Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2014 (11/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Lunes 11 de agosto de 2014

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Con fecha 7 de MORDAZA de 2014, ingreso al MORDAZA Electoral Especial de Andahuaylas la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA de Chicmo, provincia de Andahuaylas, departamento de MORDAZA, del partido politico Peru Posible. Dicha solicitud, asi como los anexos adjuntos a esta, fueron suscritos por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien se identifico como personero legal titular de la MORDAZA mencionada organizacion politica. Mediante Resolucion Nº 0001-2014-JEEANDAHUAYLAS/JNE, del 9 de MORDAZA de 2014, el MORDAZA Electoral Especial de Andahuaylas (en adelante JEE), declaro improcedente la referida solicitud de inscripcion, al considerar que MORDAZA MORDAZA MORDAZA no tenia la condicion de personero legal acreditado ante el JEE contraviniendose el articulo 12 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, y porque dicho ciudadano tiene afiliacion vigente del Partido Aprista Peruano. Cabe senalar que dicha resolucion fue notificada el 14 de MORDAZA de 2014. Sobre el procedimiento de acreditacion del personero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Con fecha 14 de MORDAZA de 2014, el personero legal alterno, inscrito en el ROP, del partido politico Peru Posible, presento la solicitud de acreditacion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como personero legal titular ante el JEE, generando el Expediente Nº 00228-2014-013. En merito de la mencionada solicitud, mediante Resolucion Nº 01-2014-JEE-ANDAHUAYLAS/JNE, de fecha 14 de MORDAZA de 2014, recaida en el expediente citado en el parrafo anterior, se resuelve tener por acreditado a MORDAZA MORDAZA MORDAZA como personero legal titular de la mencionada agrupacion politica ante dicho JEE, de la mencionada agrupacion politica. Sobre el recurso de apelacion Con fecha 16 de MORDAZA de 2014, el personero legal interpone recurso de apelacion en contra de la Resolucion Nº 0001-2014-JEE-ANDAHUAYLAS/JNE, del 9 de MORDAZA de 2014, solicitando que la misma sea revocada y se declare fundada la solicitud de inscripcion de lista de candidatos al Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA de Chicmo, argumentando que: a) Con fecha 3 de MORDAZA de 2014, fueron registrados exitosamente en el sistema PECAOE los datos de los personeros legales de centros de votacion, mesas de sufragio y tecnicos que seran acreditados ante el JEE, sin ninguna observacion del MORDAZA Nacional de Elecciones; b) Si MORDAZA MORDAZA MORDAZA no estuviera acreditado como personero como senala el JEE en la resolucion materia de impugnacion, no se hubiera emitido por el sistema PECAOE la solicitud de inscripcion de listas de candidatos para el distrito de Andahuaylas, MORDAZA MORDAZA de Chicmo, Talavera, Andarapa, y para la provincia de Andahuaylas, en el que se consigna a dicha persona como personero legal titular del partido politico Peru Posible; y, c) El JEE ha efectuado una interpretacion sesgada al no haber revisado en su sistema respectivo la acreditacion del personero legal. Al escrito de apelacion se adjuntan, entre otros documentos, MORDAZA simple de la credencial de personero legal del partido politico Peru Posible. CUESTION EN DISCUSION Determinar si la Resolucion Nº 0001-2014-JEEANDAHUAYLAS/JNE, de fecha 9 de MORDAZA de 2014, que declaro improcedente la solicitud de inscripcion de lista de candidatos presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se encuentra conforme a derecho. CONSIDERANDOS

su oportunidad, ante el respectivo JEE, la solicitud de acreditacion de sus personeros legales. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA Shuna, personero legal alterno del partido politico Peru Posible, acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de Andahuaylas, y en consecuencia, REVOCAR la Resolucion Nº 0001-2014-JEE-ANDAHUAYLAS/JNE, del 9 de MORDAZA de 2014, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Andahuaylas, que declaro improcedente la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Concejo Distrital de Andarapa, provincia de Andahuaylas, departamento de MORDAZA, para participar en el MORDAZA de elecciones municipales de 2014. Articulo Segundo.- DISPONER que el MORDAZA Electoral Especial de Andahuaylas continue con el tramite correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1121386-7

Revocan resolucion emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Andahuaylas que declaro improcedente solicitud de inscripcion de lista de candidatos al Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA de Chicmo, provincia de Andahuaylas, departamento de MORDAZA
RESOLUCION N° 786-2014-JNE Expediente Nº J-2014-00916 MORDAZA MORDAZA DE CHICMO - ANDAHUAYLAS MORDAZA JEE ANDAHUAYLAS (EXPEDIENTE Nº 00122-2014-013) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 RECURSO DE APELACION MORDAZA, veinticuatro de MORDAZA de dos mil catorce. VISTO en audiencia publica de la fecha el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA Shuna, personero legal alterno del partido politico Peru Posible, acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de Andahuaylas, en contra de la Resolucion Nº 0001-2014JEE-ANDAHUAYLAS/JNE, del 9 de MORDAZA de 2014, que declaro improcedente la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA de Chicmo, provincia de Andahuaylas, departamento de MORDAZA, presentada por la citada organizacion politica, con el objeto de participar en las elecciones municipales de 2014, y oido el informe oral. ANTECEDENTES Sobre el procedimiento de inscripcion de la lista de candidatos

1. El articulo 12 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante LEM) senala que "la solicitud de inscripcion debe estar suscrita por el personero del

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