Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2014 (27/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano Miercoles 27 de agosto de 2014

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Memorando N° 781-2014-MDLM-GM de la Gerencia Municipal, mediante los cuales se solicita la prorroga de la vigencia de la Ordenanza N° 258 que aprueba el "Beneficio de Regularizacion de Deudas No Tributarias por concepto de multas administrativas en el Distrito de La Molina"; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 258, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 21 de MORDAZA del 2013, se aprobo el Beneficio de Regularizacion de Deudas No Tributarias por concepto de multas administrativas en el Distrito de La Molina; siendo que la MORDAZA Disposicion Final de dicha Ordenanza, faculta al senor MORDAZA a aprobar mediante Decreto de Alcaldia la prorroga correspondiente; Que, a traves del Decreto de Alcaldia N° 033-2014, se prorrogo el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 258 hasta el 30 de agosto de 2014; Que, mediante Informe N° 647-2014-MDLM-GDUESGFA la Subgerencia de Fiscalizacion Administrativa propone la prorroga de la vigencia de la Ordenanza N° 258, que aprueba el "Beneficio de Regularizacion de Deudas No Tributarias por concepto de multas administrativas en el distrito de La Molina" hasta el 30 de setiembre de 2014, de manera que se puedan mantener las facilidades para que los administrados puedan regularizar su situacion administrativa; siendo ratificado lo solicitado mediante Informe N° 083-2014MDLM-GDUE de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Economico, en dicho extremo la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe N° 369-2014-MDLM-GAJ opina favorablemente sobre la referida prorroga; siendo que la Gerencia Municipal a traves del Memorando N° 781-2014-MDLM-GM en consideracion a los Informes tecnicos y juridico senalados precedentemente opina por la procedencia de la prorroga de la vigencia de la Ordenanza N° 258; Que, siendo politica de la actual gestion, otorgar a los vecinos las facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones administrativas, resulta necesario ampliar el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 258; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas en los articulos 20° numeral 6) y 42° de la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 258 que aprueba el "Beneficio de Regularizacion de Deudas No Tributarias por concepto de multas administrativas en el Distrito de La Molina", hasta el 30 de setiembre de 2014. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Economico, a la Subgerencia de Fiscalizacion Administrativa, al Ejecutor Coactivo Administrativo y a la Subgerencia de Recaudacion y Fiscalizacion Tributaria, asi como a la Gerencia de Tecnologias de Informacion, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento y efectiva difusion del presente Decreto de Alcaldia, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria General la publicacion del texto del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Gerencia de Tecnologias de Informacion, la publicacion en la pagina web de la municipalidad: www.munimolina.gob.pe, en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas: www. serviciosalciudadano.gob.pe. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ZUREK P.F. MORDAZA 1128961-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Aprueban proyecto de habilitacion MORDAZA nueva como lote unico de terreno ubicado en el distrito
(Se publica la presente Resolucion a solicitud de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, mediante Oficio N° 522-2014-SG-MDSJL, recibido el 25 de agosto de 2014) RESOLUCION SUBGERENCIAL N° 241-2013-SGHU-GDU/MDSJL San MORDAZA de Lurigancho, 26 de setiembre de 2013 LA SUB GERENCIA DE HABILITACIONES URBANAS DE LA GERENCIA DE DESARROLLO MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO. VISTO: El Expediente Administrativo Nº 09534-R1-2013, de fecha 20 de febrero del 2013, mediante el cual la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administracion Tributaria - SUNAT, debidamente representado por el Jefe de la Unidad Ejecutora "Inversion Publica SUNAT", el senor MORDAZA MORDAZA Napuri MORDAZA, solicita la Aprobacion del Proyecto de Habilitacion MORDAZA Nueva como Lote Unico - Modalidad D: Aprobacion con evaluacion previa de Comision Tecnica, para uso de Comercio Zonal - CZ y Vivienda Taller - VT, del terreno de 2,169.50 m2 ubicado en la Av. MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Sur Mz. X Sub Lote Nº 9A del Lote Nº 9 de la Urbanizacion MORDAZA Grande Unidad 15, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, el Numeral 2.1 del Articulo 2º de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, establece que los procedimientos administrativos regulados en la presente Ley, son unicos y de aplicacion obligatoria a nivel nacional; asimismo, determinan las responsabilidades de los sujetos implicados en los procedimientos de habilitacion MORDAZA y de edificacion; Que, el Numeral 2.1 del Articulo 2º de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, modificado por Ley N° 29476, senala que los procedimientos administrativos, regulados en la presente Ley, son unicos y de aplicacion obligatoria a nivel nacional; ademas determinan las responsabilidades de los sujetos implicados en los procedimientos de habilitacion MORDAZA y de edificacion; Que, el Numeral 9 del Articulo 4º de la Ley 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, modificado por Ley N° 29476, indica que las municipalidades distritales en el ambito de su jurisdiccion, tienen competencia para la aprobacion de proyectos de habilitacion MORDAZA y de edificacion; ello, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que, mediante Decretos Supremos Nº 024-2008VIVIENDA, Nº 025-2008-VIVIENDA y N° 026-2008VIVIENDA, se aprueban el Reglamento de Licencias de Habitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion, el Reglamento de los Revisores Urbanos y el Reglamento de Verificacion Administrativa y Tecnica, y modificatorias, respectivamente; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 047, de fecha 22 de febrero del 2008, se resuelve Aprobar la Conformacion de los miembros de la Comision Tecnica de Habilitaciones Urbanas del Distrito de San MORDAZA de Lurigancho; Que, previamente, esta Sub Gerencia ha constatado el cumplimiento de los requisitos exigidos por el Decreto Supremo N° 024-2008-VIVIENDA y modificatorias,

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