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El Peruano Sábado 26 de abril de 2014 521731 Con la fi nalidad de acreditar sus a fi rmaciones, el regidor Rubén Édgar Miraval Pizarro proporciona los siguientes documentos: 1. Contrato de servicios profesionales suscrito el 15 de junio de 2013, entre José Luis Espichán Pérez y Rubén Édgar Miraval Pizarro, con el objeto de que el primero de estos brinde sus servicios como abogado en el procedimiento de suspensión seguido contra el regidor Johnny Róger Toma Jaimes (Expediente Nº J-2013-00494) (fojas 176 vuelta al 177, Expediente Nº J-2013-01469). 2. Recibo por honorarios Nº 000336, emitido el 15 de junio de 2013, por José Luis Espichán Pérez a Rubén Édgar Miraval Pizarro, por el monto de S/. 500,00 (quinientos y 00/100 nuevos soles), por concepto de servicios profesionales ante el Jurado Nacional de Elecciones, en el Expediente Nº J-2013-00494 (fojas 177 vuelta, Expediente Nº J-2013-01469). c. Del regidor Agustín Palomino Galindo Mediante escrito de fecha 22 de julio de 2013, el regidor Agustín Palomino Galindo formula sus descargos al pedido de declaratoria de vacancia (fojas 171 al 173 vuelta, Expediente Nº J-2013-01469), manifestando que: 1. No ha adquirido bien alguno de propiedad de la Municipalidad Distrital de Carabayllo. 2. Respecto de las obras públicas efectuadas por la municipalidad dentro del plan de desarrollo local, no están prohibidas de realizar obras en la vía pública, sea dentro de un pueblo joven, asentamiento humano o asociación de vivienda, constituyendo potestad de la entidad edil, en ejercicio legítimo de su autonomía, decidir la ejecución de dichas obras 3. El que hubiese tenido la condición de gerente o no de una empresa inmobiliaria, como el Programa de Vivienda Los Ángeles de Carabayllo, no constituye una causal de declaratoria de vacancia, mientras que dicha empresa no hubiese celebrado algún contrato con la municipalidad. Posición del Concejo Distrital de CarabaylloA través del Dictamen Nº 021-2013-CAJFYCI/MDC, del 23 de agosto de 2013, la Comisión Permanente de Regidores de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Fiscalización y Cooperación Internacional de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, acuerda, por unanimidad, rechazar la solicitud de declaratoria de vacancia presentada por Sergio Riveros Riveros (fojas 087 vuelta al 091, Expediente Nº J-2013-01469), debido a que: 1. De los documentos que obran en el expediente no se ha llegado a determinar que el alcalde Rafael Marcelo Álvarez Espinoza celebró un contrato con el regidor Agustín Palomino Galindo. 2. No obra en el expediente documento que acredite que el regidor Agustín Palomino Galindo cuente con propiedad alguna en el Programa de Vivienda Los Ángeles de Carabayllo. 3. Las obras realizadas tuvieron como propósito mejorar y elevar la condición de vida de los vecinos, esto es, existió un interés público y no particular en la ejecución de dichas obras. 4. No existe documento alguno que acredite que el regidor Rubén Édgar Miraval Pizarro haya suscrito un contrato con el abogado José Luis Espichán Pérez. 5. La defensa del regidor Rubén Édgar Miraval Pizarro por parte del abogado José Luis Espichán Pérez, en el procedimiento de declaratoria de vacancia seguido en su contra, fue solventado por el propio regidor. 6. El que el abogado José Luis Espichán Pérez preste servicios a la Municipalidad Distrital de Carabayllo no lo obliga a realizarlos de manera exclusiva a la entidad edil. Con fecha 28 de agosto de 2013, Sergio Riveros Riveros solicitó la inhibición de los regidores Rubén Édgar Miraval Pizarro y Agustín Palomino Galindo, debido a que estos conformaban la Comisión Permanente de Regidores de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Fiscalización y Cooperación Internacional de la Municipalidad Distrital de Carabayllo y, además, eran dos de las autoridades contra las que había presentado su solicitud de declaratoria de vacancia (fojas 185 al 185 vuelta, Expediente Nº J-2013- 01369). En sesión extraordinaria del 28 de agosto de 2013, el Concejo Distrital de Carabayllo desestimó la solicitud de declaratoria de vacancia presentada por Sergio Riveros Riveros, por ningún voto a favor de la declaratoria de vacancia y doce votos en contra. Dicha decisión se formalizó a través del Acuerdo de Concejo Nº 084-2013/MDC, del 28 de agosto del 2013 (fojas 095 al 097 vuelta, Expediente Nº J-2013-01469). Con fecha 15 de setiembre de 2013, Sergio Riveros Riveros interpone recurso de reconsideración en contra del Acuerdo de Concejo Nº 084-2013/MDC (fojas 127 al 129, Expediente Nº J-2013-01469), alegando que: 1. Los regidores Rubén Édgar Miraval Pizarro y Agustín Palomino Galindo debieron haberse abstenido de intervenir en la Comisión de Asuntos Jurídicos, Fiscalización y Cooperación Internacional, ya que era contra ellos que se había interpuesto el pedido de declaratoria de vacancia. 2. La Comisión de Asuntos Jurídicos, Fiscalización y Cooperación Internacional ha incurrido en irregularidades al no solicitar información a los Registros Públicos ni a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, sobre el Programa de Vivienda Los Ángeles de Carabayllo y Residencial Los Ángeles de Carabayllo. 3. Asimismo, re fi ere que no se solicitó información sobre si el abogado José Luis Espichán Pérez cumplió con declarar el monto señalado en el recibo por honorarios emitido al regidor Rubén Édgar Miraval Pizarro, además de no haber solicitado a la o fi cina de rentas información sobre si el regidor Agustín Palomino Galindo o sus familiares cercanos cuentan con alguna propiedad registrada en la municipalidad. 4. Si bien es cierto que el regidor Agustín Palomino Galindo no cuenta con propiedad alguna, de acuerdo con el reporte de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, era gerente general del Programa de Vivienda Los Ángeles de Carabayllo. Además, señala el recurrente que tiene conocimiento de que los familiares del citado regidor sí cuentan con propiedades en el distrito, cuyo valor se ha incrementado producto de la realización de las obras de pavimentación. 5. El abogado José Luis Espichán Pérez brinda servicios de asesoría legal no solo a los regidores, sino también a los funcionarios municipales. Mediante el Informe Nº 0241-2013-GAJ/MDC, del 2 de octubre de 2013, remitido por Julia María Chacón Quispe, gerente de asesoría jurídica, y dirigido a Pedro Gutiérrez Reyes, secretario general, se opina que el recurso de reconsideración presentado por Sergio Riveros Riveros, debe ser declarado improcedente, por cuanto dicho medio impugnatorio fue interpuesto sin acompañar nueva prueba (fojas 197 a 198, Expediente Nº J-2013-01469). En sesión extraordinaria del 28 de octubre de 2013, el Concejo Distrital de Carabayllo declaró improcedentes la solicitud de inhibición de los regidores Rubén Édgar Miraval Pizarro y Agustín Palomino Galindo y el recurso de reconsideración en contra del Acuerdo de Concejo Nº 084-2013/MDC, presentados por Sergio Riveros Riveros, por ningún voto a favor de dichos pedidos y doce votos en contra. Dichas decisiones se formalizaron a través del Acuerdo de Concejo Nº 098-2013/MDC, del 28 de octubre del 2013 (fojas 203 al 204 vuelta, Expediente Nº J-2013-01469). Consideraciones del apelanteCon fecha 13 de noviembre de 2013, Sergio Riveros Riveros interpone recurso de apelación en contra del Acuerdo de Concejo Nº 098-2013/MDC (fojas 212 al 217, Expediente Nº J-2013-01469), rea fi rmando sustancialmente los argumentos expuestos en su solicitud de declaratoria de vacancia y en su recurso de reconsideración, y alegando que la Comisión de Asuntos Jurídicos, Fiscalización y Cooperación Internacional no ha procedido conforme a los principios de impulso de o fi cio y verdad material, no valoró el audio de la declaración de la excajera municipal, Oderay Ramos quien, en presencia de cinco regidores, manifestó que el abogado José Luis Espichán Pérez asesora a los funcionarios municipales en los procesos judiciales.