Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2013 (19/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano Jueves 19 de diciembre de 2013

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Peru hasta por EUR 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 EUROS), para financiar parcialmente el "Programa de Reduccion de Perdidas de Agua"; Que, las empresas Servicio de Agua Potable y Alcantarillado del MORDAZA, Casma y Huarmey Sociedad Anonima - SEDACHIMBOTE S.A. y Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Tacna Sociedad Anonima - EPS TACNA S.A. seran las Unidades Ejecutoras del citado Programa, correspondiendole al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a traves del Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA, el seguimiento y monitoreo del citado Programa; Que, el Programa MORDAZA mencionado tiene como objetivo contribuir al abastecimiento sostenible de la poblacion con agua potable a traves de la reduccion de las perdidas hidricas, tecnicas y administrativas de las zonas de intervencion; Que, en lo que respecta a la disponibilidad presupuestaria de la Contrapartida Nacional requerida por el presente Aporte Financiero No Reembolsable, se cuenta con la opinion favorable de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, resulta necesario formalizar la aceptacion del referido Aporte Financiero No Reembolsable y autorizar la suscripcion del Contrato que lo implementa; De conformidad con lo dispuesto en la Decimo MORDAZA Disposicion Complementaria y Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2012-EF, modificado por la Ley Nº 29953, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; y, SE RESUELVE: Articulo 1.- Aceptar el Aporte Financiero No Reembolsable a ser otorgado por el Kreditanstalt fur Wiederaufbau ­ KfW, hasta por EUR 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 EUROS), para financiar parcialmente el "Programa de Reduccion de Perdida de Agua", cuya ejecucion esta a cargo de las empresas Servicio de Agua Potable y Alcantarillado del MORDAZA, Casma y Huarmey Sociedad Anonima - SEDACHIMBOTE S.A. y Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Tacna Sociedad Anonima - EPS TACNA S.A., correspondiendole al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a traves del Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA, el seguimiento y monitoreo del citado Programa. Articulo 2.- Autorizar al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir el Contrato que implemente el Aporte Financiero No Reembolsable referido en el Articulo 1 de la presente Resolucion; asi como al Director General de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico a suscribir los documentos que se requieran para implementar el citado Contrato. Articulo 3.- El Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, traspasara a las empresas Servicio de Agua Potable y Alcantarillado del MORDAZA, Casma y Huarmey Sociedad Anonima - SEDACHIMBOTE S.A. y la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Tacna Sociedad Anonima - EPS TACNA S.A., los recursos provenientes del Aporte Financiero No Reembolsable referido en el Articulo 1 de la presente Resolucion, mediante Convenios de Traspaso de Recursos, en los cuales se fijaran las condiciones del aludido traspaso. Dichos Convenios seran aprobados por Resolucion Ministerial de Economia y Finanzas. Articulo 4.- La presente Resolucion Suprema es refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 1029740-7

Ratifican el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de PROINVERSION, relativos a la incorporacion de activos sobre los que se encuentra el Complejo Pesquero La Puntilla, al MORDAZA de promocion de la inversion privada, asi como a su modalidad de promocion.
RESOLUCION SUPREMA Nº 074-2013-EF MORDAZA, 18 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 057-78-VC de fecha 31 de octubre de 1978, se declaro de necesidad y utilidad publica, la construccion de las obras que constituyen el Complejo Pesquero La Puntilla y en consecuencia, se autorizo la expropiacion del area de 28 Has., 7,976.00 m2, de terreno ubicado en el distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica; terreno sobre el cual se ubico el denominado Complejo Pesquero La Puntilla; Que, mediante Oficio N° 530-2013-PRODUCE/DM del 5 de MORDAZA de 2013 el Ministerio de la Produccion ha solicitado a la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, la incorporacion del inmueble sobre el que se encuentra el Complejo Pesquero La Puntilla, al MORDAZA de promocion de la inversion privada a su cargo; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSION, en su sesion de fecha 15 de noviembre de 2013, acordo incorporar al MORDAZA de promocion de la inversion privada, bajo los mecanismos del Decreto Legislativo Nº 674 y sus normas reglamentarias y complementarias, los activos sobre los que se encuentra el Complejo Pesquero La Puntilla; Que, asimismo, el Consejo Directivo de PROINVERSION acordo establecer que la modalidad de Promocion de la Inversion Privada para los referidos activos sera, segun corresponda, la establecida en los literales a) y/o c) del articulo 2º del Decreto Legislativo N° 674; Que, en virtud a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 674, el acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSION referido en el considerando anterior debe ser ratificado por resolucion suprema; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 674; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ratificar el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION, en su sesion de fecha 15 de noviembre de 2013, mediante el cual se acordo incorporar al MORDAZA de promocion de la inversion privada a cargo de PROINVERSION, bajo los mecanismos del Decreto Legislativo Nº 674 y sus normas reglamentarias y complementarias, los activos sobre los que se encuentra el Complejo Pesquero La Puntilla. Articulo 2º.- Ratificar el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION, en su sesion de fecha 15 de noviembre de 2013, mediante el cual se acordo establecer que la modalidad de Promocion de la Inversion Privada para los activos sobre los que se encuentra el Complejo Pesquero La Puntilla, sea segun corresponda, la establecida en los literales a) y/o c) del articulo 2º del Decreto Legislativo N° 674. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y por la Ministra de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA TRIVENO CHAN JAN Ministra de la Produccion 1029739-16

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