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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (03/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 61

El Peruano Jueves 3 de octubre de 2013 504223 Que, mediante el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 872-2009/MINSA se autoriza al Seguro Integral de Salud a aplicar, a partir de la entrada en vigencia del Decreto Supremo Nº 016-2009-SA, el Tarifario y las Defi niciones Operacionales aprobadas por la Resolución Ministerial Nº 240-2009/MINSA en los regímenes donde se dará inicio el Aseguramiento Universal en Salud, facultándose a realizar las adecuaciones que resulten necesarias para su aplicación; Que, mediante Resolución Ministerial N° 934-2010/MINSA se modifi ca el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 872- 2009/MINSA, en el que facultan al Seguro Integral de Salud a utilizar las modalidades o mecanismos de pago más adecuados para el fi nanciamiento de las prestaciones que se cubran en el marco del proceso de implementación del Aseguramiento Universal en Salud, incluyendo aquellas prestaciones que no se encuentran comprendidas en la Resolución Ministerial N° 240-2009/MINSA, así como las que forman parte del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), en tanto dure el proceso de reestructuración y adecuación del SIS a su nuevo rol de Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS); Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 226-2011/ MINSA, se sustituyen los Anexos “Tarifario del Seguro Integral de Salud para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado” y “Defi niciones Operacionales”, aprobados por la Resolución Ministerial Nº 240-2009/MINSA; Que, conforme a los Convenios de Cooperación Interinstitucional fi rmados por el Fondo Intangible Solidario de Salud (FISSAL) del Pliego Seguro Integral de Salud (SIS) y sus adendas respectivas, es necesario realizar transferencias como pago prospectivo para la atención de las enfermedades de alto costo cubiertas según normativa vigente y en función a su disponibilidad presupuestal; Estando a lo propuesto por el Fondo Intangible Solidario de Salud; Con el visto bueno de la Secretaría General, del Jefe (e) del Fondo Intangible Solidario de Salud, del Responsable de Administración del FISSAL, del Responsable de Planeamiento y Presupuesto del FISSAL, y con la opinión favorable de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en los numerales 12.1 y 12.2 del artículo 12° de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA y a lo precisado en el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 325-2012/MINSA; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Transferencia de la Unidad Ejecutora 002-1423 FONDO INTANGIBLE SOLIDARIO DE SALUD - FISSAL para las Unidades Ejecutoras por la suma de S/. 3’008,370.00 (TRES MILLONES OCHO MIL TRESCIENTOS SETENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondiente a la ampliación del mes de Setiembre 2013 para el pago prospectivo por convenio, según se detalla en el Anexo 01 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- El Titular del Pliego del Gobierno Regional aprueba la desagregación de los recursos autorizados en la presente norma, en el nivel funcional programático, mediante Resolución Ejecutiva Regional y en el caso del Gobierno Nacional por Resolución Ministerial, dentro de los diez (10) días calendario de la publicación de la presente Resolución. La Resolución Ejecutiva Regional o Resolución Ministerial deberá ser publicada, dentro de los cinco (5) días de aprobada, en la página web del Gobierno Regional o del Ministerio de Salud. Artículo 3°.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Ofi cina General de Imagen Institucional y Transparencia la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Portal de Transparencia de la Institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FIDEL GRILLO ROJAS Jefe del Seguro Integral de Salud 996044-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Aprueban el reordenamiento en el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del OSIPTEL RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 062-2013-PD/OSIPTEL Lima, 29 de agosto de 2013 MATERIA Aprobación de reordenamiento de cargos en el Cuadro para Asignación de Personal – CAP VISTO: El Informe Nº 124-GPP/2013 mediante el cual la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto propone un reordenamiento en el Cuadro para Asignación de Personal – CAP. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM se aprobaron los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las entidades de la administración pública; Que, de acuerdo con lo señalado en el artículo 13º de los lineamientos antes referidos, corresponde al Titular de la Entidad aprobar el reordenamiento de cargos que se generen por eliminación o creación de cargos que no incidan en un incremento del Presupuesto Analítico de Personal – PAP de la Entidad; Que, mediante Resolución Suprema Nº 095-2011- PCM, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, modifi cado por Resolución de Presidencia Nº 063-2012-PD/OSIPTEL y Resolución de Presidencia Nº 003-2013-PD/OSIPTEL; Que, el Informe Nº 124-GPP/2013 fundamenta el reordenamiento de cargos, señalando que se requiere efectuar el mismo para el cumplimiento de los objetivos institucionales y de gestión de personal, manteniendo los doscientos setenta cargos aprobados mediante Resolución Suprema Nº 095-2011-PCM y sus modifi catorias Resoluciones de Presidencia Nº 063-2012-PD/OSIPTEL y Nº 003-2013-PD/OSIPTEL. La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto indica que el total de cargos reordenados es de veintinueve (Anexo Nº 1), habiéndose modifi cado la denominación de determinados cargos y modifi cado la ubicación de otros mediante su eliminación y creación correlativa, atendiendo a lo solicitado por los diferentes órganos del OSIPTEL; Que, por lo expuesto en el Informe Nº 124- GPP/2013 resulta de necesidad institucional efectuar un reordenamiento de cargos, sin exceder el número de cargos aprobado para la entidad; Que atendiendo al reordenamiento de cargos comprendidos en el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del OSIPTEL (Anexo Nº 1), corresponde aprobar el texto del citado instrumento de gestión reordenado en su integridad (Anexo Nº 2); Con la opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, de la Gerencia de Administración y Finanzas, de la Gerencia de Asesoría Legal, y de la Gerencia General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el reordenamiento en el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Organismo Supervisor