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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de marzo de 2013 491011 ORGANISMOS EJECUTORES BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ Aprueban Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú para el Ejercicio Fiscal del año 2013 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 034-2013-BNP Lima, 15 de marzo de 2013 EL SEÑOR DIRECTOR NACIONAL DE LA BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ VISTO, el Informe Nº 030-2013-BNP/ODT, de fecha 27 de febrero de 2013, Informe Nº 041-2013-BNP/ODT, de fecha 11 de marzo de 2013, emitidos por el Dirección General de la Ofi cina de Desarrollo Técnico y el Informe N° 111-2013-BNP/ OAL, de fecha 12 de marzo de 2013, emitido por la Dirección General de la Ofi cina de Asesoría Legal, y; CONSIDERANDO: Que, la Biblioteca Nacional del Perú es un Organismo Público Ejecutor conforme a lo establecido en el Decreto Supremo N° 034-2008-PCM, por el cual se aprobó la califi cación de Organismos Públicos de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, la Biblioteca Nacional del Perú es un Organismo Público Ejecutor que se encuentra adscrito al Ministerio de Cultura, en concordancia con el Artículo 11° de la Ley N° 29565 “Ley de Creación del Ministerio de Cultura” y con lo dispuesto por el inciso a) del Artículo Único de la Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 001-2010-MC “Decreto Supremo que aprueba fusiones de entidades y órganos en el Ministerio de Cultura”; Que, de acuerdo a lo indicado en el artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú y del Sistema Nacional de Bibliotecas, aprobado por Decreto Supremo N° 024-2002-ED, la Biblioteca Nacional del Perú tiene autonomía técnica, administrativa y económica que supone la facultad de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad; Que, el último párrafo del artículo 37º de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General -, señala que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad , las entidades, a través de Resolución del Titular del Pliego, establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento; Que, se ha iniciado el proceso de Simplifi cación Administrativa en la Biblioteca Nacional del Perú, a fi n de brindar servicios adecuados y de calidad a nuestros usuarios. En ese sentido, también se ha elaborado el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad por la Biblioteca Nacional del Perú el cual consta del Uso de los Espacios disponibles en la Biblioteca Nacional del Perú y de los Servicios No prestados en Exclusividad, en concordancia con el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM; Que, los servicios no prestados en exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú, forman parte de la oferta existente en el mercado, y contribuye a la generación de ingresos propios, además se entiende por “Actividades Comerciales”, la venta o alquiler de bienes o servicios que no son suministrados en exclusividad por las Entidades del Sector Público, independientemente de que sean o no producidos por la misma Entidad, y que generalmente se brinda en condiciones de competencia con el sector privado; Que, mediante Informe Nº 030-2013-BNP/ODT, de fecha 27 de febrero de 2013, la Dirección General de la Ofi cina de Desarrollo Técnico, manifi esta que es pertinente la emisión de la Resolución Directoral Nacional que apruebe el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad, que consta de 60 servicios en total (20 Servicios de Uso de Espacios Disponibles en la BNP y 40 Servicios No Prestados en Exclusividad), para el Ejercicio Fiscal correspondiente al año 2013 de la Biblioteca Nacional del Perú; Que, mediante Informe Nº 041-2013-BNP/ODT, de fecha 11 de marzo del 2013, la Dirección General de la Ofi cina de Desarrollo Técnico, subsana las observaciones realizadas por la Dirección General de la Ofi cina de Asesoría Legal; Que, mediante el Informe N° 111-2013-BNP/OAL, de fecha 12 de marzo de 2013, la Dirección General de la Ofi cina de Asesoría Legal, opina que de acuerdo a los informes favorables emitidos por el área técnica, corresponde aprobar el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú para el presente ejercicio fi scal 2013; De conformidad con lo dispuesto por la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 29951 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2013 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú y del Sistema Nacional de Bibliotecas, aprobado por Decreto Supremo N° 024- 2002-ED, y demás normas pertinentes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad, de la Biblioteca Nacional del Perú, que consta de 60 servicios en total (20 Servicios de Uso de Espacios Disponibles en la BNP, con sus correspondientes condiciones de uso y 40 Servicios No Prestados en Exclusividad), para el Ejercicio Fiscal del año 2013, según se detallan en los anexos que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web Institucional: (http://www.bnp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAMÓN ELÍAS MUJICA PINILLA Director Nacional Biblioteca Nacional del Perú 912676-1 COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Autorizan transferencias financieras para el financiamiento de actividades del Programa Presupuestal “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 041-2013-DV-PE Lima, 14 de marzo de 2013 VISTO: El Memorándum N°087-2013-DV-PPCOD de fecha 11 de marzo de 2013, emitido por el Responsable Técnico del Programa Presupuestal “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú” – PPCOD, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2011-PCM, establece que DEVIDA es el organismo público encargado de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfi co Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los Sectores competentes, tomando en consideración