Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2014 (27/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano Miercoles 27 de agosto de 2014

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efectuados con los recursos de las carteras administradas (fondos de pensiones y encaje) por las AFP. 3. La supervision de las Derramas la realizara el Departamento de Supervision Microfinanciera, de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas. Articulo Sexto.- Encargar a las diferentes areas de la Superintendencia realizar las acciones necesarias para adecuar los Comites bajo su competencia, los documentos normativos internos y los procedimientos del MORDAZA impactados por las disposiciones de la presente Resolucion. Articulo Septimo.- Facultar a los Superintendentes Adjuntos de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y de Seguros que dispongan las medidas necesarias para implementar la nueva estructura, en tanto se adecua lo senalado en el articulo precedente y segun lo establecido en la presente Resolucion. Articulo Octavo.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1128585-1

2. Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones a. La Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones es el organo encargado de la supervision de las empresas Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones, de los conglomerados financieros a los que estas pertenecen y demas empresas sometidas a su supervision, asi como de velar por el desarrollo de los mercados de acumulacion y desacumulacion, incluyendo la seguridad y la rentabilidad de las inversiones que efectuen las AFP con los recursos del Fondo de Pensiones, y verificando el otorgamiento adecuado y oportuno de las pensiones asi como de las prestaciones y beneficios de los afiliados y beneficiarios. Ademas, la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones se encarga de realizar la evaluacion y la supervision de la MORDAZA de Pensiones Militar Policial, para el adecuado control de los riesgos que asume en sus operaciones. b. La Intendencia General de Supervision Previsional es una unidad organizativa dependiente de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, encargada de realizar, en forma permanente, el monitoreo y la supervision integral de los procesos y mercados de acumulacion y desacumulacion de recursos de las empresas Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones. Tambien se encarga de la evaluacion y la supervision de la MORDAZA de Pensiones Militar Policial. Asimismo atiende los reclamos de los usuarios de las AFP y resuelve las controversias entre los diversos participantes del SPP, en etapas tales como la afiliacion, aportacion, recaudacion y otorgamiento de pensiones y beneficios. c. El Departamento de Supervision de Instituciones Previsionales es una unidad organizativa dependiente de la Intendencia General de Supervision Previsional, encargada de realizar la evaluacion permanente de los mercados de acumulacion, en particular, de afiliacion, aportacion, recaudacion, traspaso y traslado de las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; ejerciendo la labor de monitoreo, medicion, seguimiento y supervision -"in situ" y "extra situ" de los referidos mercados asi como a los procedimientos asociados que, en general, otorgan los diversos agentes participantes en el SPP. Tambien se encarga de la evaluacion y la supervision de la MORDAZA de Pensiones Militar Policial. d. El Departamento de Supervision de Pensiones y Beneficios es una unidad organizativa dependiente de la Intendencia General de Supervision Previsional, encargada de realizar la evaluacion permanente de los mercados previsionales de desacumulacion, en particular, de Pensiones y Beneficios del SPP, ejerciendo la labor de monitoreo, medicion seguimiento y supervision -"in situ" y "extra situ"- de los referidos mercados asi como a los procedimientos asociados que, en general, otorgan los diversos agentes participantes en el SPP. Tambien, tiene como funcion basica monitorear, medir, hacer seguimiento, supervisar y proponer mejoras para el adecuado funcionamiento del Sistema Evaluador de Invalidez asi como sus organismos participantes. Tambien, supervisa el otorgamiento de beneficios en la MORDAZA de Pensiones Militar Policial. Asimismo, esta unidad organizativa esta encargada de atender los reclamos de los usuarios de las AFP y de evaluar, monitorear, atender, solucionar y supervisar los Procesos de Controversias vinculados a todos participantes del sistema previsional, tanto en las etapas de acumulacion como de desacumulacion de recursos los afiliados. e. El Departamento de Estrategia Previsional es una unidad organizativa dependiente de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, encargada de proporcionar las labores de respaldo que resulten necesarias para la adecuada supervision del Sistema Privado de Pensiones (SPP). Asimismo, evalua los estudios y las normas tecnicas que tiendan a fomentar el bienestar del afiliado y promover el desarrollo del SPP, considerando tanto el MORDAZA local como internacional. f. El Departamento de Inversiones de Fondos Privados de Pensiones es una unidad organizativa dependiente de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, encargada de supervisar la gestion de las inversiones y de la gestion de los riesgos

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Designan funcionario responsable de remitir ofertas de empleo a la Direccion General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo
SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SAT RESOLUCION JEFATURAL Nº 001-004-00003383 MORDAZA, 8 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 27736, Ley para la Transmision Radial y Televisiva de Ofertas Laborales, se establecio que el Instituto de Radio y Television del Peru debe programar en el horario que considere conveniente su Directorio, los avisos de servicio publico en los que se ofrezcan puestos de trabajo publicos y privados. Que, el articulo 2 del Decreto Supremo Nº 012-2004TR, MORDAZA que dicta disposiciones reglamentarias de la Ley Nº 27736, senala que la remision de las ofertas de empleo se efectuara con diez (10) dias habiles de anticipacion al inicio del concurso de los puestos de trabajo a ofertar, a traves del funcionario que MORDAZA sido designado como responsable mediante resolucion del titular de la entidad, la cual debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano. Que, mediante el articulo 2 de la Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2011-SERVIR/PE, se aprobo el modelo de Convocatoria para la Contratacion Administrativa de Servicios (CAS), regimen que exige a las entidades publicas, publicar las convocatorias en el Servicio Nacional del Empleo a cargo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, conforme al articulo 8 del Decreto Legislativo Nº 1057. Que, con Oficio Multiple Nº 116-2013-MTPE/3/18, del 11 de noviembre de 2013, la Direccion General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, ha comunicado que dicha direccion, conforme a su Reglamento de Organizacion y Funciones es la encargada de realizar la funcion del

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