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El Peruano Sábado 7 de diciembre de 2013 508643 sobre la Migración Haitiana y el Diálogo Bilateral”, el cual fue desarrollado por la OIM en Brasil, Haití y en los países de tránsito Ecuador, Perú y Bolivia; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N° 7100, del Despacho Viceministerial, de 3 de diciembre de 2013; y los Memoranda (DGC) N° DGC1014/2013, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, de 3 de diciembre de 2013; y (OPR) Nº OPR0576/2013, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 4 de diciembre de 2013, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047- 2002/PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 056- 2013/PCM; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Carlos Rafael Polo Castañeda, Director de Política Consular, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, a la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, el 9 de diciembre de 2013, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; así como autorizar su salida del país el 8 de diciembre de 2013 y su retorno el 10 de diciembre de 2013. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasaje aéreo que irrogue la participación del citado funcionario diplomático serán cubiertos por la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), por lo cual no ocasionará erogación alguna al pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 3º.- Los gastos por concepto de viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0053774: Negociación de Acuerdos Migratorios, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Viáticos por día US$ Nº de días Total viáticos US$ Carlos Rafael Polo Castañeda 370.00 1 + 1 740.00 Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático presentará a la Ministra de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 5º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDA RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1025173-1 SALUD Aprueban el Plan Nacional de Prevención y Respuesta Frente al Cólera RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 778-2013/MINSA Lima, 5 de diciembre del 2013 Visto, el Expediente N° 13-115378-001, que contiene el Memorándum N° 1639-2013-DGE-DVE-DSARES/ MINSA de la Dirección General de Epidemiología; CONSIDERANDO: Que, los artículos II y IV del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, disponen que la protección de la salud es de interés público, siendo la salud pública responsabilidad primaria del Estado y la salud individual responsabilidad compartida por el individuo, la sociedad y el Estado; Que, el cólera es una enfermedad relacionada principalmente al acceso insufi ciente al agua salubre y a un saneamiento inadecuado. Su impacto puede ser aún mayor en zonas donde las infraestructuras de servicios de saneamiento básico se encuentran dañadas o han sido destruidas; Que, según la Organización Mundial de la Salud, cada año se producen de 3 millones a 5 millones de casos de cólera y de 100,000 a 120,000 defunciones en el mundo, siendo los países y las zonas en situaciones de emergencia las especialmente vulnerables a los brotes de cólera, riesgo que puede ir en aumento con la afectación de los sistemas de abastecimiento de agua y saneamiento o la migración de grupos humanos; Que, en ese contexto, se conformó mediante Resolución Ministerial N° 632-2013/MINSA, la Comisión Sectorial de naturaleza temporal, encargada de elaborar un Plan Nacional que contenga las acciones destinadas a prevenir y atender los casos que puedan presentarse de la enfermedad del cólera en el país, que se denominará Plan Nacional de Prevención y Respuesta Frente al Cólera; Que, la propuesta de Plan Nacional de Prevención y Respuesta Frente al Cólera, tiene como objetivo, organizar e implementar las acciones integrales de promoción, prevención y control de cólera en el ámbito del Sector Salud frente a una potencial epidemia de cólera en el país, con la fi nalidad de reducir el impacto sanitario, social y económico; Que, en su elaboración han participado los órganos competentes del Ministerio de Salud. Asimismo, la Comisión Sectorial contó con el apoyo de los representantes del Seguro Social de Salud - EsSalud, de las Sanidades de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú y del Sistema Metropolitano de la Solidaridad - SISOL de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, resulta necesario que el Ministerio de Salud desarrolle una coordinación interinstitucional a fi n de hacer viables y sostenibles las estrategias y acciones frente al riesgo potencial de reingreso del cólera en el Perú; Que, con el Informe N° 153-2013-OGPP-OPGI/MINSA, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto otorgó opinión favorable a la suscripción del Plan Nacional de Prevención y Respuesta Frente al Cólera; Con las visaciones del Director General de la Dirección General de Epidemiología, del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el Plan Nacional de Prevención y Respuesta Frente al Cólera, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- Disponer que las direcciones generales, ofi cinas generales, órganos desconcentrados y organismos públicos del Ministerio de Salud, dentro del ámbito de sus competencias, incorporen en sus Planes Operativos Anuales, las actividades contenidas en el precitado Plan Nacional. Artículo 3°.- Disponer que las acciones contenidas en el Plan Nacional se desarrollarán con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Salud y del Instituto Nacional de Salud, sin demandar recursos adicionales al tesoro público. Artículo 4°.- Disponer que la Dirección General de Epidemiología, en ejercicio de sus funciones, supervise