Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2013 (19/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Jueves 19 de diciembre de 2013

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Presupuesto del Sector Publico consideran una Reserva de Contingencia que constituye un credito presupuestario global, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectuen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, en consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas, proveniente de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas, hasta por la suma total de NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y UN MIL NOVECIENTOS NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 983 561 909,00), para ser destinados al financiamiento del pago de las obligaciones previsionales a cargo de la MORDAZA de Pensiones Militar Policial; para realizar pagos sobre el monto devengado del beneficio autorizado en el Decreto de Urgencia Nº 037-94, originados por sentencia judicial en calidad de cosa juzgada y cuya informacion ha sido recibida por el Ministerio de Economia y Finanzas hasta el 31 de octubre de 2013; asi como para financiar los gastos derivados de la ampliacion de las coberturas de atencion de servicios de salud; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 30114 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 y el articulo 45 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Articulo 1.- Incorporacion de saldos 1.1 Autorizase la incorporacion de los saldos disponibles segun proyeccion al cierre del Ano Fiscal 2013 del presupuesto del sector publico, hasta por la suma de SETECIENTOS VEINTITRES MILLONES DIEZ MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 723 010 486,00), a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas, conforme al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA FUENTE DE FINANCIAMIENTO En Nuevos Soles : Gobierno Central 1 : Recursos Ordinarios 723 010 486,00 ---------------------TOTAL EGRESOS 723 010 486 ,00 ============

TREINTA Y CINCO MILLONES CIENTO TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 335 132 800,00); Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 051-2007 se constituyo el "Fondo DU Nº 037-94", de caracter intangible, orientado al pago de deudas por concepto del beneficio establecido en el Decreto de Urgencia Nº 037-94; Que, la Sexagesima Novena Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, autoriza, de manera excepcional, al Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, a transferir hasta la suma de TRESCIENTOS TREINTA Y UN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 331 000 000,00) al "Fondo DU Nº 037-94", creado mediante Decreto de Urgencia Nº 051-2007, con el objeto de realizar pagos sobre el monto devengado del beneficio autorizado en el Decreto de Urgencia Nº 037-94, que se originen en sentencia judicial en calidad de cosa juzgada, y cuya informacion MORDAZA sido recibida por el Ministerio de Economia y Finanzas hasta el 31 de octubre de 2013; Que, para la transferencia de los recursos aprobados en el considerando precedente, el Ministerio de Economia y Finanzas queda autorizado a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los pliegos respectivos con cargo a los saldos disponibles segun proyeccion al cierre del Ano fiscal 2013 del Presupuesto del Sector Publico. Dicha transferencia de recursos se aprueba mediante decreto supremo a propuesta de la Oficina General de Planificacion, Inversiones y Presupuesto en coordinacion con la Oficina General de Administracion y Recursos Humanos del citado ministerio y, utilizando, de ser necesario, el procedimiento establecido en el articulo 45 del Texto Unico Ordenado de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; Que, la Oficina General de Administracion y Recursos Humanos del Ministerio de Economia y Finanzas ha informado que el monto acumulado del 01 de noviembre de 2012 al 31 de octubre de 2013 de las resoluciones provenientes de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada por atender, recepcionadas por el Ministerio de Economia y Finanzas, asciende a la suma total de TRESCIENTOS TREINTA Y UN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 331 000 000,00); Que, mediante Oficio Nº 3931-2013-SG/MINSA, el Ministerio de Salud comunica que dentro de la gestion de los recursos humanos en el sector salud vinculados al Servicio Rural MORDAZA Marginal de Salud (SERUMS) y el personal que realiza Residentado Medico, constituyen los principales mecanismos para la ampliacion de las coberturas de atencion de servicios de salud, habiendose generado un deficit de la sub generica de gasto 2.1 Personal y Obligaciones Sociales, producto de la ampliacion de cobertura de estos servicios, los que no han sido previstos por el citado pliego, por lo que se requiere su atencion hasta por la suma de VEINTIDOS MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CIENTO NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 22 632 109,00); Que, de acuerdo a la proyeccion de gastos al cierre del Ano Fiscal 2013 del Presupuesto del Sector Publico realizada por la Direccion General de Presupuesto Publico, se han determinado saldos disponibles en diversos pliegos por la suma total de SETECIENTOS VEINTITRES MILLONES DIEZ MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 723 010 486,00), que permitiran financiar parcialmente las citadas transferencias, previa incorporacion a la Reserva de Contingencia, siendo los Pliegos habilitadores, el Ministerio de Agricultura y Riego; Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; Ministerio de Salud; Ministerio de Educacion y Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, los cuales han confirmado que cuentan con saldos de libre disponibilidad, mediante los Oficios Nºs. 3837-2013MINAGRI-OPP/UPRES, 1057-2013-MTC/09.03, 4502013-MIDIS/SG/OGPP; 1239-2013-OGPP-OP/MINSA; 585-2013-MINEDU/SPE-UP y 358-2013/VIVIENDAOGPP, respectivamente; Que, asimismo, los articulos 44 y 45 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establecen que las Leyes de

A LA: : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economia y Finanzas 001 : Administracion General 5000415 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS 723 010 486,00 ---------------------723 010 486 ,00 ============ SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA ACTIVIDAD

1.2 Los pliegos habilitadores del numeral precedente y los montos de la incorporacion de los saldos disponibles a la Reserva de Contingencia por pliego se detallan en el Anexo Nº 1 "Entidades Habilitadoras a la Reserva de Contingencia", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual sera publicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www. mef.gob.pe) en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2.- Transferencia de partidas 2.1 Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas, hasta por la suma de SEISCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 629 929 800,00),

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