Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (28/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 106

El Peruano Sábado 28 de setiembre de 2013 503820 Organización y Funciones; con Memorando Nº 186- 2013/GRP-410300 del 24 de julio de 2013, Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional precisa que se ha cumplido con levantar las observaciones en la propuesta de ROF de Dirección Regional de Producción, que cuenta con opinión favorable de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica a través del Memorando Nº 963-2013/GRP- 460000 del 20 de mayo de 2013; Que, con Informe Nº 051-2013/GRP-200010-ACCR del 02 de setiembre de 2013, el Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional da opinión favorable a la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Producción; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria Nº 21-2013, de fecha 11 de setiembre de 2013, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la siguiente Ordenanza Regional: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE PRODUCCIÓN Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Dirección Regional de Producción Piura, cuyo texto ha quedado conformado en seis (06) Títulos, ocho (08) Capítulos, cuarenta y uno (41) artículos y Dos (02) Disposiciones Complementarias, contenida en la estructura orgánica, documento que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- Encargar a Gerencia General Regional, en coordinación con Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, conforme a lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria del Decreto Supremo Nº 043- 2006-PCM, disponga a la Dirección Regional de Producción Piura – DIREPRO Piura remita la propuesta de Cuadro de Asignación de Personal – CAP para su estudio, evaluación y aprobación según corresponda, en un plazo máximo de 03 meses contados a partir de la entrada en vigencia del presente Reglamento de Organización y Funciones. Artículo Cuarto.- Derogar la Resolución Ejecutiva Regional Nº 0744-2004/GOB.REG.PIURA y dejar sin efecto las normas que se opongan a la implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, a los once días del mes de setiembre del año dos mil trece. TOMÁS FIESTAS ECHE Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los veinte días del mes de setiembre del año dos mil trece. JAVIER ATKINS LERGGIOS Presidente del Gobierno Regional Piura 993734-1 Autorizan viaje del Presidente Regional a Marruecos, en comisión de servicios ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 948-2013/GRP-CR Piura, 23 de setiembre de 2013 VISTO: - Carta s/n de fecha setiembre de 2013 de la Presidencia de la Organización Regiones Unidas / FOGAR; - Memorando Nº 1041-2013/GRP-400000 del 19 de setiembre de 2013 de Gerencia General Regional; - Informe Nº 0137-2013/GRP-480000-480100 del 23 de setiembre de 2013 de Ofi cina Regional de Administración; - Memorando Nº 2561-2013/GRP-410000 del 23 de setiembre de 2013 de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modifi cada por Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y Ley Nº 28607, en su artículo 191º establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, establece que la Comisión de Servicios es el desplazamiento temporal del servidor fuera de la sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente para realizar funciones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM del 19 de mayo de 2013, se modifi can los artículos 5º y 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprobó normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en lo que respecta a los montos por concepto de viáticos según las zonas geográfi cas, así como la sustentación de los mismos; Que, la Ley Nº 29951 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2013, en su artículo 10º literal c. señala que en los gobiernos regionales, se autoriza los viajes al exterior, mediante Acuerdo de Consejo Regional que deberá publicarse en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, mediante Memorando Nº 1041-2013/GRP-400000 del 19 de setiembre de 2013, Gerencia General Regional alcanza la Carta s/n de la Presidencia de la Organización Regiones Unidas / FOGAR, por la cual se invita al Presidente del Gobierno Regional Piura y Presidente de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales del Perú para que participe en el Buró Ejecutivo y Asamblea General Abierta de la Organización Regiones Unidas – “La Acción Regional articulada: Realidades compartidas”, a realizarse en Rabat – Marruecos entre los días 30 de setiembre a 06 de octubre de 2013, evento en el que se afi anzará el trabajo de los miembros en pro de un mundo mejor gracias a las experiencias y objetivos planteados en la “Declaración de Medellín” por la que los gobiernos regionales o intermedios se comprometieron a trabajar a favor del desarrollo sostenible, la erradicación de la pobreza y la seguridad alimentaria; Que, con Informe Nº 0137-2013/GRP-480000-480100 del 23 de setiembre de 2013, la Ofi cina Regional de Administración concluye que en el cálculo de viáticos, conforme al Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, se considera un (01) día por gastos de instalación y por los cinco (05) días de estadía en el evento, el importe de $ 250.00 dólares diarios por gastos de alimentación y movilidad local, que no asume la entidad organizadora; y con Memorando Nº 2561-2013/GRP-410000 del 23 de setiembre de 2013, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial emite certifi cación presupuestal por la fuente de fi nanciamiento recursos directamente recaudados por la suma de S/. 4,779.00 (Cuatro mil setecientos setenta y nueve y 00/100 nuevos soles) para dicha comisión de servicio al exterior; Que, estando a lo acordado y aprobado, en Sesión Ordinaria Nº 09 - 2013, celebrada el día 23 de setiembre del 2013, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modifi cada por Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modifi catorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; ACUERDA: Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios a Rabat en el Reino de Marruecos, al señor