) anos como posesionarios de las areas laterales cuta propiedad esta observando el interesado en la vacancia de mi cargo electo. [...]" 36. De esta manera, se acredita que en efecto si existio un contrato de venta directa respecto de un bien municipal, tal como el mismo MORDAZA lo ha senalado en sus distintos escritos de descargos. 37. En cuanto al MORDAZA requisito, se tiene que, de las afirmaciones vertidas por la propia autoridad municipal, la relacion contractual existio entre la entidad MORDAZA, donde MORDAZA Ralvis MORDAZA MORDAZA es MORDAZA provincial, y la misma persona, en calidad de persona natural. En tal sentido, se ha acreditado la existencia de un interes propio del MORDAZA al encontrarse en ambos lados de la relacion, esto es, por un lado aparece como la autoridad municipal que autoriza la venta y, por otro, aparece como el beneficiario de dicha venta. 38. Habiendose acreditado el MORDAZA requisito de la causal imputada, corresponde analizar si en el caso de autos existio o no conflicto de intereses. 39. De la revision de lo actuado se tiene que el hecho de estar en una doble posicion, tal como se senalo en el considerando 37 de la presente resolucion, pone en evidencia la existencia de un conflicto de intereses, pues se encuentra en contraposicion la proteccion de los bienes municipales frente a los intereses del MORDAZA provincial como persona natural, existiendo por tanto intereses contrapuestos. 40. Si bien es MORDAZA, el MORDAZA provincial ha senalado que dicha venta directa fue producto de la regularizacion en definitiva el derecho de propiedad que se habia adquirido por prescripcion adquisitiva de dominio de sus areas laterales, tambien es MORDAZA que, pese al requerimiento formulado por este colegiado en la Resolucion Nº 00852013-JNE, del 29 de enero de 2013, el concejo provincial no cumplio con adjuntar la documentacion que acredite la condicion de poseedor del terreno bajo analisis. 41. Si bien, el MORDAZA provincial con el escrito presentado el 6 de febrero de 2013 (fojas 303 a 307), adjunto copias simples de la declaracion jurada de autovaluo relacionado con el impuesto al valor del patrimonio predial correspondiente al ano 1998 (fojas 308 a 309), y 1999 (foja 312 a 314), copias simples del comprobante de pago de tributos municipales del ano 2002 (foja 310 y 317), MORDAZA simple del voucher de pagos de arbitrios municipales del ano 2002 (foja 315), y 2003 (foja 311), todos relacionados con los inmuebles ubicados en la avenida A 108-110, tambien lo es que, estos documentos no son suficientes para demostrar la posesion y mucho menos la propiedad. 42. De otro lado, se tiene que si bien la venta directa se hizo como consecuencia de la aprobacion del Acuerdo de Concejo Nº 079-07-2011-MPT, del 25 de MORDAZA de 2011, mediante el que el concejo provincial aprobo la venta directa de las areas laterales de las avenidas "A", "B", "C", y del MORDAZA "31", no se ha acreditado que dicha adjudicacion, por parte del MORDAZA provincial, MORDAZA seguido el procedimiento establecido en el Reglamento de compraventa de bienes inmuebles de propiedad de la Municipalidad Provincial de Talara, aprobado mediante el Acuerdo Municipal Nº 20-11-2012-MPT, del 29 de noviembre de 2012 (fojas 281 a 283). 43. Asi, en merito a lo MORDAZA expuesto se tiene que en este extremo de la solicitud corresponde estimar el recurso de apelacion.

MINISTERIO PUBLICO
Aceptan renuncia de fiscales provinciales en los Distritos Judiciales de Tumbes y MORDAZA
RESOLUCION DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 127-2013-MP-FN-JFS MORDAZA, 20 de agosto de 2013 VISTA Y CONSIDERANDO: La solicitud presentada por la doctora MORDAZA MORDAZA PISCONTI MORDAZA, mediante la cual formula renuncia al cargo de Fiscal Provincial Titular Mixta de Tumbes, Distrito

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