Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2013 (25/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Jueves 25 de MORDAZA de 2013

500007
VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por la personera legal del partido politico Union por el Peru, contra la Resolucion Nº 0022013-JEE-CAJAMARCA/JNE, de fecha 15 de MORDAZA de 2013, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA que declaro infundada la nulidad parcial del MORDAZA en el distrito de El MORDAZA, provincia de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, en el MORDAZA del MORDAZA de las Nuevas Elecciones Municipales de 2013, y oido el informe oral. ANTECEDENTES Sobre la solicitud de nulidad La personera legal del partido politico Union por el Peru solicito la nulidad de las elecciones realizadas en el distrito de El MORDAZA, provincia de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, al MORDAZA, del articulo 36, literal b, de la Ley Nº 26859, Ley Organica de Elecciones (fojas 83 a 89). El pedido de nulidad se sustento en la existencia de actos fraudulentos en tres mesas de sufragio (signadas con los numeros 900084, 900085 y 900086), que habrian inclinado el resultado de la votacion a favor de la organizacion politica MORDAZA Siempre MORDAZA, consistentes en la posesion por parte de varios electores de cedulas de sufragio marcadas con el simbolo de la mencionada organizacion politica. Se alego tambien que se puso de conocimiento de tales hechos al personal de la ONPE, quienes no actuaron frente al reclamo de los personeros del partido politico Union por el Peru, y que los miembros de las tres mesas de sufragio MORDAZA referidas se negaron a dejar MORDAZA de tales hechos irregulares, lo que no permitio que las actas electorales correspondientes fueran impugnadas. Finalmente, se resalto que los personeros de mesa del partido politico Union por el Peru y de otras agrupaciones politicas se negaron a firmar las actas electorales de las mesas MORDAZA mencionadas en senal de protesta por las supuestas irregularidades. Como medios probatorios se adjunto lo siguiente: a. Tres actas electorales. b. Tres declaraciones juradas de los personeros del partido politico Union por el Peru, en la que senalan la existencia de hechos fraudulentos durante el dia de las elecciones. c. Acta de constatacion efectuada por el MORDAZA del Centro Poblado Menor de Quinden Bajo, sobre la supuesta reparticion de cedulas de sufragio marcadas en el simbolo de la agrupacion politica MORDAZA Siempre Verde. d. Catorce actas electorales de las mesa de sufragio ubicadas en El MORDAZA, con las que se puede apreciar la diferencia de votos entre las organizaciones politicas Union por el Peru y MORDAZA Siempre Verde. Respecto al pronunciamiento del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Mediante Resolucion Nº 0001-2013-JEECAJAMARCA/JNE, del 11 de MORDAZA de 2013, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA (en adelante JEE) solicito los informes siguientes: i) Informe de la coordinadora de fiscalizacion, a fin de que a su vez se remita el informe emitido por la fiscalizadora distrital asignada al distrito de El MORDAZA y los informes de los fiscalizadores del local de votacion. ii) Informe del fiscal encargado de supervisar y monitorear el desarrollo del MORDAZA en el referido distrito. iii) Informe del jefe de la ODPE de MORDAZA sobre las incidencias reportadas por el personal asignado al Centro Poblado Menor de Quinden Bajo, en el distrito de El MORDAZA, el 7 de MORDAZA de 2013. Una vez valorados tales medios probatorios, el JEE emitio la Resolucion Nº 0002-2013-JEE-CAJAMARCA/JNE, del 15 de MORDAZA de 2013, declarando infundada la nulidad parcial del MORDAZA de Nuevas Elecciones Municipales del distrito de El MORDAZA, provincia de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, presentado por la personera legal del partido politico Union por el Peru (fojas 140 a 145). Sobre el Recurso de apelacion Con fecha 19 de MORDAZA de 2013, la personera legal del partido politico Union por el Peru interpuso recurso de apelacion

213373, que corresponden al JEE y al MORDAZA Nacional de Elecciones, que obran en autos a fojas 105, 106, 109 y 110, estas registran la participacion de tres personeros de mesa de las autoridades en consulta, ninguno de los cuales dejo sentada sobre la ocurrencia de incidencia alguna que vicie de nulidad el MORDAZA de elecciones realizado en el citado distrito; y iii) los registros fotograficos, que corren en autos de fojas 168 y 169, no dan cuenta de las irregularidades que se denuncian, es decir, de la supuesta manipulacion de los resultados por parte del personal de la ONPE, ya que las MORDAZA fotograficas no contienen referencia alguna de la fecha ni hora en que ocurrio el evento, solo se aprecia la imagen de tres personas reunidas en un lugar no identificado, una mujer apoyada sobre una mesa, aparentemente revisando un documento, y junto a MORDAZA y observandola un varon sentado y otro de pie; MORDAZA si, como se advierte del citado informe de fiscalizacion, representantes del Ministerio Publico estuvieron presentes en el local de votacion para verificar el normal desarrollo del escrutinio en las mesas de sufragio. CONCLUSION En vista de lo expuesto, al haberse apreciado y valorado de manera conjunta y con criterio de conciencia los hechos y medios probatorios contenidos en autos, este Supremo Tribunal Electoral concluye que el JEE actuo correctamente al rechazar de manera liminar el citado pedido. Asi, la resolucion venida en grado debe ser confirmada, deviniendo en infundado el recurso de apelacion. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal titular del MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali, y CONFIRMAR la Resolucion Nº 001-2013-JEE-CP/ JNE, de fecha 10 de MORDAZA de 2013, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Portillo, que declaro el rechazo liminar del pedido de nulidad de las elecciones realizadas en el citado distrito, correspondiente al MORDAZA de MORDAZA Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales del 7 de MORDAZA de 2013. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 966857-4

Confirman resolucion que infundado pedido de nulidad de elecciones realizadas en el de El MORDAZA, provincia de San departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 708-2013-JNE Expediente Nº J-2013-00914 JEE MORDAZA (00062-2013-0003) EL MORDAZA - SAN MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, veinticuatro de MORDAZA de dos mil trece

declaro parcial distrito MORDAZA,

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