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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (07/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 57

El Peruano Sábado 7 de diciembre de 2013 508651 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS, CARGA Y MERCANCIAS Designan responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la SUTRAN RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 077-2013-SUTRAN/01.2 Lima, 3 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29380, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 16 de junio del 2009, se crea la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN; adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, encargada de normar, supervisar, fi scalizar y sancionar las actividades del transporte de personas, carga y mercancías en los ámbitos nacional e internacional y las actividades vinculadas con el transporte de mercancía en el ámbito nacional; Que, los artículos 8° y 9° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUTRAN, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2010-MTC, establece que el Superintendente constituye la máxima autoridad ejecutiva, estando dentro de sus funciones específi cas, entre otras, dirigir, coordinar y supervisar el funcionamiento de la SUTRAN; Que, la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, modifi cada por la Ley N° 27927, establece que toda persona tiene derecho a solicitar y recibir información de cualquier entidad de la Administración Pública; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 031-2012-SUTRAN/02, del 26 de marzo de 2012, se designó al señor William Argumedo Westphalen como responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la SUTRAN; Que, debido a la renuncia del señor William Argumedo Westphalen, es necesario designar al nuevo responsable de la elaboración y actualización de la información institucional que se difunde a través del Portal de Transparencia de la SUTRAN; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, modificada por la Ley N° 27927, Ley N° 29380 y el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 021- 2010-MTC y contando con la opinión de la Oficina de Asesoría Legal mediante el Informe Legal N° 425- 2013-SUTRAN/05.1; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida, a partir del 04 de octubre de 2013, la designación del señor William Argumedo Westphalen como funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la SUTRAN dispuesta por Resolución de Superintendencia N° 031-2012-SUTRAN/02. Articulo 2°.- Designar a partir de la fecha, al señor Marcos Christian Nalvarte Balmaceda, como responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la SUTRAN. Articulo 3°.- Comunicar la presente Resolución a Secretaría General, y al interesado, para su conocimiento y fi nes. Articulo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial el Peruano y en la página web institucional de la SUTRAN. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELVIRA CLARA MOSCOSO CABRERA Superintendente de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN 1024654-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Modifican Anexos de la Res. Nº 191- 2011-OS/CD, que aprobó el Reglamento del Registro de Hidrocarburos de OSINERGMIN RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 245-2013-OS/CD Lima, 26 de noviembre de 2013 VISTO: El Memorando N° GFHL/DPD-2551-2013 de la Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el literal c) del artículo 3° de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, la función normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERGMIN, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ámbito y materia de su competencia, los reglamentos de los procedimientos a su cargo y otras normas de carácter general; Que, según lo dispuesto por el artículo 3º de la Ley Nº 27699 - Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, el Consejo Directivo está facultado para aprobar procedimientos administrativos especiales que normen los procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la Función Supervisora; Que, según lo dispuesto por el artículo 22° del Reglamento General de OSINERGMIN aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, la función normativa de carácter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo de OSINERGMIN a través de resoluciones; Que, el mencionado Reglamento establece la facultad exclusiva que tiene OSINERGMIN de dictar dentro del ámbito de su competencia, reglamentos y normas de carácter general, aplicables a todas las entidades y usuarios que se encuentren en las mismas condiciones; en las cuales se normarán los derechos y obligaciones de las entidades y de éstas con sus usuarios; Que, a través del Decreto Supremo Nº 004-2010-EM, se transfi ere a OSINERGMIN el Registro de Hidrocarburos, estableciéndose que el citado Organismo Supervisor será el encargado de administrar, regular y simplifi car el Registro; Que, siendo así, con fecha 21 de noviembre de 2011 mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 191-2011-OS/CD se aprobó el Reglamento del Registro de Hidrocarburos de OSINERGMIN, estableciéndose los nuevos procedimientos a seguir para la inscripción, modifi cación, suspensión, cancelación y habilitación en