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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de marzo de 2013 491012 las Políticas Sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el acápite vii) del inciso a) del numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley Nº 29951 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 autoriza a DEVIDA en el año fi scal 2013 a realizar, de manera excepcional, transferencias fi nancieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: “Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas” y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”; precisándose en el numeral 12.2 del referido artículo, que dichas transferencias fi nancieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo que tal resolución, debe ser publicada en el diario ofi cial El Peruano; Que, asimismo, el numeral 12.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfi ere los recursos en virtud del numeral 12.1 del mismo artículo es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas en sus dimensiones físicas y fi nancieras, para los cuales les fueron entregados los recursos. Además, el referido numeral, precisa que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados, solo a los fi nes para los cuales se autorizó su transferencia fi nanciera; Que, para tal efecto y en el marco del Programa Presupuestal “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”, en el año 2013, DEVIDA suscribió Convenios de Cooperación Interinstitucional con el Poder Judicial, Marina de Guerra del Perú e Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI, para la ejecución de actividades en el año fi scal 2013 a través de transferencias fi nancieras, En tal sentido, es necesario que DEVIDA realice transferencias fi nancieras hasta por la suma de S/. 3’171,906.00 (Tres millones ciento setenta y uno mil novecientos seis y 00/100 Nuevos Soles); Que, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de DEVIDA ha emitido su informe previo favorable a través del Memorándum N° 034-2013-DV-OPP. Adicionalmente, DEVIDA, a través del Responsable Técnico del Programa Presupuestal “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”, ha emitido la respectiva conformidad a los Planes Operativos y se cuenta con la Certifi cación de Crédito Presupuestario, correspondiente; Con las visación del Responsable Técnico del Programa Presupuestal “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”, de la Dirección de Promoción y Monitoreo, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12° de la Ley N°29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZACIÓN DE TRANSFERENCIA FINANCIERA Autorizar las transferencias Financieras hasta por la suma de S/. 3’171,906.00 (Tres millones ciento setenta y uno mil novecientos seis y 00/100 Nuevos Soles), para el fi nanciamiento de actividades, a favor de las Entidades Ejecutoras que se detallan en el Anexo “Transferencias Financieras para el Financiamiento de Actividades del Programa Presupuestal Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- FINANCIAMIENTO Las transferencias fi nancieras autorizadas por el artículo primero de la presente Resolución, se realizará con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, correspondiente a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios. Artículo Tercero.- LIMITACIÓN AL USO DE LOS RECURSOS Las Entidades Ejecutoras, bajo responsabilidad, solo destinarán los recursos públicos que se transfi eran para la ejecución de las actividades citadas en el Anexo se la presente Resolución, quedando prohibida de reorientar dichos recursos a otras actividades o proyectos, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 12.3 del artículo 12° de la Ley N° 29951 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y el Convenio de Cooperación Interinstitucional, suscrito. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN MASÍAS CLAUX Presidenta Ejecutiva ANEXO TRANSFERENCIAS FINANCIERAS PARA EL FINANCIAMIENTO DE ACTIVIDADES DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL “GESTIÓN INTEGRADA Y EFECTIVA DEL CONTROL DE OFERTA DE DROGAS EN EL PERÚ” N° ENTIDAD EJECUTORA NOMBRE DE LA ACTIVIDAD DESEMBOLSO HASTA S/. MONTO DE LA TRANSFERENCIA HASTA S/. 01 001-12: Gerencia General del Poder Judicial Aplicación integral especializada y de procesos judiciales para el Control de la Oferta de Drogas. 372,746.00 372,746.00 02 004-471: Marina de Guerra del Perú – Dirección General de Capitanías y Guardacostas Mejoramiento de medidas tecnológicas para la detección, investigación y captura de ilícitos vinculados al control de la Oferta de Drogas 869,160.00 869,160.00 03 001-5: Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI Estudio de Investigación relacionados al Control de la Oferta de Drogas 1’930,000.00 1’930,000.00 TOTAL 3’171,906.00 913124-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terreno eriazo ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 028-2013/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 12 de marzo de 2013 Visto, el Expediente Nº 035-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del predio eriazo de 29 276,22 m², ubicado al Sur de la Sub Estación Zapallal y al Suroeste del AA.HH. Las Casuarinas de San Pedro de Carabayllo – Sector San Lorenzo, Pueblo Viejo, Parcela 10, en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar