TEXTO PAGINA: 46
El Peruano Viernes 15 de agosto de 2014 530012 y Funciones - ROF de la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-SA. SE RESUELVE:Artículo 1º.- DEJAR SIN EFECTO el artículo primero de la Resolución de Superintendencia Nº 004-2014-SUSALUD/S de fecha 18 de junio de 2014, que designó al señor Cresencio Chuqui Lucio, encargado de las funciones de la O fi cina de Comunicación Corporativa, como Responsable del Libro de Reclamaciones. Artículo 2º.- DESIGNAR, a la señora MAGALI LAÑAS UGAZ, encargada de las funciones de la O fi cina de Comunicación Corporativa, como Responsable del Libro de Reclamaciones en la Sede Central de la Superintendencia Nacional de Salud – SUSALUD, quien deberá ejercer dicha función con sujeción a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM. Artículo 3º.- Designar, al señor GUIDO AURELIO MEREA LONGA, encargado de las funciones de la Intendencia de Protección de Derechos en Salud, como Responsable del Libro de Reclamaciones en la Sede Institucional ubicada en el distrito de Cercado de Lima, quien deberá ejercer dicha función con sujeción a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM. Artículo 4º.- DEJAR SUBSISTENTES los demás extremos de la Resolución de Superintendencia Nº 004-2014-SUSALUD/S de fecha 18 de junio de 2014. Artículo 5º.- DISPONER, que la presente resolución se publique en el Diario O fi cial El Peruano, Portal del Estado Peruano, Portal Web institucional y en las sedes administrativas de la entidad, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLOR DE MARÍA PHILIPPS CUBA Superintendente 1122806-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Aceptan renuncia de magistrado y recomponen órganos jurisdiccionales de la Sala Penal Nacional RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 277-2014-CE-PJ Lima, 12 de agosto de 2014VISTOS: El O fi cio N° 483-2014-MC-SPN, cursado por la Magistrada Coordinadora de la Sala Penal Nacional y Juzgados Penales Nacionales, relacionado con la carta de renuncia presentada por el doctor César Urbano Prado Prado, Presidente del Colegiado “B” de la Sala Penal Nacional, por razones personales; así como la vigencia de la Ley N° 30077, Ley Contra el Crimen Organizado a partir del 1 de julio del año en curso. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 074-2007-CE-PJ, de fecha 4 de abril de 2007, se establece que la Sala y Juzgados Penales Nacionales dependen administrativamente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; por lo que está facultado para constituir colegiados, prorrogar su funcionamiento y/o desactivarlos según las necesidades del servicio de justicia; asimismo, designar y/o dar por concluidas las funciones de los jueces que las integran. Segundo. Que el doctor César Urbano Prado Prado presenta renuncia a su designación como Juez Superior integrante del Colegiado “B” de la Sala Penal Nacional, invocando motivos personales; por lo que, evaluada la petición formulada resulta procedente en base a sus propios fundamentos. Asimismo, con anterioridad, mediante Resolución Administrativa N° 247-2014-CE-PJ del 16 de julio de 2014, se aceptó la solicitud formulada por el doctor Wálter Sánchez Sánchez, para que se deje sin efecto su designación de Juez Penal Nacional. Tercero. Que, de otro lado, a partir del 1 de julio del presente año entró en vigencia la Ley N° 30077, Ley Contra el Crimen Organizado, debiendo el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial adoptar las medidas pertinentes para que la Sala y Juzgados Penales Nacionales, puedan asumir la ampliación legal de su competencia objetiva, máxime si se trata de hechos delictuosos de suma complejidad y gravedad cometidos por organizaciones criminales que constituyen amenaza a la estabilidad del país y de sus instituciones. Cuarto. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 228-2014-CE-PJ, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 2 de julio del año en curso, dispuso la creación de dos Juzgados Penales de Investigación Preparatoria, dos Juzgados Penales Unipersonales; un Juzgado Penal Colegiado y una Sala Penal de Apelaciones, todos con competencia nacional y carácter permanente para la aplicación de la vigente Ley N° 30077, debiendo la Gerencia General del Poder Judicial tomar las acciones pertinentes para reforzar y mejorar las condiciones de trabajo de la Sala Penal Nacional, en cuanto a infraestructura, logística, mobiliario y equipos informáticos. Quinto. Que mediante Resolución Administrativa N° 230-2014-CE-PJ, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 5 de julio del presente año, se prorrogó el funcionamiento del Colegiado Transitorio “F” de la Sala Penal Nacional desde el 1 de julio hasta el 31 de agosto del año en curso, por lo que, el vencimiento del plazo de su vigencia tiene como lógica consecuencia que los jueces que la integran fi nalicen sus funciones y retornen a sus plazas de origen, dada la naturaleza eminentemente temporal de dicho órgano jurisdiccional, siendo atribución exclusiva del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de las medidas de e fi ciencia administrativa necesarias para la adecuada aplicación de la Ley N° 30077. Sexto. Que mediante Resolución Administrativa N° 265-2014-CE-PJ, de fecha 6 de agosto del año en curso, se dictaron medidas relacionadas al funcionamiento de los Colegiados “B” y “F” de la Sala Penal Nacional y del 2° Juzgado Penal Nacional; sin haberse explicitado los efectos de la Resolución Administrativa N° 230-2014-CE-PJ y la Resolución Administrativa N° 228-2014-CE-PJ; así como la vigencia de la Ley N° 30077 Ley Contra el Crimen Organizado, por lo que, deberá procederse a dejarse sin efecto la misma. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 676-2014 de la vigésimo octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar la renuncia del doctor César Urbano Prado Prado, al cargo de integrante del Colegiado “B” de la Sala Penal Nacional; quien retornará a su cargo jurisdiccional de origen como Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho. Artículo Segundo.- Recomponer los órganos jurisdiccionales de la Sala Penal Nacional, conforme se establece a continuación: • En el Colegiado “B”: - Marco Fernando Cerna Bazán, Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur. • En el 2° Juzgado Penal Nacional y en adición de funciones como 2° Juzgado Penal Unipersonal Nacional: - Ángel Ernesto Mendivil Mamani, Juez Penal Titular de la Corte Superior de Justicia de Piura. Las designaciones y término de funciones por renuncia de los doctores César Urbano Prado Prado y Wálter