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El Peruano Sábado 13 de julio de 2013 499317 Política Regional el “Fortalecimiento de las Agencias Agrarias de la Gerencia Regional de Agricultura”; Que, al amparo de lo regulado en la Ley Nº 27783, de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, y lo dispuesto en la Ordenanza Regional Nº 001-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010-Arequipa y la Ordenanza Regional Nº 154-AREQUIPA. SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA: ORDENANZA REGIONAL QUE ESTABLECE COMO POLÍTICA REGIONAL “DINAMIZAR EL DESARROLLO AGRARIO RURAL CON EL ENFOQUE DE INCLUSIÓN SOCIAL EN LA REGIÓN AREQUIPA” Artículo 1°.- Objetivo DINAMIZAR el desarrollo agrario rural con el enfoque de inclusión social en la región Arequipa, promoviendo la transformación, comercialización, producción y consumo de los productos agroindustriales de la región, fortaleciendo la gestión descentralizada e integral de la Gerencia Regional de Agricultura y las Ofi cinas Agrarias para garantizar el cumplimiento de sus funciones y compromisos en el proceso de articulación de políticas sectoriales de los tres niveles de gobierno. Artículo 2º.- Lineamientos para el Fortalecimiento de las Ofi cinas Agrarias ESTABLECER, como lineamientos para el fortalecimiento de las Ofi cinas Agrarias, tanto a nivel funcional como estructural, los siguientes: a) Elaborar la Agenda Agraria de la Región Arequipa y el Plan de Desarrollo Agropecuario a corto y mediano plazo. b) Generar la correcta articulación de los niveles de gobierno nacional, regional y local en la ejecución de la política agraria en el marco de la descentralización, evitando la duplicidad de funciones. c) Reducir la dispersión de funciones en materia agraria. d) Responder a un enfoque de orientación por la demanda. e) Fortalecer la capacidad de toma de decisiones estratégicas (no meramente operativas) de los productores agrarios. f) Fortalecer y mejorar la labor del sector privado en la provisión de servicios a los productores agrarios. g) Flexibilidad y capacidad de adecuarse a los arreglos institucionales y administrativos que decida el gobierno regional. Artículo 3°.- Objetivos Específi cos del Fortalecimiento de las Ofi cinas Agrarias ESTABLECER como objetivos específi cos del fortalecimiento de las Ofi cinas Agrarias, dentro de las políticas nacionales sectoriales y el proceso de descentralización y fortalecimiento regional, las siguientes: a) Promover la adquisición de los productos locales por parte de los Gobierno Locales b) Facilitar el acceso a servicios agrarios de calidad por parte de los productores c) Fortalecer las organizaciones de productores. d) Asesorar a los municipios rurales y asociaciones de productores en la promoción del desarrollo productivo. e) Establecer de un centro local de información rural. f) Ejecutar programas de fortalecimiento de capacidades. g) Vigilar el cumplimiento de la normatividad y de los lineamientos de política en materia agraria. Artículo 4°.- Proyecto de Inversión Pública y Plan Piloto de Fortalecimiento ENCARGAR al Órgano Ejecutivo Regional, a través de la Gerencia Regional de Agricultura, la elaboración de un Proyecto de Inversión Pública de Fortalecimiento de la gestión descentralizada e integral de las Ofi cinas Agrarias, la misma que deberá considerar la ejecución de un Plan Piloto. Artículo 5°.- Asignación de Recursos ENCARGAR al Órgano Ejecutivo Regional priorizar la asignación de recurso económico para la elaboración e implementación del Proyecto de Inversión Pública a que se refi ere el artículo precedente. Artículo 6°.- Inicio del Proceso de Fortalecimiento ENCARGAR a la Gerencia Regional Agricultura en coordinación con el Órgano Ejecutivo Regional, inicie el proceso de fortalecimiento de las ofi cinas agrarias, mediante la elaboración de un Plan de Acción Inmediato de racionalización, priorizando la asignación de recursos económicos y humanos hacia las agencias agrarias. Artículo 7º.- NOTIFICAR la presente Ordenanza Regional al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Arequipa, a la Gerencia Regional de Agricultura y a las ofi cinas Agrarias. Artículo 8º.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional tanto en el Diario Ofi cial “El Peruano”, como en el Diario de Avisos Judiciales “La República”; en ese sentido, se encarga a la Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo Institucional del Ejecutivo Regional que, una vez publicada en el Diario Ofi cial, inmediatamente, ésta se publique en la página web institucional, de conformidad con lo regulado en el artículo 9 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. La tramitación de la publicación será a cargo de la Secretaría del Consejo Regional, mientras que el costo que ésta irrogue será cubierto por el Órgano Ejecutivo Regional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los tres días del mes de julio del 2013. JOSE CÁRCAMO NEYRA Presidente del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los ocho días del mes de julio del dos mil trece. JUAN MANUEL GUILLEN BENAVIDES Presidente del Gobierno Regional Arequipa 960853-1 Perfeccionan la tutela efectiva e intangible de los terrenos del Proyecto Majes - Siguas II Etapa ORDENANZA REGIONAL Nº 233-AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú de 1993, modifi cada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización – Ley N° 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los Gobiernos Regionales tienen por fi nalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo el empleo y garantizando la igualdad de oportunidades de sus habitantes de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; en tal sentido, conforme a lo establecido en el artículo 54º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es función de estos en materia de industria: i.-) Formular,