Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2014 (19/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano Martes 19 de agosto de 2014

530341
Siendo Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biologica, en lo sucesivo "el Convenio", Recordando que la participacion MORDAZA y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilizacion de los recursos geneticos es uno de los tres objetivos fundamentales del Convenio, y reconociendo que este Protocolo persigue la aplicacion de este objetivo dentro del Convenio, Reafirmando los derechos soberanos de los Estados sobre sus recursos naturales y de conformidad con las disposiciones del Convenio, Recordando ademas el articulo 15 del Convenio, Reconociendo la importante contribucion de la transferencia de tecnologia y la cooperacion al desarrollo sostenible, para crear capacidad de investigacion. e innovacion que anada valor a los recursos geneticos en los paises en desarrollo, conforme a los articulos 16 y 19 del Convenio, Reconociendo que la conciencia publica acerca del valor economico de los ecosistemas y la diversidad biologica y que la distribucion MORDAZA y equitativa de su valor economico con los custodios de la diversidad biologica son los principales incentivos para la conservacion de la diversidad biologica y la utilizacion sostenible de sus componentes, Conscientes de la potencial contribucion del acceso y la participacion en los beneficios a la conservacion y utilizacion sostenible de la diversidad biologica, la reduccion de la pobreza y la sostenibilidad ambiental, contribuyendo por ende a alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio, Conscientes de los vinculos entre el acceso a los recursos geneticos y la participacion MORDAZA y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilizacion de dichos recursos, Reconociendo la importancia de proporcionar seguridad juridica respecto al acceso a los recursos geneticos y la participacion MORDAZA y equitativa en los beneficios que se deriven de su utilizacion, Reconociendo ademas la importancia de fomentar la equidad y justicia en las negociaciones de las condiciones mutuamente acordadas entre los proveedores y los usuarios de recursos geneticos, Reconociendo asimismo la funcion decisiva que desempena la mujer en el acceso y la participacion en los beneficios y afirmando la necesidad de que la mujer participe plenamente en todos los niveles de la formulacion y aplicacion de politicas para la conservacion de la diversidad biologica, Decididas a seguir apoyando la aplicacion efectiva de las disposiciones sobre acceso y participacion en los beneficios del Convenio, Reconociendo que se requiere una solucion innovadora para abordar la participacion MORDAZA y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilizacion de los recursos geneticos y los conocimientos tradicionales asociados a los recursos geneticos que se producen en situaciones transfronterizas o para los que no es posible otorgar y obtener consentimiento fundamentado previo, Reconociendo la importancia de los recursos geneticos para la seguridad alimentaria, la salud publica, la conservacion de la diversidad biologica y la mitigacion del cambio climatico y la adaptacion a este, Reconociendo la naturaleza especial de la diversidad biologica MORDAZA, sus caracteristicas y problemas distintivos, que requieren soluciones especificas, Reconociendo la interdependencia de todos los paises respecto a los recursos geneticos para la alimentacion y la agricultura, asi como su naturaleza especial e importancia para lograr la seguridad alimentaria en todo el MORDAZA y · para el desarrollo sostenible de la agricultura en el contexto de la reduccion de la pobreza y el cambio climatico, y reconociendo el rol fundamental del Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogeneticos para la Alimentacion y la Agricultura y la Comision de Recursos Geneticos para la Alimentacion y la Agricultura de la FAO al respecto, Teniendo en cuenta el Reglamento Sanitario Internacional (2005) de la Organizacion Mundial de la Salud y la importancia de asegurar el acceso a los patogenos humanos a los fines de la preparacion y respuesta en relacion con la salud publica,

domicilios fiscales y prediales) y sustanciales (obligaciones de pago de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales); Que, asimismo esta Gerencia ha detectado un alto indice de morosidad por parte de los contribuyentes con respecto a sus obligaciones tributarias formales (omisos a la declaracion jurada por inscripcion y descargas, entre otros) y sustanciales (por subvaluacion en el pago del Impuesto Predial) y teniendo en cuenta que la actual gestion municipal viendo la actual situacion economica por las que atraviesa el MORDAZA, asi como los contribuyentes de MORDAZA MORDAZA, que no les permite cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales respecto de los reajustes, intereses, multas tributarias por omision y subvaluacion, las costas y gastos administrativos en los procedimientos de la cobranza coactiva pendientes de pagos que ha visto por conveniente brindar las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones, otorgando beneficios tributarios para la regulacion de sus deudas; Que, la administracion tributaria municipal ha visto por conveniente y oportuno atender a aquellos contribuyentes que de manera cierta se encuentran en una situacion economica dificil que les ha impedido acogerse bajo las diferentes modalidades a los beneficios que se han venido dando; Estando a lo dictaminado y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Articulo 6° y 20° numeral 6) de la Ley N° 27972 - Ley Organica de Municipalidades, con las facultades otorgadas a traves de la MORDAZA Disposicion Final de la Ordenanza N° 229-CDPP y el articulo 3° de la Ordenanza N° 235-CDPP; y, con el visto MORDAZA de la Gerencia de Asuntos Juridicos; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de Agosto del 2014, el vencimiento de la primera y MORDAZA cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales (Enero a Junio) del ejercicio 2014. Articulo Segundo.- PRORROGAR hasta el 31 de Agosto del 2014, los incentivos tributarios por el Pronto Pago de las Obligaciones Tributarias del Ejercicio 2014, senalados en el articulo 15° de la Ordenanza N° 229-CDPP. Articulo Tercero.- PRORROGAR hasta el 31 de Agosto del 2014, los beneficios tributarios y no tributarios dispuesto en la Ordenanza N° 230-CDPP. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion, Finanzas y Planeamiento, Gerencia de Administracion Tributaria, Gerencia de Informatica y Gobierno Electronico y Secretaria General, su publicacion y difusion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1124691-1

CONVENIOS INTERNACIONALES
Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los Recursos Geneticos y Participacion MORDAZA y Equitativa en los Beneficios que se deriven de su utilizacion al Convenio sobre la Diversidad Biologica
(Aprobado por Resolucion Legislativa Nº 30217 de 3 de MORDAZA de 2014 y ratificado mediante Decreto Supremo Nº 029-2014-RE de fecha 4 de MORDAZA de 2014) PROTOCOLO DE NAGOYA SOBRE ACCESO A LOS RECURSOS GENETICOS Y PARTICIPACION MORDAZA Y EQUITATIVA EN LOS BENEFICIOS QUE SE DERIVEN DE SU UTILIZACION AL CONVENIO SOBRE LA DIVERSIDAD BIOLOGICA Las Partes en el presente Protocolo,

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