Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (19/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 50

El Peruano Jueves 19 de diciembre de 2013 509676 Artículo 9.- De la manipulación y almacenamiento del cianuro Con la fi nalidad de efectuar la manipulación y el almacenamiento del cianuro, el titular de la actividad minera deberá considerar la siguiente caracterización técnica del cianuro: - La MSDS del Cianuro - Denominación técnica: cianuro sódico, sólido ONU 1689 Clase: 6.1 Grupo de embalaje: I Instrucciones de embalaje: CAO 607 PAX 606 - El rombo de riesgos de la NFPA: Asimismo, deberá tener en cuenta lo siguiente: 9.1. Colocar señalizaciones de acuerdo al Código de Señales y Colores que se indica en el Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 055-2010-EM y anexo correspondiente o norma legal que lo modifi que o sustituya. 9.2. Cumplir con lo establecido en el subcapítulo que regula el uso del cianuro del Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 055-2010-EM o norma legal que lo modifi que o sustituya. 9.3. Contar con el Plan de Preparación y Respuesta para Emergencias, materia del artículo 13 de la presente norma y con un manual de instrucciones para el tratamiento por envenenamiento de cianuro. 9.4. Contar con extintores de polvo químico seco vigente. No se debe utilizar H2O (agua) ni CO2 (dióxido de carbono) para extinguir incendios. 9.5. Llevar un control del ingreso y salida de cianuro del almacén. 9.6. Asegurar que las instalaciones para el almacenamiento del cianuro reúnan los siguientes requisitos: 9.6.1 Respecto de los puntos de carga y descarga en el área de almacenamiento de cianuro: a) Deben estar diseñados y construidos para retener y recuperar cualquier escape o derrame de cianuro en estado sólido, líquido o gaseoso. b) Deben contar con dispositivos de contención secundarios para evitar fugas de los tanques de almacenamiento. 9.6.2 Respecto a la infraestructura de almacenamiento de cianuro: a) Debe estar ubicada en un área seca, ventilada y segura de acuerdo al instrumento de gestión ambiental aprobado. b) Debe estar construida y revestida con materiales compatibles con el cianuro. c) Debe contar con sistemas de ventilación adecuados. d) Los pisos del recinto de almacenamiento y del área de mezclado de cianuro deben ser de concreto armado. Adicionalmente, los tanques de almacenamiento y mezclado de cianuro deben ser de material impermeable fabricado para tal fi n. No se permitirá el uso de estos tanques para almacenamiento de agua, combustible o material distinto. e) El local debe ser de uso exclusivo para el almacenamiento de cianuro. f) Está prohibido apilar más de tres (03) cilindros o contenedores, uno sobre otro, en posición vertical. g) Debe tenerse especial cuidado en mantener el cianuro separado de las siguientes sustancias: g.1 Ácidos, cuyo contenido puede liberar ácido cianhídrico. g.2 Oxidantes, cuya combinación puede producir reacciones químicas violentas. g.3 Productos infl amables, lubricantes y/o combustibles, cuya combustión puede provocar deterioro en los envases y generar la formación de ácido cianhídrico. g.4 Agua o productos alimenticios para uso humano o animal, o cualquier implemento no utilizado en su preparación, en consideración a la alta toxicidad del cianuro. h) La separación entre las instalaciones y contenedores del cianuro y las instalaciones y contenedores de otros productos deberá ser efectuada por medio de bermas, muros de contención, paredes u otras barreras que prevengan cualquier riesgo de contacto o contaminación. 9.7. Ingresarán a las instalaciones de almacenamiento de cianuro, a la vez y como mínimo, dos (02) personas. Se encuentra estrictamente prohibido el ingreso a personal no entrenado en la manipulación del cianuro y que no cuente con el equipo completo de protección personal (EPP). El ingreso del personal a la zona de preparación de cianuro con las botas mojadas o con barro está prohibido, debido a que la humedad reaccionará con el polvo existente en el piso, generando instantáneamente ácido cianhídrico. 9.8. El área de almacén deberá estar sufi cientemente ventilada y cerrada con llave a cargo de un responsable. El área de preparación de la solución de cianuro y el área de procesos deberán contar con personal de seguridad y vigilancia, y su acceso a personal será restringido. Asimismo, las áreas anteriormente mencionadas deberán contar con un sistema de iluminación para facilitar los trabajos en horario nocturno. Está prohibido fumar y hacer fuego o fogatas en zona de preparación, almacén o zonas aledañas debido a que el ácido cianhídrico es infl amable y forma mezclas explosivas con el aire, debiendo colocarse señalización. 9.9. Asegurar que existan duchas de emergencia e instalaciones para el lavado de ojos, colocadas estratégicamente dentro de la planta y demás instalaciones donde haya mayor riesgo de contacto con soluciones de cianuro. Artículo 10.- Del manejo de cianuro 10.1. El titular de la actividad minera debe actualizar anualmente los sistemas de gestión y operación de cianuro diseñados para proteger la salud humana y el ambiente, contemplados en la presente norma. Dichos sistemas deben incluir, además, las inspecciones y procedimientos de mantenimiento preventivo. 10.2. El titular de la actividad minera debe cumplir, como mínimo, con los siguientes lineamientos para el manejo de cianuro: a) En caso de derrame de cianuro, el material derramado debe ser limpiado de inmediato. Las actividades de limpieza a desarrollar deberán ser aquéllas determinadas en el Plan de Preparación y Respuesta para Emergencias. b) La descontaminación de un área y la destrucción del cianuro para su eliminación podrá realizarse con una solución de peróxido de hidrógeno u otra con igual o mayor efi ciencia certifi cada por el fabricante para tal fi n. El material del suelo afectado con cianuro se retirará a un sitio apropiado, que debe estar adecuado, como mínimo, con una capa impermeable, techado y cerrado verticalmente, con ventilación sufi ciente. c) Deberá contar con un Plan de Preparación y Respuesta para Emergencias para casos de incendios y/o explosiones de cianuro, conforme a lo señalado en el Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-2010- EM. d) Deberá contar con un plan de recolección de fugas y derrames de cianuro, así como con los procedimientos a seguir para su control y corrección (falla de válvulas, rotura de tanques, tuberías, mangueras y otros). e) Deberá identifi car la zona segura del área de cianuración, considerando la evaluación de riesgos ambientales y de seguridad. f) La solución diluida de cianuro para lixiviación deberá tener el pH mayor a 10.