Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2013 (07/12/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano Sabado 7 de diciembre de 2013

508633
Aniversario de la Batalla de MORDAZA y Dia del Ejercito del Peru"; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Ejercito del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de la Republica Federativa del Brasil detallado a continuacion, del 7 al 10 de diciembre de 2013, a fin que participe en la ceremonia de conmemoracion del "189º Aniversario de la Batalla de MORDAZA y Dia del Ejercito del Peru".
1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. MORDAZA MORDAZA Henrique DE AVELAR MORDAZA MORDAZA Primero MORDAZA GENTIL De MORDAZA MORDAZA Primero MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE ALBUQUERQUE Cadete MORDAZA COMTE Cadete Diogo de SOUZA LEAO DA MORDAZA MORDAZA Cadete MORDAZA TEIXEIRA Da MORDAZA Cadete MORDAZA Amadeu FERNANDES ALVES Dos MORDAZA Cadete MORDAZA Ruela DA MORDAZA MORDAZA Cadete MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cadete MORDAZA Henrique BOMBARDELLI

MORDAZA de MORDAZA, identificado con DNI Nº 09341646 y CIP Nº 00925184 y de la MORDAZA MORDAZA MORDAZA Brachowicz Viteri, identificado con DNI Nº 42211709 y CIP Nº 00094298, Sub Director y Jefa del Departamento de Formacion Nautica de la Escuela Nacional de MORDAZA Mercante "Almirante MORDAZA Grau", respectivamente, para que participen en la visita protocolar a la Escuela de la MORDAZA Mercante Nacional del Ecuador (ESMENA) en la MORDAZA de Guayaquil ­ Republica del Ecuador, del 09 de diciembre al 13 de diciembre de 2013, asi como autorizar su salida del MORDAZA el 08 de diciembre y su retorno el 14 de diciembre de 2013. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa ­ Escuela Nacional de MORDAZA Mercante "Almirante MORDAZA Grau", Unidad Ejecutora 008, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasaje Aereo: MORDAZA ­ Guayaquil-Ecuador ­ MORDAZA US$. 449 x 02 personas (Incluye TUUA) = US$ 898.00 Viaticos: US$ 370 x 05 dias x 02 personas

= US$ TOTAL: US$

3,700.00 4,598.00

Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados, y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre de los participantes. Articulo 4º.- El personal comisionado debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje realizado, dentro de los 15 dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuaran la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1025183-4

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1024658-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1062-2013-DE/SG MORDAZA, 6 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 952 del 27 de noviembre de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica Federativa del Brasil, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 3008/DRIE/c.2 del 3 de diciembre de 2013, el Director de Relaciones Internacionales del Ejercito, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica Federativa del Brasil; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 7 de diciembre de 2013 al 15 de enero de 2015, a fin de participar en el Curso de Maestro de Equitacion en la Escuela de Equitacion del Ejercito del Peru; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para

Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de Brasil
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1061-2013-DE/SG MORDAZA, 6 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 956 del 27 de noviembre de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica Federativa del Brasil, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 3008/ORIE/c.2 del 3 de diciembre de 2013, el Director de Relaciones Internacionales del Ejercito, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica Federativa del Brasil; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 7 al 10 de diciembre de 2013, a fin de participar en la ceremonia de conmemoracion del "189º

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.