Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2013 (28/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 137

El Peruano Sabado 28 de diciembre de 2013

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Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los servicios que considere pertinente; Que en el MORDAZA de su politica social orientada a atender las necesidades de documentacion de la poblacion, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, desde el ano 2003 viene emitiendo resoluciones jefaturales que establecen la gratuidad para la obtencion del documento nacional de identidad, las mismas que han beneficiado a aquellos grupos poblacionales vulnerables que se encuentran en situacion de pobreza y pobreza extrema, los adultos mayores, los pueblos indigenas, las personas con discapacidad, los ninos y adolescentes, entre otros; Que por Resolucion Jefatural Nº 045-2013/JNAC/ RENIEC (08FEB2013), se amplio la vigencia de la MORDAZA gratuita a todo MORDAZA de tramites para la obtencion y expedicion del DNI, para las personas adultas mayores a partir de los sesenta y cinco (65) anos de edad, a nivel nacional, que se realicen en campanas de desplazamientos, del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2013, con cargo a la fuente de Recursos Directamente Recaudados y cuya afectacion seria en la medida que se realicen los mencionados tramites; Que mediante los documentos del Vistos, la Gerencia de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social ­ GRIAS propone se disponga la ampliacion de la vigencia de la gratuidad para la obtencion y expedicion del DNI, en todo MORDAZA de tramites, para las personas adultas mayores a partir de los sesenta y cinco (65) anos de edad, a nivel nacional, atencion que debera darse en las campanas de desplazamiento que lleva a cabo la Gerencia de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social desde el 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2014; Que asimismo debe tenerse en cuenta que dentro de los criterios de flexibilizacion que corresponden aplicar al presente, se autorice de manera excepcional, la gratuidad en el cambio de lugar de entrega del DNI, para las personas adultas mayores de 65 anos, en relacion al procedimiento Nº 12 del T.U.P.A RENIEC cuyo costo asciende a 0.08 % de la UIT., estableciendose tambien criterios de flexibilidad que permitan que la entrega del DNI se realice a una tercera persona siempre que cuente con el poder correspondiente otorgado por el titular; Que la Gerencia de Planificacion y Presupuesto mediante los documentos de vistos, senala que el presupuesto asignado a la institucion para el ano 2014, permite financiar las metas de gratuidad en la tramitacion y emision del DNI para las personas adultas mayores a partir de los sesenta y cinco (65) anos de edad, a nivel nacional con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados; Que se hace necesario hacer de conocimiento la presente Resolucion Jefatural a la ciudadania; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98PCM, el Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 124-2013-JNAC/RENIEC (10ABR2013); y lo dispuesto en el numeral 1 del articulo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la ampliacion de la vigencia de la gratuidad en todo MORDAZA de tramites para la obtencion y expedicion del DNI, para las personas adultas mayores a partir de los sesenta y cinco (65) anos de edad, a nivel nacional, que se realicen en campanas de desplazamientos, del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2014, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados y cuya afectacion sera en la medida que se realicen los mencionados tramites. Articulo Segundo.- Autorizar de manera excepcional, la gratuidad en el cambio de lugar de entrega de DNI de las personas adultas mayores de 65 anos, siempre que este MORDAZA sido tramitado conforme a lo previsto en el Articulo Primero de la presente Resolucion Jefatural. Articulo Tercero.- Disponer que la entrega del DNI puede realizarse a una tercera persona mayor de edad, a la MORDAZA del formato de carta poder otorgado por el titular siempre y cuando su DNI se encuentre vigente,

de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2014, la tramitacion y emision gratuita del documento nacional de identidad a los recien nacidos en la red de hospitales de EsSalud. Articulo Cuarto.- Continuar desde el primer dia util de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2014, la gratuidad en la tramitacion y emision del documento nacional de identidad a los recien nacidos hasta el primer ano de edad, procedentes de los 120 distritos priorizados de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, Amazonas, MORDAZA, MORDAZA y Huancavelica, que se realicen en las Oficinas Registrales Auxiliares, Oficinas Registrales, Agencias y Puntos de Atencion, asi como a los centros de salud perifericos que conforman las redes asistenciales en dichos departamentos, en el MORDAZA del Convenio de Apoyo Presupuestario al Programa "Acceso de la Poblacion a la Identidad". Articulo Quinto.- Los gastos relacionados con la ejecucion de lo dispuesto en la presente Resolucion Jefatural, seran con cargo a los recursos presupuestarios autorizados para el fiscal 2014 por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios y Donaciones y Transferencias, respectivamente y su afectacion sera en la medida que se realicen los tramites correspondientes. Articulo Sexto.- Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional la difusion de la presente Resolucion Jefatural. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA YRIVARREN MORDAZA Jefe Nacional 1033017-2

Aprueban ampliacion de la vigencia de la gratuidad en todo MORDAZA de tramites para la obtencion y expedicion del DNI, para las personas adultas mayores a partir de los sesenta y cinco (65) anos de edad, a nivel nacional y que se realicen en campanas de desplazamientos
RESOLUCION JEFATURAL N° 396-2013/JNAC/RENIEC MORDAZA, 27 de diciembre de 2013 VISTOS: La Hoja de Elevacion N° 000204-2013/GRIAS/ RENIEC (13DIC2013), emitida por la Gerencia de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social; el Informe N° 000009-2013/ GRIAS/SGFI/RENIEC (13DIC2013), emitido por la Sub Gerencia de Fomento de la Identidad de la Gerencia de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social, el Memorando N° 003367-2013/GPP/RENIEC (24DIC2013), emitido por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, el Informe N° 002794-2013/GPP/SGP/RENIEC (24DIC2013), emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto; el Informe N° 000038-2013/GAJ/ SGAJR/RENIEC (26DIC2013), emitido por la Sub Gerencia de Asesoria Juridica Registral de la Gerencia de Asesoria Juridica; y la Hoja de Elevacion N° 001230-2013/GAJ/RENIEC (26DIC2013), emitida por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil; Que conforme a lo dispuesto en el articulo 183° de la Constitucion Politica del Peru es competencia funcional del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, entre otros, mantener actualizado el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales y emitir el documento que acredite su identidad; Que el articulo 98° del Decreto Supremo N° 015-98PCM, Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, senala la facultad de la

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