Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2013 (13/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 119

El Peruano Sabado 13 de MORDAZA de 2013

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Articulo 5°.- Asignacion de Recursos ENCARGAR al Organo Ejecutivo Regional priorizar la asignacion de recurso economico para la elaboracion e implementacion del Proyecto de Inversion Publica a que se refiere el articulo precedente. Articulo 6°.- Inicio del MORDAZA de Fortalecimiento ENCARGAR a la Gerencia Regional Agricultura en coordinacion con el Organo Ejecutivo Regional, inicie el MORDAZA de fortalecimiento de las oficinas agrarias, mediante la elaboracion de un Plan de Accion Inmediato de racionalizacion, priorizando la asignacion de recursos economicos y humanos hacia las agencias agrarias. Articulo 7º.- NOTIFICAR la presente Ordenanza Regional al Organo Ejecutivo del Gobierno Regional de MORDAZA, a la Gerencia Regional de Agricultura y a las oficinas Agrarias. Articulo 8º.- DISPONER la publicacion de la presente Ordenanza Regional tanto en el Diario Oficial "El Peruano", como en el Diario de Avisos Judiciales "La Republica"; en ese sentido, se encarga a la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Institucional del Ejecutivo Regional que, una vez publicada en el Diario Oficial, inmediatamente, esta se publique en la pagina web institucional, de conformidad con lo regulado en el articulo 9 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. La tramitacion de la publicacion sera a cargo de la Secretaria del Consejo Regional, mientras que el costo que esta irrogue sera cubierto por el Organo Ejecutivo Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los tres dias del mes de MORDAZA del 2013. MORDAZA CARCAMO MORDAZA Presidente del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los ocho dias del mes de MORDAZA del dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 960853-1

Politica Regional el "Fortalecimiento de las Agencias Agrarias de la Gerencia Regional de Agricultura"; Que, al MORDAZA de lo regulado en la Ley Nº 27783, de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27867, Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y lo dispuesto en la Ordenanza Regional Nº 001-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010-Arequipa y la Ordenanza Regional Nº 154-AREQUIPA. SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA: ORDENANZA REGIONAL QUE ESTABLECE COMO POLITICA REGIONAL "DINAMIZAR EL DESARROLLO AGRARIO RURAL CON EL ENFOQUE DE INCLUSION SOCIAL EN LA REGION AREQUIPA" Articulo 1°.- Objetivo DINAMIZAR el desarrollo agrario rural con el enfoque de inclusion social en la region MORDAZA, promoviendo la transformacion, comercializacion, produccion y consumo de los productos agroindustriales de la region, fortaleciendo la gestion descentralizada e integral de la Gerencia Regional de Agricultura y las Oficinas Agrarias para garantizar el cumplimiento de sus funciones y compromisos en el MORDAZA de articulacion de politicas sectoriales de los tres niveles de gobierno. Articulo 2º.- Lineamientos para el Fortalecimiento de las Oficinas Agrarias ESTABLECER, como lineamientos para el fortalecimiento de las Oficinas Agrarias, tanto a nivel funcional como estructural, los siguientes: a) Elaborar la Agenda Agraria de la Region MORDAZA y el Plan de Desarrollo Agropecuario a corto y mediano plazo. b) Generar la correcta articulacion de los niveles de gobierno nacional, regional y local en la ejecucion de la politica agraria en el MORDAZA de la descentralizacion, evitando la duplicidad de funciones. c) Reducir la dispersion de funciones en materia agraria. d) Responder a un enfoque de orientacion por la demanda. e) Fortalecer la capacidad de toma de decisiones estrategicas (no meramente operativas) de los productores agrarios. f) Fortalecer y mejorar la labor del sector privado en la provision de servicios a los productores agrarios. g) Flexibilidad y capacidad de adecuarse a los arreglos institucionales y administrativos que decida el gobierno regional. Articulo 3°.Objetivos Especificos del Fortalecimiento de las Oficinas Agrarias ESTABLECER como objetivos especificos del fortalecimiento de las Oficinas Agrarias, dentro de las politicas nacionales sectoriales y el MORDAZA de descentralizacion y fortalecimiento regional, las siguientes: a) Promover la adquisicion de los productos locales por parte de los Gobierno Locales b) Facilitar el acceso a servicios agrarios de calidad por parte de los productores c) Fortalecer las organizaciones de productores. d) Asesorar a los municipios rurales y asociaciones de productores en la promocion del desarrollo productivo. e) Establecer de un centro local de informacion rural. f) Ejecutar programas de fortalecimiento de capacidades. g) Vigilar el cumplimiento de la normatividad y de los lineamientos de politica en materia agraria. Articulo 4°.- Proyecto de Inversion Publica y Plan Piloto de Fortalecimiento ENCARGAR al Organo Ejecutivo Regional, a traves de la Gerencia Regional de Agricultura, la elaboracion de un Proyecto de Inversion Publica de Fortalecimiento de la gestion descentralizada e integral de las Oficinas Agrarias, la misma que debera considerar la ejecucion de un Plan Piloto.

Perfeccionan la tutela efectiva e intangible de los terrenos del Proyecto Majes - MORDAZA II Etapa
ORDENANZA REGIONAL Nº 233-AREQUIPA El Consejo Regional de MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el articulo 191° de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion ­ Ley N° 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los Gobiernos Regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo el empleo y garantizando la igualdad de oportunidades de sus habitantes de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; en tal sentido, conforme a lo establecido en el articulo 54º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, es funcion de estos en materia de industria: i.-) Formular,

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