Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2013 (19/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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Que, en el MORDAZA de los dispositivos citados en los considerandos precedentes, es necesario aprobar una nueva escala remunerativa para la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS; De conformidad con lo dispuesto en la Sexagesima Octava Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, y en la Cuarta Disposicion Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Articulo 1.- Del Objeto de la MORDAZA Apruebese la nueva escala remunerativa de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS, conforme al Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo, el cual se publica en el MORDAZA institucional de la mencionada entidad (www.sunass.gob. pe) y del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef. gob.pe) en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2.- De la aplicacion de la escala remunerativa 2.1 En ningun caso la remuneracion para cada trabajador podra fijarse en un monto fuera del rango correspondiente a su categoria establecida en la Escala Remunerativa aprobada en el articulo precedente. El Titular de la SUNASS velara por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en el presente articulo. 2.2 La SUNASS solo reconocera a los trabajadores a su servicio doce (12) remuneraciones anuales mas dos gratificaciones, una por MORDAZA Patrias y otra por Navidad, asi como la bonificacion por escolaridad, en el MORDAZA de lo establecido en la MORDAZA Disposicion Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. Articulo 3.- De la prohibicion Prohibase la percepcion por parte del personal de la SUNASS sujeto a la escala remunerativa aprobada en el articulo 1 de la presente MORDAZA, de cualquier otro ingreso, subvencion o asignacion por cualquier concepto o fuente de financiamiento, en especie o dineraria, en forma adicional al monto MORDAZA establecido en dicha escala remunerativa, salvo los aprobados por MORDAZA legal expresa. Articulo 4.- Del financiamiento El presente Decreto Supremo se financia con cargo al presupuesto institucional de la SUNASS, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. Articulo 5.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de diciembre del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 1029739-13 CONSIDERANDO:

El Peruano Jueves 19 de diciembre de 2013

Autorizan Transferencia de Partidas a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, Regional y Local en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013
DECRETO SUPREMO Nº 326-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Que, mediante Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 se han aprobado, los presupuestos institucionales de los diversos pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales; Que, a traves de los articulos 1 y 3 del Decreto Legislativo Nº 1133, se establece el ordenamiento definitivo y cierre del Regimen de Pensiones del Decreto Ley Nº 19846 y el ordenamiento y creacion del Regimen de Pensiones del personal militar y policial, el cual se constituye en el MORDAZA regimen previsional aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policia Nacional del Peru; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del citado Decreto Legislativo dispone, entre otros, que los actuales pensionistas del regimen de pensiones del Decreto Ley Nº 19846 percibiran ademas de la pension y los beneficios adicionales que actualmente vienen percibiendo, el monto equivalente al incremento de la remuneracion que se otorga al personal militar y policial en actividad dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policia Nacional del Peru, segun el grado en base al cual percibe su pension; Que, la Decima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, autoriza, de manera excepcional, al Ministerio de Economia y Finanzas, a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior con cargo a los saldos disponibles segun proyeccion al cierre del Ano Fiscal 2013 del Presupuesto del Sector Publico, hasta por la suma de SEISCIENTOS TREINTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 631 400 000,00), para ser destinados exclusivamente al financiamiento del pago de las obligaciones previsionales a cargo de la MORDAZA de Pensiones Militar Policial; Que, las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional autorizadas en el considerando precedente, se aprueban mediante decreto supremo a propuesta del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior, segun corresponda, y utilizando, de ser necesario, el procedimiento establecido en el articulo 45 del Texto Unico Ordenado de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; Que, mediante los Oficios Nº 1557-2013-IN-DM y Nº 1227-2013-MINDEF/DM, los Ministerios del Interior y de Defensa han solicitado una transferencia de recursos para el financiamiento del pago de las obligaciones previsionales a cargo de la MORDAZA de Pensiones Militar Policial, en aplicacion a lo dispuesto en la Decima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 por la suma total de SEISCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 641 929 800,00), correspondiendo al pliego 007 Ministerio del Interior la suma de TRESCIENTOS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 300 797 000,00) y al pliego 026 Ministerio de Defensa la suma de TRESCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES CIENTO TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 341 132 800,00), los cuales no han sido previstos por los citados pliegos; Que, la Direccion General de Gestion de Recursos Publicos del Ministerio de Economia y Finanzas ha estimado que de acuerdo a la informacion presentada por los pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior, asi como la alcanzada por la MORDAZA de Pensiones Militar Policial a dichos pliegos, la demanda para el financiamiento del pago de las obligaciones previsionales a cargo de la MORDAZA de Pensiones Militar Policial, asciende a la suma total de SEISCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 629 929 800,00), correspondiendo al pliego 007 Ministerio del Interior la suma de DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 294 797 000,00) y al pliego 026 Ministerio de Defensa la suma de TRESCIENTOS

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