Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2014 (19/08/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 36

530338
SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluida la designacion de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de MORDAZA, en el Despacho de la Fiscalia Especializada en Materia Ambiental del Distrito Judicial de MORDAZA, materia de la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion N° 1743-2014-MP-FN, de fecha 09 de MORDAZA de 2014. Articulo Segundo.- Dar por concluida la designacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de MORDAZA, en el Despacho de la Fiscalia Provincial Mixta de Desaguadero, materia de la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion N° 1743-2014-MP-FN, de fecha 09 de MORDAZA de 2014. Articulo Tercero.- DESIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de MORDAZA, en el Despacho de la Fiscalia Provincial Mixta de Desaguadero. Articulo Cuarto.- DESIGNAR al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de MORDAZA, en el Despacho de la Fiscalia Especializada en Materia Ambiental del Distrito Judicial de Puno. Articulo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de MORDAZA, Coordinacion de las Fiscalias Especializadas en Materia Ambiental, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 1124994-2 RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 3360-2014-MP-FN MORDAZA, 18 de agosto de 2014 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 143-2014-MPFN/ 3ºFPPEDAYCPI-Lima, remitido por el Fiscal Provincial Titular de la Tercera Fiscalia Provincial Penal Especializada en Delitos Aduaneros y contra la Propiedad Intelectual de MORDAZA, solicita el apoyo de un personal Fiscal para que preste apoyo en dicho Despacho; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el Articulo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Organica del Ministerio Publico. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluida la designacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal de MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA, en el Despacho de la Vigesima Tercera Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA, materia de la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion N° 1741-2014-MP-FN, de fecha 09 de MORDAZA de 2014. Articulo Segundo.- Dar por concluida la designacion del doctor MORDAZA MORDAZA AMPUERO MORDAZA, Fiscal Adjunto Provincial Titular del Pool de Fiscales de MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA, en el Pool de Fiscales de MORDAZA, materia de la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion N° 646-2014-MP-FN, de fecha 24 de febrero de 2014. Articulo Tercero.- DESIGNAR al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal de MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA, en el Pool de Fiscales de MORDAZA, destacandolo en el Despacho de la Tercera Fiscalia Provincial Penal Especializada en Delitos Aduaneros y contra la Propiedad Intelectual de MORDAZA, a partir de la fecha, hasta el 31 de diciembre de 2014. Articulo Cuarto.- DESIGNAR al doctor MORDAZA MORDAZA AMPUERO MORDAZA, Fiscal Adjunto Provincial Titular del Pool de Fiscales de MORDAZA, Distrito

El Peruano Martes 19 de agosto de 2014

Judicial de MORDAZA, en el Despacho de la Vigesima Tercera Fiscalia Provincial Penal de Lima. Articulo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de MORDAZA, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 1124994-3

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Establecen beneficios e incentivos tributarios a favor de los contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 194-2014/MLV La MORDAZA, 15 de agosto de 2014 El CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO: en sesion ordinaria de fecha 15 de agosto de 2014, el Dictamen Conjunto Nº 0-2014-CPRDE-CPPPAL/ MLV de las Comisiones Permanentes Rentas y Desarrollo Economico, y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujecion al ordenamiento juridico, correspondiendole al Concejo Municipal la funcion normativa que se ejerce a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de ley de acuerdo al articulo 200º numeral 4 de la Carta Magna; Que, conforme a lo establecido en el numeral 4) del articulo 195º y en el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el articulo 9º numeral 9) de la Ley Nº 27972, los gobiernos locales tienen potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, asi como exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley, a traves del Concejo Municipal. Que, el articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 1332013-EF, establece que excepcionalmente los gobiernos locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren, precisando que en el caso de contribuciones y tasas, dicha condonacion tambien podra alcanzar el tributo; Que, el articulo 69º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF establece que la determinacion de tasas deberan sujetarse a los criterios de racionalidad que permitan determinar el cobro exigido por el servicio prestado, basado en el costo que demanda el servicio y su mantenimiento, asi como en el beneficio individual prestado de manera real y/o potencial, utilizandose para la distribucion entre los contribuyentes de una municipalidad, el costo de los arbitrios de manera vinculada y dependiendo del servicio publico involucrado, entre otros criterios que

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.