Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2014 (15/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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Conversiones y Talleres de Conversion a GNV", en adelante "La Directiva", establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas juridicas para ser autorizadas como Talleres de Conversion a Gas Natural Vehicular; Que, el numeral 6 de la citada Directiva, establece que el Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular es el establecimiento autorizado por la Direccion General de Transporte Terrestre para realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustion de GNV, mediante la incorporacion de un kit de conversion o el cambio del motor para cuyo efecto dispone de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion, del motor dedicado instalado y del vehiculo convertido en general; Que, mediante Parte Diario Nº 122625 de fecha 11 de MORDAZA de 2014 la empresa denominada FACTORIA MORDAZA S.A.C., en adelante "La Empresa", solicita autorizacion para funcionar como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV en el local ubicado en la Av. Colectora Mz. LL Lt. 11 del Distrito de MORDAZA MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, con la finalidad de realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustion de GNV mediante la incorporacion de un kit de conversion, para cuyo efecto manifiesta disponer de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion; Que, de acuerdo al Informe Nº 2036-2014-MTC/15.03. AA.CITV, elaborado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada, cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de la Directiva, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa FACTORIA MORDAZA S.A.C., como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV; De conformidad con la Ley Nº 29370, Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias; y la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 sobre el "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversion a GNV", aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005MTC/15 y modificada por las Resoluciones Directorales Nºs. 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15 y elevado al rango de Decreto Supremo conforme al Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 016-2008-MTC; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa denominada FACTORIA MORDAZA S.A.C., como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV y operar en el local ubicado en la Av. Colectora Mz. LL Lt. 11 del Distrito de MORDAZA MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, por el plazo de cinco (05) anos contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Segundo.- La empresa FACTORIA MORDAZA S.A.C., bajo responsabilidad debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones MORDAZA del vencimiento de los plazos que se senalan a continuacion: ACTO Primera Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Tercera Inspeccion anual del taller Cuarta Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Fecha MORDAZA de MORDAZA 30 de junio de 2015 30 de junio de 2016 30 de junio de 2017 30 de junio de 2018 30 de junio de 2019

El Peruano Viernes 15 de agosto de 2014

vigente al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Tercero.- La empresa FACTORIA MORDAZA S.A.C., bajo responsabilidad debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion o contratacion de una nueva poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada MORDAZA del vencimiento de los plazos que se senalan a continuacion: ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 25 de junio de 2015 25 de junio de 2016 25 de junio de 2017 25 de junio de 2018 25 de junio de 2019

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Cuarto.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias (SUTRAN), MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Quinto.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion Directoral al Administrador del Sistema de Control de Carga de GNV. Articulo Sexto.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. El costo de la publicacion de la presente Resolucion Directoral sera asumido por la empresa solicitante. Registrese y comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 1120873-1

VIVIENDA
Decreto Supremo que establece disposiciones relacionadas a los representantes del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento en los directorios de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento Municipales constituidas como sociedades anonimas
DECRETO SUPREMO N° 012-2014-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 30045, se promulgo la Ley de Modernizacion de los Servicios de Saneamiento, cuyo objeto es establecer medidas orientadas al incremento de la cobertura y el aseguramiento de la calidad y sostenibilidad de los servicios de saneamiento a nivel nacional;

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller"

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