Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2013 (20/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Sabado 20 de MORDAZA de 2013

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Es menester precisar, que recien con el ingreso del usuario al enlace web de activacion, se habilitara el servicio de alerta registral, vinculandolo a la cuenta de correo electronico consignado en el formulario de suscripcion. 7. ALCANCES REGISTRAL.DEL SERVICIO DE ALERTA

Aprueban Lineamientos para la organizacion, difusion, inscripcion, desarrollo y demas aspectos relacionados al programa "SUNARP TE ESCUCHA"
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 171 -2013-SUNARP/SN MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2013 Vistos el Informe Nº 079-2013-SUNARP/GR y el proyecto de resolucion elevados por la Gerencia Registral; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos es un organismo publico tecnico especializado creado por la Ley Nº 26366, encargado de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripcion y publicidad de los actos y contratos en los Registros Publicos que integran el Sistema Nacional; Que, en el MORDAZA del MORDAZA de modernizacion de la gestion del Estado, asi como del desarrollo de politicas de inclusion social y de mejora permanente de la prestacion de servicios registrales, en aras de brindar una atencion optima a nuestros usuarios y poblacion en general priorizando sus necesidades, la Sunarp ha implementado diversos programas, entre ellos SUNARP TE ESCUCHA; Que, en efecto, mediante Resolucion Nº 014-2012SUNARP/SA, modificada por la Resolucion Nº 023-2012SUNARP/SN se instituyo a nivel nacional el programa SUNARP TE ESCUCHA, como mecanismo proactivo de acercamiento a la poblacion para la atencion directa de sus inquietudes, sugerencias o reclamos, el cual se viene desarrollando el primer viernes de cada mes en todas las Zonas Registrales a nivel nacional; Que, actualmente, las sesiones de SUNARP TE ESCUCHA se vienen organizando y desarrollando de acuerdo a la realidad y condiciones de cada MORDAZA Registral y, si bien han tenido bastante exito, existe la necesidad de establecer lineamientos generales que, sin perjuicio de respetar la particularidad de cada MORDAZA Registral, regulen aspectos como la difusion, organizacion, inscripcion, desarrollo y otros que permitan optimizarla, ademas de facilitar la medicion de su eficacia; Que, asimismo, en el MORDAZA de la lucha frontal contra la corrupcion emprendida por la entidad, en la cual la participacion de la ciudadania juega un papel trascendente, resulta pertinente aprovechar la concurrencia a las sesiones de SUNARP TE ESCUCHA para la promocion de valores eticos y el desarrollo de una cultura anticorrupcion en la poblacion; Estando a los considerandos precedentes, y en merito a lo establecido en el articulo 7º, literal v) del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 1352002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar los Lineamientos para la organizacion, difusion, inscripcion, desarrollo y demas aspectos relacionados al programa "SUNARP TE ESCUCHA" instituido por la Resolucion Nº 014-2012SUNARP/SA, modificada por la Resolucion Nº 0232012-SUNARP/SN, los que forman parte de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Modificar el articulo 1º de la Resolucion Nº 014-2012-SUNARP/SA, el cual quedara redactado con el siguiente tenor: "Instituir a nivel nacional el programa denominado "SUNARP TE ESCUCHA", con el objeto de establecer un MORDAZA de atencion directa de las consultas, inquietudes, sugerencias o reclamos de los usuarios y promover valores eticos en la poblacion". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLARI ZERPA Superintendente Nacional de los Registros Publicos

El procedimiento de deteccion de coincidencias y de comunicacion electronica a los usuarios de Alerta Registral que hayan solicitado el servicio se realizara de manera automatica, produciendose las comunicaciones en respuesta a la deteccion realizada por el sistema en merito al bloqueo de las partidas registrales motivado en la MORDAZA de titulos. La comunicacion contendra la determinacion de la partida registral sujeta a monitoreo, la oficina registral donde se presento y el numero del titulo, fecha y hora de presentacion. Es responsabilidad del usuario del servicio de alerta registral consignar adecuadamente en el formulario de solicitud de inscripcion los datos del Registro, de la partida o de los participantes en el acto o derecho y toda otra informacion solicitada; con la finalidad de permitir al sistema automatizado la correcta deteccion de coincidencias. 8. INGRESO REGISTRAL DE DATOS POR EL AREA

Si los datos ingresados por el Diario sobre el titulo materia de la calificacion de la partida, ficha o tomo vinculada al servicio de "Alerta Registral" resultan errados, el asistente registral debera ingresar los datos correctos y necesarios. En caso de errores, modificaciones o ampliaciones en la rogatoria respecto a los datos del Registro, de la partida o de los participantes en el acto o derecho, el asistente registral debera efectuar las modificaciones al indice. Si el titulo en tramite no esta bajo la precalificacion de un asistente registral, la labor recaera en el Registrador Publico. 9. DE LA EXTINCION DEL SERVICIO DE ALERTA REGISTRAL: El servicio de alerta registral se brinda indefinidamente y se extingue cuando se produce cualquiera de los siguientes supuestos: a) El usuario suscrito al servicio de alerta registral, podra solicitar la extincion del servicio en cualquier momento a traves de la pagina web de la SUNARP, para dicho fin debera ingresar su correo y contrasena de seguridad, seleccionando la opcion "cancelacion de servicio", detallado en el numeral 5.7 de la presente directiva. b) La SUNARP, podra realizar un seguimiento del uso del servicio en las oportunidades que lo estime conveniente y en caso de advertir que el usuario del servicio de alerta registral MORDAZA utilizado incorrectamente el servicio o consigno informacion erronea o falsa en el formato de suscripcion del servicio de alerta registral, sera causal para resolver el contrato de alerta registral. Para estos efectos, la SUNARP cursara una carta notarial al usuario comunicandole la resolucion del contrato, la que debera expresar el motivo de la resolucion. Esto se MORDAZA sin perjuicio de las acciones legales a las que hubiera lugar 10. RESPONSABILIDADES Son responsables de la correcta aplicacion de la presente directiva, el Gerente Registral y el Gerente de Informatica de la Sede Central, los Jefes Zonales, los Gerentes Registrales o quien haga sus veces, los Registradores Publicos y Asistentes Registrales, los Administradores Zonales del servicio de publicidad en linea, asi como los cajeros, digitadores y responsables del Diario de todos los Organos Desconcentrados de la SUNARP. Los cajeros y digitadores de las Oficinas Registrales deberan verificar, bajo responsabilidad, de que se consigne correctamente el numero de partida en las solicitudes de inscripcion del titulo que se presenten al registro correspondiente. 964798-1

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