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El Peruano Sábado 7 de diciembre de 2013 508638 GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 12 780 000,00 ------------------- SUBTOTAL 12 780 000,00 =========== (En Nuevos Soles) PLIEGO 021 : Consejo Nacional de la Magistratura UNIDAD EJECUTORA 001 : Dirección de Administración ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PROYECTO 2 171549 : Mejoramiento de los servicios de selección y nombramiento, evaluación y ratifi cación y procesos disciplinarios de jueces y fi scales del CNM a nivel nacional mediante el fortalecimiento integral de la organización FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 968 950,00 ------------------- SUBTOTAL 1 968 950,00 =========== TOTAL EGRESOS 69 653 878,00 =========== Artículo 2º.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirán a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4º.- Del refrendo El presente dispositivo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de diciembre del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 1025181-2 Autorizan viaje de funcionario a Chile, Colombia y México, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 355-2013-EF/43 Lima, 06 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, el “inPerú V Road Show Alianza del Pacífi co”, se llevará a cabo del 9 al 11 de diciembre de 2013, en las ciudades de Santiago - República de Chile, Bogotá – República de Colombia y México D.F. – Estados Unidos Mexicanos; Que, mediante comunicación de fecha 5 de diciembre de 2013, el Despacho Ministerial comunica que por razones de agenda de trabajo no será posible la participación del señor Ministro de Economía y Finanzas en el citado evento; por lo que en su representación asistirá el señor Carlos Augusto Oliva Neyra, Viceministro de Hacienda; Que, el objetivo principal del mencionado Road Show es promover la inversión extranjera y el desarrollo de oportunidades en el Perú, posicionando al país como uno de los centros más importantes para la atracción de inversiones internacionales y optimizar la relación entre inversionistas extranjeros y las empresas peruanas; asimismo, se busca promover el desarrollo de mayores y mejores relaciones comerciales, fortaleciendo el trabajo que los gobiernos de los países miembros que conforman la Alianza del Pacífi co vienen realizando para lograr una integración plena; Que, en tal sentido, a fi n de darle continuidad a los esfuerzos de promoción económica del país, y por ser de interés nacional, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos parciales serán asumidos por InPerú, en tanto que los gastos de viáticos y el desplazamiento del tramo Bogotá-México, serán asumidos por el Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a su presupuesto; Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, dispone que los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú se autorizan mediante Resolución del Titular de la entidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su modifi catoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, así como la Resolución Ministerial Nº 662-2012-EF/43, que aprueba la Directiva Nº 003-2012- EF/43.01 – Directiva para la Tramitación de Autorizaciones de Viajes por Comisión de Servicios al Exterior e Interior del País, y su modifi catoria, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 331-2013-EF/43; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor Carlos Augusto Oliva Neyra, Viceministro de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas, a las ciudades de Santiago - República de Chile, Bogotá – República de Colombia y México D.F. – Estados Unidos Mexicanos, del 8 al 12 de diciembre de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos (Bogotá/México) : US $ 1 191,00 Viáticos (3 + 1 días) : US $ 1 550,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. En el mismo plazo presentará la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de