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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ENERO DEL AÑO 2013 (18/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de enero de 2013 486372 de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país y que el proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales; Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, se dispuso, en el año 2003, el inicio del proceso de transferencia de programas sociales de lucha contra la pobreza y de proyectos de inversión e infraestructura productiva a los gobiernos regionales y gobiernos locales; Que, el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria- PRONAA, fue creado mediante Decreto Supremo Nº 020- 92-PCM, con el objetivo de brindar asistencia alimentaria a la población en situación de pobreza y pobreza extrema, así como a grupos sociales en situación de vulnerabilidad; Que, de acuerdo a lo establecido en la Directiva Nº 023-2004-MIMDES, “Lineamientos para la Gestión Descentralizada de los Programas Sociales”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 804-2004-MIMDES, se dispuso la creación del Programa de Complementación Alimentaria-PCA; Que, en el marco del proceso de descentralización del Estado peruano, el Programa de Complementación Alimentaria-PCA, se transfi rió durante el periodo 2003- 2007, a ciento noventa y cuatro (194) gobiernos locales provinciales, exceptuando la Provincia de Lima; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 240-2010-PCM/SD se aprueba la Directiva Nº 004-2010-PCM/SD “Normas Específi cas para la Verifi cación y Efectivización del Proceso de Transferencia del Programa de Complementación Alimentaria del MIMDES a los Gobiernos Locales Distritales de la Provincia de Lima”, la cual establece los procedimientos y plazos para la acreditación y efectivización del mencionado programa a las municipalidades distritales del ámbito de Lima Metropolitana; Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29792, Ley de Creación de Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social-MIDIS, se dispuso la adscripción del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria-PRONAA, entre otros programas sociales; Que, en virtud de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 002-2012-MIDIS se declaró en proceso de evaluación las prestaciones y actividades de carácter temporal a cargo de los programas sociales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a fi n de determinar los ajustes y adecuaciones necesarias a las prestaciones y actividades de carácter temporal brindados por dichos programas sociales o se determine la necesidad de su continuidad; Que, en consecuencia, mediante Decreto Supremo Nº 007-2012-MIDIS se dispuso la extinción de Programa Nacional de Asistencia Alimentaria-PRONAA a cargo del Programa de Complementación Alimentaria-PCA al 31 de diciembre de 2012 respecto a la ejecución de sus prestaciones, y al 31 de marzo de 2013 para el cierre contable, fi nanciero y presupuestal del referido programa; Que, ante la extinción del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria-PRONAA, dispuesta mediante Decreto Supremo Nº 007-2012-MIDIS y en virtud de lo dispuesto en la Ley Nº 29792 y en el Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social es el ente rector en materia de desarrollo e inclusión social, Que, en este sentido, la Resolución Ministerial Nº 163-2012-MIDIS, dispone que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en el marco de sus competencias, establece los lineamientos y estrategias para la adecuada gestión del Programa de Complementación Alimentaria- PCA; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 103-2011-PCM, se establecen medidas para continuar con las transferencias pendientes, programadas hasta el año 2010, entre ellas la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria-PCA a las municipalidades distritales de Lima Metropolitana; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Supremo mencionado, a la fecha, el Programa de Complementación Alimentaria-PCA del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social-MIDIS ha sido transferido a treinta y seis (36) municipalidades distritales del ámbito de Lima Metropolitana, estando pendiente la transferencia del precitado programa a ocho (08) municipalidades distritales, de las cuales tres (03) han sido acreditadas y cinco (05) aún se encuentran pendientes de acreditación por la Secretaría de Descentralización; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 074-2012-PCM/SD, de fecha 07 de diciembre de 2012, se dispuso que toda referencia al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social-MIMDES en la Directiva Nº 004-2010-PCM/SD, deberá entenderse como referida al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social-MIDIS; ratifi cándose además todos los actos administrativos que acrediten a las municipalidades distritales de la Provincia de Lima, posteriores a la creación del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, de acuerdo a lo mencionado, a fi n de continuar con el proceso de transferencia del Programa de Complementación Alimentaria-PCA a los distritos de la Provincia de Lima, es necesario precisar, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 007-2012- MIDIS, que toda referencia al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria-PRONAA en la Directiva Nº 004- 2010-PCM/SD “Normas Específi cas para la Verifi cación y Efectivización del Proceso de Transferencia del Programa de Complementación Alimentaria del MIMDES a los Gobiernos Locales Distritales de la Provincia de Lima”, debe entenderse como referida al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social-MIDIS, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 29792 y la Resolución Ministerial Nº 163-2012- MIDIS; En uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; y de conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27783; Nº 27867; Nº 27972; Nº 28273; y Nº 29792; y los Decretos Supremos Nº 103-2011-PCM; Nº 007-2012-MIDIS y Nº 011-2012-MIDIS, y la Resolución Ministerial Nº 163-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Precisar que toda referencia al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria- PRONAA en la Directiva Nº 004-2010-PCM/SD, debe entenderse como referida al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social-MIDIS. Precísese que toda referencia al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria-PRONAA en la Directiva Nº 004-2010-PCM/SD, “Normas Específicas para la Verificación y Efectivización del Proceso de Transferencia del Programa de Complementación Alimentaria-PCA del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social-MIMDES a los Gobiernos Locales Distritales de la Provincia de Lima”, deberá entenderse como referida al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social- MIDIS, como ente rector en materia de desarrollo e inclusión social. Artículo 2º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA FLORIÁN CEDRÓN Secretaria de Descentralización 890707-1