Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2013 (07/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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rusticos adjudicados a titulo oneroso por el Estado, ocupados por asentamientos humanos, a que se refiere la Ley N° 28667; Que, por las Resoluciones Ministeriales N° 08112009-AG y N° 0304-2010-AG, el Ministerio de Agricultura y Riego aprobo los procedimientos administrativos, a iniciativa de parte, a ser considerados en los Textos Unicos de Procedimientos Administrativos - TUPAs de los Gobiernos Regionales, a cargo de las Direcciones Regionales de Agricultura, derivados de la funcion especifica en materia agraria regulada por el literal n) del articulo 51 de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, quedando pendientes de aprobacion los procedimientos administrativos referidos al Decreto Legislativo N° 1089 y su Reglamento, igualmente comprendidos en la precitada funcion especifica, transferida por COFOPRI a los Gobiernos Regionales; Que, la Tercera Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo N° 001-2013-AG, Alcance de la rectoria de la Politica Nacional Agraria en materia de saneamiento fisico legal y formalizacion de la propiedad agraria, senala que el Ministerio de Agricultura aprobara la relacion de los procedimientos administrativos derivados del Decreto Legislativo N° 1089, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 032-2008-VIVIENDA, los que deberan incorporarse en los Textos Unicos de Procedimientos Administrativos - TUPAs de los Gobiernos Regionales; Que, en el MORDAZA de lo establecido por la Tercera Disposicion Complementaria Final, citada en el considerando precedente, se han desarrollado las coordinaciones necesarias con el COFOPRI, quien tuvo a su cargo los referidos procedimientos administrativos, habiendose identificado la relacion de procedimientos administrativos que estaran a cargo de las Direcciones Regionales de Agricultura, o de los organos que hacen sus veces en esa materia; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria de los Lineamientos para Elaboracion y Aprobacion de MORDAZA y Disposiciones para el Cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, aprobados por Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, indica que, a partir de la fecha de entrada en vigencia de la Ley N° 29060, los Ministerios deberan publicar la relacion de procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales Sectoriales, incluyendo su denominacion, plazo MORDAZA de atencion y requisitos maximos a solicitar respecto de los procedimientos; y a partir de dicha publicacion, correspondera a los Gobiernos Regionales adecuar las disposiciones contenidas en su respectivo MORDAZA, pudiendo fijar un plazo menor de atencion o menores requisitos en los procedimientos; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por Ley N° 30048, y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 031-2008AG; y el Decreto Supremo N° 079-2007-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Relacion de los Procedimientos Administrativos, derivados del Decreto Legislativo N° 1089 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 032-2008-VIVIENDA Aprobar la Relacion de los Procedimientos Administrativos, derivados del Decreto Legislativo N° 1089, Decreto Legislativo que establece el Regimen Temporal Extraordinario de Formalizacion y Titulacion de Predios Rurales, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 032-2008-VIVIENDA, a cargo de las Direcciones Regionales de Agricultura o de los organos que hacen sus veces en esa materia, vinculados a la funcion especifica en materia agraria de los Gobiernos Regionales prevista en el literal n) del articulo 51 de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, incluyendo su denominacion, plazo MORDAZA de atencion y los requisitos maximos por cada procedimiento, que en Anexo forma parte de la presente Resolucion Ministerial.

El Peruano Sabado 7 de diciembre de 2013

Articulo 2º.- Adecuacion de los Textos Unicos de Procedimientos Administrativos - MORDAZA a procedimientos propios de cada Gobierno Regional Cada Gobierno Regional considerara en su MORDAZA, los procedimientos que MORDAZA de su competencia, de acuerdo a los asuntos propios de su ambito territorial. Articulo 3º.- Acciones a cargo de la Oficina de Apoyo y Enlace Regional Encargar a la Oficina de Apoyo y Enlace Regional, el seguimiento y monitoreo de la incorporacion de los Procedimientos Administrativos, aprobados por el Ministerio de Agricultura y Riego, en los Textos Unicos de Procedimientos Administrativos - TUPAs de los Gobiernos Regionales, para el adecuado ejercicio de las funciones transferidas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego

ANEXO Relacion de Procedimientos Administrativos a cargo de las Direcciones Regionales de Agricultura o de los organos que hacen sus veces en esa materia, derivados del Decreto Legislativo N° 1089 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 032-2008-VIVIENDA
DURACION DEL TRAMITE (Dias Habiles)



DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS

1

Formalizacion y Titulacion de 1) Solicitud dirigida a la Direccion Regional de Agricultura, Predios Rusticos de Propiedad del indicando la ubicacion del preEstado, en zonas catastradas luego dio y el Codigo de Referencia de las tres (03) visitas de oficio. Catastral. 2) Pruebas documentales de Base Legal: la posesion y explotacion economica, segun relacion Decreto Legislativo N° 1089, contenida en el articulo 41 Decreto Legislativo que establece Sesenta (60) del Reglamento del Decreto el Regimen Temporal Extraordinario Legislativo N° 1089, aprobado de Formalizacion y Titulacion de por Decreto Supremo N° 032Predios Rurales. 2008-VIVIENDA. Penultimo y ultimo parrafo del 3) Declaracion Jurada de no existir vinculo contractual relanumeral 18.1 del articulo 18 del tivo a la posesion ni procesos Reglamento del Decreto Legislativo judiciales o administrativos N° 1089, aprobado por Decreto sobre la posesion. Supremo N° 032-2008-VIVIENDA. Solicitud dirigida a la Direccion Regional de Agricultura, indicando la ubicacion del predio y el Codigo de Referencia Catastral. Pruebas documentales de la posesion y explotacion economica, segun relacion Base Legal: contenida en el articulo 41 del Reglamento del Decreto Decreto Legislativo N° 1089, Legislativo N° 1089, aproDecreto Legislativo que establece bado por Decreto Supremo el Regimen Temporal Extraordinario N° 032-2008-VIVIENDA. de Formalizacion y Titulacion de 3) Declaracion Jurada de no Predios Rurales. existir vinculo contractual relativo a la posesion, entre Penultimo y ultimo parrafo del el poseedor y el propietario numeral 47.1 del articulo 47 del original u otro poseedor, Reglamento del Decreto Legislativo ni procesos judiciales o N° 1089, aprobado por Decreto administrativos en los cuales Supremo N° 032-2008-VIVIENDA. se discuta la posesion o propiedad del predio. 1) Procedimiento Administrativo de Declaracion de Propiedad por Prescripcion Adquisitiva de Dominio en Predios Rusticos, luego de las 2) tres (03) visitas de oficio.

2

Setenta (70)

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