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El Peruano Jueves 22 de agosto de 2013 501546 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nombran Fiscales Superiores Penales en los Distritos Judiciales de Lima y Loreto RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 250-2013-CNM Lima, 26 de julio de 2013 VISTO: El Informe N° 050-2013-CPSN-CNM de la Comisión Permanente de Selección y Nombramiento, mediante el cual eleva el Cuadro de Méritos de los Candidatos en Reserva del Ministerio Público de la Convocatoria N° 003- 2012-SN/CNM; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de la Magistratura publicó con fecha 30 de mayo de 2013, los cuadros de aptos de Candidatos en Reserva de la Convocatoria N° 003- 2012-SN/CNM, conforme a lo previsto por el artículo 65°, numeral 65.4 de la Ley de Carrera Judicial; Que, el señor Fiscal de la Nación mediante Ofi cios N°s. 231-2013-MP-FN y 261-2013-MP-FN, de fecha 22 y 24 de mayo, respectivamente, informó de la existencia de plazas vacantes de Fiscales Superiores a nivel nacional; por lo que corresponde someter a votación el nombramiento de los Candidatos en Reserva en dichas plazas, en el marco de la Convocatoria N° 003-2012- SN/CNM; Que, el Pleno del Consejo, en sesión del 25 de julio de 2013, teniendo en cuenta el referido Cuadro de Méritos de los Candidatos en Reserva procedió al nombramiento de Fiscales Superiores de los Distritos Judiciales Lima y Loreto; disponiendo que la proclamación, juramentación y entrega de título, se realice en acto público; Que, en cumplimiento de los acuerdos adoptados en dicha sesión y en uso de las facultades conferidas por los artículos 150° y 154° inciso 4 de la Constitución Política del Perú, y los artículos 14° y 65.4 de la Ley de Carrera Judicial; y los artículos 2° y 3° incisos b), d), 1) y g) de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura -Ley N° 26397; SE RESUELVE: Primero.- Nombrar en el Distrito Judicial de Lima: 1. VELA BARBA, RAFAEL ERNESTO FISCAL SUPERIOR PENAL 2. LEON AGUILAR, CARLA AURORA FISCAL SUPERIOR PENAL Segundo.- Nombrar en el Distrito Judicial de Loreto: 1. VALDEZ HIRENE, MARCO ANTONIO FISCAL SUPERIOR PENAL Tercero.- Proceder a la proclamación, juramentación y entrega de títulos de nombramiento, en acto público del Consejo Nacional de la Magistratura, remitiéndose copia de la presente resolución, al señor Fiscal de la Nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MÁXIMO HERRERA BONILLA Presidente 977089-1 Disponen la expedición de títulos de Fiscales Provinciales de los Distritos Judiciales de Cajamarca y Piura RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 268-2013-CNM Lima, 9 de agosto de 2013 VISTOS: Los Ofi cios Nº 14293-2013-MP-FN-SEGFIN y N° 15078-2013- MP-FN-SEGFIN, de fechas 10 y 19 de julio de 2013, respectivamente; remitidos por el señor Secretario General de la Fiscalía de la Nación; y, CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional el único organismo competente para extender el título de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condición de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el artículo 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, así como el único facultado para cancelar dichos títulos, en atención a lo dispuesto por el artículo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Resolución Nº 238-2006-CNM publicado en el diario Ofi cial “El Peruano” de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobó el Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo artículo 4° dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el título ofi cial al Juez o Fiscal, como son: a) Nombramiento, b) Reincorporación, c) Traslado, d) Permuta, y e) Modifi cación en la denominación de la plaza originaria; Que, el señor Secretario General de la Fiscalía de la Nación, mediante Ofi cio Nº 14293-2013-MP-FN-SEGFIN del 10 de julio de 2013, remite copia certifi cada de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1905-2013-MP- FN del 9 de julio de 2013, que dispone en su artículo primero declarar procedente el pedido de traslado por permuta formulado por los señores Fiscales Tito Gerardo Sirlopú Garces, Fiscal Provincial Titular Penal (Corporativo) de Tambo Grande, Distrito Judicial de Piura, y Karla Miroslava Saldarriaga Lores, Fiscal Provincial Titular Mixto de Yonan - Tembladera, Distrito Judicial de Cajamarca; solicitando en su artículo segundo la cancelación de sus títulos originarios y la expedición de nuevos títulos a favor de los magistrados mencionados como Fiscal Provincial Titular Mixto de Yonan – Tembladera en el Distrito de Cajamarca, y de Fiscal Provincial Titular Penal (Corporativo) de Tambo Grande en el Distrito Judicial de Piura, respectivamente; y, mediante Ofi cio N° 15078-2013- MP-FN-SEGFIN del 19 de julio de 2013, remite copia certifi cada de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2011-2013-MP-FN del 18 de julio de 2013, que rectifi ca la resolución previamente mencionada, considerando para todos sus efectos el nombre de la fi scal permutante como Yesenia Karla Miroslava Saldarriaga Lores; Que, mediante Resolución N° 307-2012-CNM del 23 de octubre de 2012, los citados magistrados fueron nombrados en los cargos de Fiscal Provincial Penal (Corporativo) de Tambo Grande, del Distrito Judicial de Piura; y, Fiscal Provincial Mixto de Yonan - Tembladera, del Distrito Judicial de Cajamarca; Que, en atención a los considerandos precedentes, corresponde al Consejo Nacional de la Magistratura expedir los títulos de Fiscal Provincial Mixto de Yonan - Tembladera, del Distrito Judicial de Cajamarca y Fiscal Provincial Penal (Corporativo) de Tambo Grande, del Distrito Judicial de Piura, a favor de los doctores Tito Gerardo Sirlopú Garces y Yesenia Karla Miroslava Saldarriaga Lores, previa cancelación de sus títulos anteriores; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo adoptado en sesión de fecha 8 de agosto de 2013; y de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37º incisos e) y f) de la Ley Nº 26397 –Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedición y