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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (22/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 49

El Peruano Jueves 22 de agosto de 2013 501563 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N°1242-2008-MP-FN, de fecha 12 de setiembre del 2008, se convirtieron los Despachos de la Cuarta y Quinta Fiscalía Superior Penal del Distrito Judicial de Arequipa, para que conozcan las apelaciones y recursos de queja de los procesos que se inicien con el Nuevo Código Procesal Penal; y la Primera, Segunda y Tercera Fiscalía Superior Penal del Distrito Judicial de Arequipa, las apelaciones y recursos de queja de los casos en liquidación y adecuación; Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N°522-2010-MP-FN, de fecha 16 de marzo del 2010, se convierte el Despacho de la Tercera Fiscalía Superior Penal de Liquidación y Adecuación del Distrito Judicial de Arequipa, en Tercera Fiscalía Superior Penal de Apelaciones; Que, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Convertir la Segunda Fiscalía Superior Penal de Liquidación de Arequipa en Segunda Fiscalía Superior Penal de Apelaciones de Arequipa, la misma que conocerá las apelaciones y recursos de queja tramitados con el Nuevo Código Procesal Penal, conjuntamente con la Tercera, Cuarta y Quinta Fiscalía Superior Penal de Apelaciones de Arequipa. Artículo Segundo.- Disponer que la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Arequipa, conforme a lo establecido en el literal g) del artículo 77° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N°067-2009-MP-FN, de fecha 23 de enero del 2009, disponga las medidas destinadas a regular equitativamente la carga procesal de la Segunda, Tercera, Cuarta y Quinta Fiscalía Superior Penal de Apelaciones de Arequipa. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de Arequipa, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Arequipa, Fiscal Superior Coordinador del Distrito Judicial de Arequipa, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 978257-4 Establecen y delimitan competencia territorial de los Despachos de las Fiscalías Provinciales Especializadas en Materia Ambiental con sede en Huánuco y Leoncio Prado, Distrito Fiscal de Huánuco RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2449-2013-MP-FN Lima, 21 de agosto del 2013 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 062-2012-MP-FN-JFS, se crearon Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental en las Provincias de Huánuco; Que, a través del Ofi cio N° 1858-2012-FSP-CFEMA- FN, el Fiscal Superior Coordinador de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, propone la delimitación de la competencia territorial de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental del Distrito Fiscal de Huánuco, con sede en Huánuco y Leoncio Prado, a efectos que se avoquen a la prevención e investigación de los casos por Delitos Ambientales previstos en el Título XIII del Libro Segundo del Código Penal; Que, estando a lo expuesto, resulta necesario emitir el resolutivo correspondiente, a efectos de establecer y delimitar la competencia territorial de los Despachos de las Fiscalías Provinciales Especializadas en Materia Ambiental con sede en Huánuco y Leoncio Prado, lo que coadyuvará en la mejora de la atención y ejercicio de la función fi scal, frente a la problemática y aumento de la incidencia y recurrencia de Delitos Ambientales en el Distrito Fiscal de Huánuco; Que, el Fiscal de la Nación, como titular del Ministerio Público, es el responsable de dirigir, orientar y formular la política institucional, teniendo además como uno de sus principales objetivos, ofrecer a la sociedad un servicio fi scal efi ciente y oportuno; en ese sentido, debe expedirse la resolución correspondiente; Que, estando a la propuesta formulada por el Fiscal Superior Coordinador de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que la Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental del Distrito Fiscal de Huánuco, con sede en Huánuco, se avoque, en adición a sus funciones, a la prevención e investigación de los casos por Delitos Ambientales previstos en el Título XIII del Libro Segundo del Código Penal, en las provincias de Huánuco, Lauricocha, Dos de Mayo, Yarowilca y Ambo. Artículo Segundo.- Disponer que la Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental del Distrito Fiscal de Huánuco, con sede en Leoncio Prado, se avoque, en adición a sus funciones, a la prevención e investigación de los casos por Delitos Ambientales previstos en el Título XIII del Libro Segundo del Código Penal, en las provincias de Leoncio Prado, Huacaybamba, Huamalíes y Pachitea. Artículo Tercero.- Facultar a la Presidencia de Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huánuco, para que, conforme a lo establecido en el artículo 77° literal g) del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 067-2009-MP-FN de fecha 23 de enero de 2009, se sirva disponer las medidas destinadas a regular la carga procesal de las Fiscalías Provinciales mencionadas en los artículos anteriores. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente resolución, a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huánuco, Presidencia de Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huánuco, Fiscalía Superior Coordinadora de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Equipo Técnico Institucional de Implementación del nuevo Código Procesal Penal, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 978257-5 Disponen la conversión y modificación de denominación de fiscalías provinciales a fin de constituirse en la Primera y Segunda Fiscalías Provinciales Especializadas en Materia Ambiental del Distrito Fiscal de La Libertad RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2450-2013-MP-FN Lima, 21 de agosto del 2013