Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2013 (20/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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OBRAS DE EDIFICACION AREAS GEOGRAFICAS Nº 1 2 3 4 5 6 Edificacion de 1 y 2 Pisos (Terminada) M.O. 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 Resto Elem. 1,0045 1,0050 1,0045 1,0050 1,0060 1,0047 Total 1,0045 1,0050 1,0045 1,0050 1,0060 1,0047 M.O. 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 Edificacion de 1 y 2 Pisos (Casco Vestido) Resto Elem. 1,0042 1,0043 1,0037 1,0033 1,0050 1,0037 Total 1,0042 1,0043 1,0037 1,0033 1,0050 1,0037 M.O. 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 Edificacion de 3 y 4 Pisos (Terminada) Resto Elem. 1,0062 1,0064 1,0061 1,0061 1,0072 1,0060 Total 1,0062 1,0064 1,0061 1,0061 1,0072 1,0060 M.O. 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000

El Peruano Sabado 20 de MORDAZA de 2013

Edificacion de 3 y 4 Pisos (Casco Vestido) Resto Elem. 1,0050 1,0051 1,0048 1,0041 1,0060 1,0046 Total 1,0050 1,0051 1,0048 1,0041 1,0060 1,0046

Articulo 2º.- Los Factores de Reajuste seran aplicados a las Obras del Sector Privado, sobre el monto de la obra ejecutada en el periodo correspondiente. En el caso de obras atrasadas, estos factores seran aplicados sobre los montos que aparecen en el Calendario de Avance de Obra, prescindiendose del Calendario de Avance Acelerado, si lo hubiere. Articulo 3º.- Los factores indicados no seran aplicados: a) Sobre obras cuyos presupuestos contratados hayan sido reajustados como consecuencia de la variacion mencionada en el periodo correspondiente. b) Sobre el monto del adelanto que el propietario hubiera entregado oportunamente con el objeto de comprar materiales especificos. Articulo 4º.- Los montos de obra a que se refiere el articulo 2º comprende el total de las partidas por materiales, mano de obra, leyes sociales, maquinaria y equipo, gastos generales y utilidad del contratista. Articulo 5º.- Los adelantos en dinero que el propietario hubiera entregado al contratista, no se eximen de la aplicacion de los Factores de Reajuste, cuando estos derivan de los aumentos de mano de obra.

Articulo 6º.- Los factores totales que se aprueba por la presente Resolucion, seran acumulativos por multiplicacion en cada obra, con todo lo anteriormente aprobado por el INEI, desde la fecha del presupuesto contratado y, a falta de este, desde la fecha del contrato respectivo. Articulo 7º.- Las Areas Geograficas comprenden los departamentos siguientes: a) Area Geografica 1: Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Amazonas y San Martin. b) Area Geografica 2: MORDAZA, MORDAZA, Provincia Constitucional del Callao e Ica. c) Area Geografica 3: MORDAZA, Pasco, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA y Ucayali. d) Area Geografica 4: MORDAZA, MORDAZA y Tacna. e) Area Geografica 5: Loreto. f) Area Geografica 6: MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA de Dios. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DE LOS MORDAZA Jefe 964774-2

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Aprueban Directiva que regula el servicio gratuito denominado "Alerta Registral"
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 170-2013-SUNARP/SN MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2013 VISTOS; el Informe Tecnico Nº 024-2013-SUNARP/ GR, emitido por la Gerencia Registral de la sede central SUNARP, el Memorandum Nº 345-2013-SUNARP/GL, emitido por la Gerencia Legal de la sede central SUNARP, y el Memorandum Nº 744-2013-SUNARP/GI, emitido por la Gerencia de Informatica de la sede central SUNARP; y; CONSIDERANDO: Que, la SUNARP es un organismo publico tecnico especializado, creado por la Ley Nº 26366, que tiene por objeto dictar politicas y normas tecnico-administrativas de los Registros Publicos, estando encargado de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripcion y publicidad de los actos y contratos en los Registros Publicos que integran el sistema nacional; Que, de acuerdo a la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, el MORDAZA de modernizacion tiene como finalidad fundamental la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atencion a la ciudadania, priorizando y optimizando el uso de los recursos publicos, alcanzando sus objetivos

mediante acciones como el uso de modernos recursos tecnologicos; Que, bajo los alcances de la politica de mejora continua de los servicios registrales y facilitar su acceso a la poblacion, la SUNARP viene ejecutando una serie de acciones tendientes a reforzar la seguridad juridica que brinda la inscripcion registral, a traves de la implementacion de mecanismos, servicios y procedimientos destinados a combatir los casos de MORDAZA al Registro de instrumentos falsificados o de instrumentos basados en la suplantacion de sus otorgantes; Que, en ese contexto mediante Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 185-2008-SUNARP/SN de fecha 27.06.2008 se aprueba la Directiva Nº 003-2008-SUNARP/SN que regula el servicio de "Alerta Registral sobre Predios", el cual permite advertir al titular registral mediante un correo electronico, sobre la MORDAZA de uno o varios titulos para su inscripcion en la partida registral del predio donde dicho titular tiene inscrito su derecho; Que, mediante Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 133-2012SUNARP/SN de fecha 25.05.2012, se aprueba la nueva denominacion del servicio como "Alerta Registral", ampliandose sus alcances al Registro de Personas Juridicas, Registro de Mandatos y Poderes y Registro de Propiedad Vehicular, asi tambien se modifica los numerales 2), 5), 6) 7) y 9) de la Directiva senalada en el parrafo precedente; Que, a raiz de las distintas consultas formuladas por los usuarios afiliados al servicio gratuito "Alerta Registral", se ha logrado implementar aplicaciones informaticas que permitan optimizar su funcionalidad, a fin de que MORDAZA los propios usuarios quienes puedan actualizar los Registros y Partidas cuya informacion registral pueda ser de su interes, mediante su cuenta de correo electronico y una contrasena; Que, entre los beneficios que tienen las nuevas aplicaciones tecnico-operativas de la "Alerta Registral" se destaca, la posibilidad de adicionar o eliminar partidas registrales del Registro de Predios, del Registro de

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