Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2013 (14/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano Jueves 14 de noviembre de 2013

507063
POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 5 de noviembre de 2013 los Dictamenes Nos. 121-2013-MMLCMDUVN y Nº 109-2013-MML-CMAL de las Comisiones Metropolitanas de Desarrollo MORDAZA, Vivienda y Nomenclatura y de la Comision Metropolitana de Asuntos Legales; Aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE DESAFECTA UN BIEN DE USO PUBLICO EN EL DISTRITO DE LA MORDAZA Articulo Unico.- Desafectar el Uso del Suelo, del terreno de 1,267.24 m², destinado a Aportes Otros Fines, (bien de uso publico), constituido por el Lote N° 1 de la Mz. "B" del terreno Remante 5B de la Seccion Ladera Sur y dentro del Sector 39, localizado en la esquina de la Av. Alameda del Corregidor y la MORDAZA Rio Orinoco, distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y Asignarle el Uso de Comisaria, en concordancia con la zonificacion de Otros Usos (OU) aprobada mediante Ordenanza N° 1144-MML del 18 de MORDAZA de 2008. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla, En MORDAZA, 05 NOV. 2013. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Alcaldesa 1013239-1

Se exceptuan de la presente restriccion actividades urbanas relativas al arte: Academia de Ballet, Academia de Danza Folclorica, Academia de Musica, Academia de Oratoria, y otros tipos de ensenanza relacionadas a Pintura, Escultura, Teatro y Danzas. Articulo Segundo.- Vigencia de las licencias de edificacion y de funcionamiento Las licencias de edificacion y las licencias de funcionamiento otorgadas MORDAZA de la entrada en vigencia de la presente ordenanza para realizar la actividad de ensenanza dentro del area delimitada en el primer parrafo del articulo primero de la presente ordenanza, mantienen su vigencia y alcance conforme a las normas pertinentes sobre la materia, por lo que sus titulares podran seguir desarrollando las actividades, conforme a las condiciones tecnicas, urbanisticas y de seguridad en defensa civil segun corresponda, establecidas en sus respectivas licencias, en tanto no generen un cambio de giro para otras actividades o demuelan la edificacion. Para ello, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA debera ejercer su facultad de fiscalizacion a fin de verificar el cumplimiento de las condiciones tecnicas, urbanisticas y de seguridad en defensa civil contenidas en las respectivas licencias. Articulo Tercero.- Derecho a tramitar y obtener licencias de funcionamiento Los titulares de licencias de edificacion de inmuebles a ser destinados a actividades de ensenanza dentro del area delimitada en el primer parrafo del articulo primero de la presente ordenanza y que hayan sido otorgadas MORDAZA de la entrada en vigencia de la misma, tienen derecho a tramitar y obtener las correspondientes licencias de funcionamiento sin que les sea aplicable la limitacion prevista en el referido articulo primero, debiendo desarrollar sus actividades conforme a las condiciones tecnicas, urbanisticas y de seguridad en defensa civil, segun corresponda, que se establezcan en sus respectivas licencias, en tanto no generen un cambio o ampliacion de giro para otras actividades o demuelan la edificacion. Articulo Cuarto.- Verificacion de condiciones tecnicas, urbanisticas y de seguridad en defensa civil Lo dispuesto anteriormente no vulnera ni disminuye la competencia de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA de verificar las condiciones tecnicas, urbanisticas y de seguridad en Defensa Civil pertinentes para el otorgamiento de las Licencias de Funcionamiento, ni la facultad de fiscalizar el cumplimiento de las mismas una vez otorgadas las correspondientes Licencias de Funcionamiento, en caso MORDAZA otorgadas. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Derogatoria Derogar el articulo MORDAZA de la Ordenanza N° 1608 que modifico el Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas en el Centro Historico y el Cercado de MORDAZA, aprobado por la Ordenanza N° 893 MML, asi como las disposiciones que se opongan a la presente ordenanza. Segunda.- Vigencia La presente ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA 05 NOV. 2013. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Alcaldesa 1013242-1

Desafectan bien inmueble publico en el distrito de Ate
ORDENANZA N° 1742

de

uso

LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 5 de noviembre de 2013 los Dictamenes Nos. 112-2013-MMLCMDUVN y Nº 108-2013-MML-CMAL de las Comisiones Metropolitanas de Desarrollo MORDAZA, Vivienda y Nomenclatura y de la Comision Metropolitana de Asuntos Legales; ORDENANZA QUE DESAFECTA UN BIEN DE USO PUBLICO EN EL DISTRITO DE ATE Articulo Unico.- Desafectar el Uso del Suelo del area de terreno de 55,607.33 m², constituido por el Area de Circulacion, ubicado en el Nucleo Central de Servicios del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan; para la ejecucion del Complejo Recreativo Municipal Club de la Familia Huaycan, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla, En MORDAZA, 05 NOV. 2013. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Alcaldesa 1013247-1

Desafectan bien inmueble de uso publico en el distrito de La MORDAZA
ORDENANZA N° 1741 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA;

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