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El Peruano Sábado 26 de abril de 2014 521730 prevista en el artículo 22, numeral 9, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTESLa solicitud de declaratoria de vacanciaCon fecha 17 de julio del 2013, Sergio Riveros Riveros solicitó la vacancia de Rafael Marcelo Álvarez Espinoza, Rubén Édgar Miraval Pizarro y Agustín Palomino Galindo, alcalde y regidores de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, respectivamente, por considerarlos incursos en la causal prevista en el artículo 22, numeral 9, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM) (fojas 060 al 062, Expediente Nº J-2013-01469), debido a los siguientes hechos: 1. El alcalde Rafael Marcelo Álvarez Espinoza realizó obras de pistas en el distrito de Carabayllo, siendo algunas de ellas fi nanciadas con dinero del Ministerio de Vivienda y Construcción, resultando bene fi ciado el regidor Agustín Palomino Galindo, en tanto este fue gerente general del programa de vivienda Los Ángeles de Carabayllo E.I.R.L. 2. El regidor Rubén Édgar Miraval Pizarro y el alcalde Rafael Marcelo Álvarez Espinoza han utilizado los servicios del asesor del despacho de alcaldía, contratado por la comuna, para que los de fi enda en los procedimientos de suspensión seguidos en su contra. Con la fi nalidad de acreditar sus a fi rmaciones, el solicitante presenta, entre otros, los siguientes medios probatorios: 1. Consulta del Registro Único de Contribuyentes ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria del Programa de Vivienda Los Ángeles de Carabayllo E.I.R.L., en la que se aprecia que se dio de baja a dicho registro el 31 de mayo del 2011, siendo que desde el 18 de diciembre del 1996 fi guraba como representante, en el cargo de gerente, Agustín Palomino Galindo (fojas 068 al 068 vuelta, Expediente Nº J-2013-01469). 2. Escrito presentado el 17 de junio de 2013, ante el Jurado Nacional de Elecciones, en el Expediente Nº J-2013-00494, por el regidor Rubén Édgar Miraval Pizarro, en el que designa como abogado a José Luis Espichán Pérez (fojas 069, Expediente Nº J-2013-01469). 3. Carta Nº 0253-2013-STDA-SG/MDC, del 28 de mayo del 2013, remitida por Renzo Jesús Guisado Gonzales, subgerente de trámite documentario de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, a Justo Mario Bances Santisteban, en la que se señala que José Luis Espichán Pérez labora como asesor del despacho de alcaldía de la referida entidad edil, recibiendo una contraprestación de S/. 4 000,00 (cuatro mil y 00/100 nuevos soles) (fojas 070, Expediente Nº J-2013-01469). 4. Resolución de Alcaldía Nº 656-2012-A-MDC, del 19 de octubre de 2012, que designa a Julio César Adrianzén Costa como supervisor de obra para los proyectos de construcción de la pavimentación de las calles de la Asociación de Propietarios de Vivienda Las Dalias de Carabayllo y en la urbanización residencial Los Ángeles de Carabayllo, I Etapa (fojas 074 al 074 vuelta, Expediente Nº J-2013-01469). 5. Acuerdo de Concejo Nº 044-2012/MDC, del 17 de mayo de 2012, que modi fi ca el Acuerdo de Concejo Nº 018-2012/MDC, del 28 de febrero de 2012, debiéndose considerar en el ejercicio fi scal 2012, la suma de S/. 732 006,00 (setecientos treinta y dos mil seis y 00/100 nuevos soles), recursos con cargo al Fondo de Compensación Municipal (Foncomun), como el monto real de co fi nanciamiento de tres obras, entre las que se aprecia la construcción de la pavimentación en las calles de la Asociación de Propietarios de Vivienda Las Dalias de Carabayllo y en la urbanización residencial Los Ángeles de Carabayllo, I Etapa (fojas 079 al 079, Expediente Nº J-2013-01469). 6. Resolución de Alcaldía Nº 271-2012-A/MDC, del 15 de mayo de 2012, que actualiza el valor referencial del Expediente Técnico del Proyecto: Construcción de la pavimentación de las calles de la Asociación de Propietarios de Vivienda Las Dalias de Carabayllo y en la urbanización residencial Los Ángeles de Carabayllo, I Etapa (fojas 080 al 080, Expediente Nº J-2013-01469). 7. Resolución de Alcaldía Nº 277-2012-A/MDC, del 16 de mayo de 2012, que recti fi ca la Resolución de Alcaldía Nº 270-2012-A/MDC, del 15 de mayo de 2012, respecto a los montos que fi guran en la misma, y aprueba las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático correspondiente a habilitaciones y anulaciones, con cargo al rubro de fi nanciamiento del Foncomun, respecto de tres obras, entre las que se encuentra la construcción de la pavimentación en las calles de la Asociación de Propietarios de Vivienda Las Dalias de Carabayllo y en la urbanización residencial Los Ángeles de Carabayllo, I Etapa (fojas 081 al 081 vuelta, Expediente Nº J-2013-01469). Descargos de las autoridades municipalesa. Del alcalde Rafael Marcelo Álvarez EspinozaA través del escrito de fecha 28 de agosto de 2013, el alcalde Rafael Marcelo Álvarez Espinoza formula su descargo, manifestando que, mediante la Resolución Ministerial Nº 049-2011-VIVIENDA, de fecha 18 de febrero de 2011, se aprobó la selección de proyectos de inversión pública para el año 2011, en cuyo anexo Nº 1, Nº 269, región Lima, distrito de Carabayllo, se señala la construcción de la pavimentación en las calles de la Asociación de Propietarios de Vivienda Las Dalias de Carabayllo y en la urbanización residencial Los Ángeles de Carabayllo, I Etapa, debiendo tenerse en consideración que los trámites se iniciaron antes de la fecha de emisión de dicha resolución (fojas 161 al 162, Expediente Nº J-2013-01469). Asimismo, precisa que existen Resoluciones de Gerencia Nº 014-2009-GDHS/MDC, Nº 130-2010-GDHS/MDC, Nº 166-2012-GDHS/MDC, de fechas 9 de febrero de 2009, 14 de mayo de 2010 y 1 de junio de 2012, respectivamente, emitidas por el gerente de Desarrollo Humano y Social, donde se reconoce y acredita a la junta directiva de la Asociación de Propietarios de la Urbanización Los Ángeles de Carabayllo, y en ninguna de ellas fi gura el regidor Agustín Palomino Galindo como dirigente de la asociación. Con la fi nalidad de acreditar sus a fi rmaciones, el alcalde proporciona, entre otras, la siguiente documentación: 1. Resolución Ministerial Nº 049-2011-VIVIENDA, del 18 de febrero de 2011 (fojas 162 vuelta al 165 vuelta, Expediente Nº J-2013-01469). 2. Resolución de Gerencia Nº 130-2010-GDHS/MDC, del 14 de mayo de 2010, que reconoce, registra y acredita a la junta directiva de la Asociación de Propietarios de la Urbanización Los Ángeles de Carabayllo (fojas 167 al 168, Expediente Nº J-2013-01469). b. Del regidor Rubén Édgar Miraval PizarroA través del escrito de fecha 27 de agosto de 2013, el regidor Rubén Édgar Miraval Pizarro expone sus argumentos de defensa frente al pedido de declaratoria de vacancia presentado en su contra (fojas 174 vuelta al 176, Expediente Nº J-2013-01469), alegando lo siguiente: 1. No existe documento que acredite que el regidor Rubén Édgar Miraval Pizarro, en su condición de autoridad, haya suscrito un contrato con el abogado José Luis Espichán Pérez. 2. El abogado José Luis Espichán Pérez ingresa a laborar a la entidad edil ante la convocatoria de un proceso de selección destinado a contratar los servicios profesionales de una persona natural, para desempeñar la actividad de asesoría externa en asuntos de la Administración Pública. 3. El contrato suscrito entre la Municipalidad Distrital de Carabayllo y el abogado José Luis Espichán Pérez fue de locación de servicios, no así un contrato de naturaleza laboral. 4. De los informes presentados por el abogado José Luis Espichán Pérez a la municipalidad, en el que se detallan sus actividades profesionales mensuales, no se advierte que este haya ejercido la defensa del regidor Rubén Édgar Miraval Pizarro en procesos penales, civiles o causas particulares. 5. El hecho de que el abogado José Luis Espichán Pérez haya suscrito un contrato de prestación de servicios con la municipalidad no lo obliga a mantener un vínculo de exclusividad que le impida patrocinar a otras personas.