Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2013 (07/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano Sabado 7 de diciembre de 2013

508651
Articulo 4º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial el Peruano y en la pagina web institucional de la SUTRAN. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias ­ SUTRAN 1024654-1

ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS, CARGA Y MERCANCIAS
Designan responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia de la SUTRAN
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 077-2013-SUTRAN/01.2 MORDAZA, 3 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29380, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16 de junio del 2009, se crea la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias - SUTRAN; adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, encargada de normar, supervisar, fiscalizar y sancionar las actividades del transporte de personas, carga y mercancias en los ambitos nacional e internacional y las actividades vinculadas con el transporte de mercancia en el ambito nacional; Que, los articulos 8° y 9° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUTRAN, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2010-MTC, establece que el Superintendente constituye la MORDAZA autoridad ejecutiva, estando dentro de sus funciones especificas, entre otras, dirigir, coordinar y supervisar el funcionamiento de la SUTRAN; Que, la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, modificada por la Ley N° 27927, establece que toda persona tiene derecho a solicitar y recibir informacion de cualquier entidad de la Administracion Publica; Que, mediante Resolucion de Superintendencia N° 031-2012-SUTRAN/02, del 26 de marzo de 2012, se designo al senor MORDAZA Argumedo Westphalen como responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia de la SUTRAN; Que, debido a la renuncia del senor MORDAZA Argumedo Westphalen, es necesario designar al MORDAZA responsable de la elaboracion y actualizacion de la informacion institucional que se difunde a traves del MORDAZA de Transparencia de la SUTRAN; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, modificada por la Ley N° 27927, Ley N° 29380 y el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 0212010-MTC y contando con la opinion de la Oficina de Asesoria Legal mediante el Informe Legal N° 4252013-SUTRAN/05.1; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida, a partir del 04 de octubre de 2013, la designacion del senor MORDAZA Argumedo Westphalen como funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia de la SUTRAN dispuesta por Resolucion de Superintendencia N° 031-2012-SUTRAN/02. Articulo 2°.- Designar a partir de la fecha, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Balmaceda, como responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia de la SUTRAN. Articulo 3°.- Comunicar la presente Resolucion a Secretaria General, y al interesado, para su conocimiento y fines.

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Modifican Anexos de la Res. Nº 1912011-OS/CD, que aprobo el Reglamento del Registro de Hidrocarburos de OSINERGMIN
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 245-2013-OS/CD MORDAZA, 26 de noviembre de 2013 VISTO: El Memorando N° GFHL/DPD-2551-2013 de la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el literal c) del articulo 3° de la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, la funcion normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERGMIN, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ambito y materia de su competencia, los reglamentos de los procedimientos a su cargo y otras normas de caracter general; Que, segun lo dispuesto por el articulo 3º de la Ley Nº 27699 - Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, el Consejo Directivo esta facultado para aprobar procedimientos administrativos especiales que normen los procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la Funcion Supervisora; Que, segun lo dispuesto por el articulo 22° del Reglamento General de OSINERGMIN aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo de OSINERGMIN a traves de resoluciones; Que, el mencionado Reglamento establece la facultad exclusiva que tiene OSINERGMIN de dictar dentro del ambito de su competencia, reglamentos y normas de caracter general, aplicables a todas las entidades y usuarios que se encuentren en las mismas condiciones; en las cuales se normaran los derechos y obligaciones de las entidades y de estas con sus usuarios; Que, a traves del Decreto Supremo Nº 004-2010-EM, se transfiere a OSINERGMIN el Registro de Hidrocarburos, estableciendose que el citado Organismo Supervisor sera el encargado de administrar, regular y simplificar el Registro; Que, siendo asi, con fecha 21 de noviembre de 2011 mediante la Resolucion de Consejo Directivo Nº 191-2011-OS/CD se aprobo el Reglamento del Registro de Hidrocarburos de OSINERGMIN, estableciendose los nuevos procedimientos a seguir para la inscripcion, modificacion, suspension, cancelacion y habilitacion en

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