Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2014 (18/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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servicios y/o comercializando en forma directa y en pequena escala productos, bajo las condiciones que establece la presente Ordenanza. 5.2 Comerciante Ambulante Autorizado Se considera trabajador o comerciante ambulante a toda persona natural, que se dedica a la venta de mercaderias o presta servicios en areas reguladas de la via publica y cuyo capital no exceda a (2) dos UIT. 5.3 Via Publica Es el espacio de uso publico que comprende las pistas, veredas y similares destinadas al MORDAZA peatonal y vehicular. 5.4 Areas Reguladas Zonas de la via publica, que la Municipalidad autoriza temporalmente para el ejercicio del comercio ambulatorio. 5.5 Areas Rigidas Zonas de la via publica no autorizadas por la Municipalidad para el ejercicio del comercio ambulatorio en razon del ornato, seguridad o por disposicion del area competente. 5.6 Giro Es la actividad comercial autorizada por la Municipalidad para ser ejercido por el comerciante ambulante autorizado en el distrito. 5.7 Modulos Se considera modulos a los muebles, vehiculos condicionados y equipos de venta de dimensiones y caracteristicas movibles reglamentarias que se ubican en la via publica, sobre la vereda o calzada; prefijada por la autoridad Municipal. 5.8 Titular Es la persona natural denominado comerciante ambulante autorizado a quien se le otorga la autorizacion provisional para el desarrollo de la actividad comercial en la via publica, regulada por la municipalidad. 5.9 Ayudante temporal Es la persona natural que es autorizado temporalmente para ejercer las funciones de venta de bienes o servicios del titular de la autorizacion provisional, de acuerdo a lo establecido en el articulo 31º de la presente ordenanza. 5.10 Comision de Concertacion Tripartita Es el organismo consultivo permanente de participacion de los comerciantes ambulantes autorizados organizados, ante la Municipalidad Distrital de Los Olivos; y que esta conformada por representantes de los comerciantes ambulantes, vecinos y la municipalidad. Tiene por objeto concertar el desarrollo de planes o programas de formalizacion del comercio ambulatorio, como parte de la modernizacion del comercio ambulatorio minorista, logrando la participacion democratica de los comerciantes ambulantes y la busqueda de alternativas conjuntas a los problemas del comercio ambulatorio en que la Municipalidad tenga injerencia. 5.11 Formalizacion Es el MORDAZA que emprende el comerciante ambulatorio autorizado a traves del auto ahorro y ahorro asociativo conducente a formalizarse dentro de un establecimiento comercial. La municipalidad promueve su formalizacion mediante asesoramiento tecnico legal. CAPITULO IV COMPETENCIA MUNICIPAL Articulo 6º.- De las Competencias Municipales Son competencias municipales las siguientes: a. Reglamentar mediante disposiciones complementarias a la presente ordenanza, los mecanismos para el mejor desarrollo de la misma. b. Autorizar provisionalmente a los comerciantes ambulantes que cumplan con los requisitos establecidos en la presente ordenanza, el desarrollo de actividades de

El Peruano Jueves 18 de diciembre de 2014

venta de bienes o servicios en menor escala en el distrito de Los Olivos. c. Resolver oportunamente los recursos impugnatorios derivados del MORDAZA de autorizacion provisional de funcionamiento. d. Promover la formalizacion de los comerciantes ambulantes autorizados y organizados que desarrollan sus actividades dentro del distrito de Los MORDAZA, fomentando el auto ahorro y el ahorro asociativo, brindando para ello orientacion tecnico legal. e. Fiscalizar el desarrollo de las actividades de los comerciantes autorizados provisionalmente de acuerdo a lo establecido en la presente ordenanza y normas complementarias, que garanticen la mejor conduccion de los comerciantes, asi como garantizar las mejores condiciones de salubridad, orden publico y respeto a las leyes. Articulo 7º.- De las Facultades de la Autoridad Municipal Son facultades de la autoridad municipal las siguientes: a. Hacer cumplir lo establecido en la presente ordenanza b. Determinar tecnicamente las areas publicas permitidas para el desarrollo de las actividades del comercio ambulatorio provisional; asi como asignar y determinar ubicaciones a los comerciantes ambulantes autorizados. c. Llevar un padron de comerciantes ambulantes autorizados provisionalmente que contenga datos como giro, MORDAZA ocupada, datos personales etc. d. Autorizar temporalmente a los ayudantes temporales de los titulares, siempre que se cumpla con lo dispuesto en el articulo 29º de la presente ordenanza. e. Los demas que de manera complementaria a la presente MORDAZA establecidas por la autoridad municipal. Articulo 8º.- Del Area Administrativa Competente El area competente de la municipalidad encargada del desarrollo de la presente ordenanza es la Gerencia de Rentas a traves de la Sub Gerencia de Licencias y Control de Actividades Comerciales. El area competente determinara mediante disposiciones complementarias a la presente, las zonas autorizadas para el desarrollo de las actividades de los comerciantes ambulantes autorizados provisionalmente; asi como las zonas rigidas en las cuales el desarrollo del comercio ambulatorio se encuentre totalmente prohibido. De igual forma, el area competente determinara y delimitara las ubicaciones de los modulos de los comerciantes ambulantes autorizados, asi como las caracteristicas de los mismos, como medidas, material, etc. Ademas de ello, el area competente establecera horarios para el desarrollo de las actividades de los comerciantes ambulantes autorizados lo cuales no afecten la tranquilidad de los vecinos, asi como mecanismos para la manipulacion de alimentos y otros que MORDAZA de su competencia. CAPITULO V DE LOS GIROS AUTORIZADOS Articulo 9º.- De los Giros Autorizados Los giros autorizados para el ejercicio del comercio ambulatorio autorizado en el distrito de Los MORDAZA son los siguientes: a. Venta de Alimentos Preparados Al Paso - Venta de jugo de cana y derivados; jugo de naranja, toronja y MORDAZA (papaya, MORDAZA y MORDAZA en rodajas y afines). - Venta de cocos y derivados. - Venta de mazamorras y postres (chicha morada). - Yuquita frita, churritos. - Chifles, canchita pop-corn y confites. - Tamales y humitas. - Huevitos de codorniz - papa con huevo. - Choclo sancochado con queso y habas. - Picarones, Cachangas. b. Venta de Alimentos Preparados

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