Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2014 (04/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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seguimiento y evaluacion del desempeno en el MORDAZA del presupuesto por resultados. (...)". SEGUNDA. Modificase el numeral 1.1 del articulo 1 de la Ley 29332, Ley que crea el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal, conforme al siguiente texto: "Articulo 1º. Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal 1.1. Crease el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal, en adelante el Plan, el cual tiene por objetivos: i) Mejorar los niveles de recaudacion y la gestion de los tributos municipales, fortaleciendo la estabilidad y eficiencia en la percepcion de los mismos; ii) Mejorar la ejecucion de proyectos de inversion publica, considerando los lineamientos de politica de mejora en la calidad del gasto; iii) Reducir la desnutricion cronica infantil en el pais; iv) Simplificar tramites generando condiciones favorables para el clima de negocios y promoviendo la competitividad local; v) Mejorar la provision de servicios publicos locales prestados por los gobiernos locales en el MORDAZA de la Ley 27972, Ley Organica de Municipalidades; vi) Prevenir riesgos de desastres". TERCERA. Modificase el primer parrafo del literal b) del articulo 7, asi como incorporase el literal e) del articulo 7, el MORDAZA parrafo del articulo 20, y la tercera disposicion complementaria final de la Ley 30099, Ley de Fortalecimiento de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal, conforme a los siguientes textos: "Articulo 7. Reglas fiscales para los gobiernos regionales y gobiernos locales (...) b) Regla del gasto no financiero: El gasto no financiero no puede exceder el limite que resulte de aplicar al estimado de gasto no financiero del ano anterior, publicado en el MORDAZA Macroeconomico Multianual correspondiente, la variacion porcentual del promedio movil de cuatro anos de los ingresos anuales, contados a partir del MORDAZA ano previo a cada ano fiscal correspondiente. (...) e) Para aquellos gobiernos locales que cuenten con menos de siete (7) anos de creados, la regla fiscal a aplicar sera el resultado primario no negativo. A partir del octavo ano estos gobiernos locales se sujetaran a las reglas a) y b) del presente articulo". "Articulo 20. Informe Multianual de Gestion Fiscal de los gobiernos regionales y gobiernos locales (...) Para los gobiernos regionales y locales que no hayan remitido el Informe Multianual de Gestion Fiscal o no hayan cumplido con la remision en el plazo previsto; lo elaboren o remitan de una forma distinta a lo senalado en la presente Ley y su reglamento, o contengan inconsistencias; o no incluyan la firma y sello del titular de la entidad, o quien haga sus veces, a traves de la Declaracion Jurada; aplican las reglas fiscales previstas en el articulo 7 de la presente Ley y de producirse un incumplimiento en las mismas se sujetaran a las medidas correctivas establecidas en el numeral 8.4 del articulo 8 de la presente Ley". "TERCERA. La Direccion General de Politica Macroeconomica y Descentralizacion Fiscal del Ministerio de Economia y Finanzas emitira directivas para la mejor aplicacion de la Ley de Fortalecimiento de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal, Ley 30099, las mismas que seran aprobadas mediante Resolucion Ministerial y son de obligatorio cumplimiento para los sujetos que se encuentren dentro del ambito de aplicacion de la citada Ley". CUARTA. Modificanse los numerales 1 y 2 del articulo 4 del Decreto Legislativo 1128, Decreto Legislativo que crea la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, con el siguiente texto: "Articulo 4.- Funciones La Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas tiene las siguientes funciones: 1.

El Peruano Jueves 4 de diciembre de 2014

2.

Elaborar el Plan Estrategico de Compras del Sector Defensa, en base a la determinacion de las necesidades de bienes, servicios, obras y consultorias que presenten las unidades ejecutoras y organos del Sector Defensa dentro de su ambito de competencia. Dicho documento de gestion establece, entre otros aspectos, la vision, objetivos y estrategias de las contrataciones, alcance de las contrataciones y etapas de los procesos de contratacion a ser ejecutados por la Agencia y sera aprobado por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Defensa; Ejecutar alguna(s) o todas las etapas de los procesos de contratacion en el MORDAZA nacional, MORDAZA extranjero, asi como las contrataciones de gobierno a gobierno segun corresponda, en concordancia con lo dispuesto en el Plan Estrategico de Compras del Sector Defensa;"

QUINTA. Modificase el articulo 3 de la Ley 29963, Ley de facilitacion aduanera y de ingreso de participantes para la realizacion de eventos internacionales declarados de interes nacional, con el siguiente texto: "Articulo 3. Admision temporal Los bienes pueden ser sometidos al regimen de admision temporal para reexportacion en el mismo estado durante el periodo comprendido desde los noventa (90) dias calendario anteriores al inicio del evento hasta su culminacion y por un plazo MORDAZA de autorizacion de noventa (90) dias calendario posteriores a dicho momento. Los citados plazos pueden ser ampliados en casos justificados hasta por un periodo similar por la SUNAT y por periodos mayores mediante resolucion ministerial". SEXTA. Modificase el articulo 1 de la Ley 29837, Ley que crea el Programa Nacional de Becas y Credito Educativo, conforme al siguiente texto: "Articulo 1. Creacion del Programa Nacional de Becas y Credito Educativo Crease el Programa Nacional de Becas y Credito Educativo, a cargo del Ministerio de Educacion, encargado del diseno, planificacion, gestion, monitoreo y evaluacion de becas y creditos educativos para el financiamiento de estudios de educacion tecnica y superior; estudios relacionados con los idiomas, desde la etapa de educacion basica, en instituciones tecnicas, universitarias y otros centros de formacion en general, formen parte o no del sistema educativo; asi como capacitacion de artistas y artesanos y entrenamiento especializado para la alta competencia deportiva". SETIMA. Modificase la MORDAZA disposicion complementaria final de la Ley 30025, Ley que facilita la adquisicion, expropiacion y posesion de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad publica la adquisicion o expropiacion de bienes inmuebles afectados para la ejecucion de diversas obras de infraestructura, conforme al siguiente texto: "QUINTA. (...) INFRAESTRUCTURA FERROVIARIA 60) Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao, Lineas 1 y 2, y Linea 4: Ramal Av. Faucett - Av. Gambetta. (...) INFRAESTRUCTURA DIVERSA (...) 72) Proyecto de Inversion Publica Acondicionamiento Turistico del Lago Yarinacocha - Region Ucayali. 73) Proyecto de Integracion de la Infraestructura Inmobiliaria del Congreso de la Republica. 74) Proyecto de Inversion Publica: "Instalacion del servicio de readaptacion social en el MORDAZA establecimiento penitenciario de MORDAZA, en el distrito de Sechura, provincia de Sechura, departamento de Piura" - SNIP Nº 276865.

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