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El Peruano Jueves 18 de diciembre de 2014 540125 Del Juzgado Remitente Al Juzgado receptor Cantidad 5to. Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho 8vo. Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho 600 Expedientes 6to. Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho 8vo. Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho 600 Expedientes Segundo.- La redistribución comprende a los procesos cualquiera sea el año de ingreso del expediente, los cuales deben ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargos de notifi cación completos, debidamente cosidos, foliados en números y letras, asimismo, todos los escritos deberán estar debidamente proveídos bajo responsabilidad. Tercero.- La redistribución dispuesta en la presente resolución se efectuará en el plazo de QUINCE DÍAS hábiles a partir de su publicación, y no se considerará para la redistribución: a) Los expedientes que hayan sido objeto de una redistribución anterior. b) Los expedientes en lo que se ha llevado a cabo informe oral. c) Los expedientes en reserva, ni con mandato de archivo provisional o defi nitivo. Cuarto.- En el plazo máximo de diez días hábiles, el Primer, Segundo, Tercer, Cuarto, Quinto y Sexto Juzgados de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho, deberán hacer llegar por medio electromagnético en detalle, la relación de expedientes a ser redistribuidos, la cual tendrá carácter de declaración jurada y será publicada en la página web de esta Corte Superior de Justicia. Quinto.- Con el fi n de no afectar el derecho de los usuarios y/o litigantes y hasta que culmine el proceso de redistribución de expedientes dispuesto en la presente resolución, la Mesa de Partes del Primer al Sexto Juzgados de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho, deberán recibir los escritos relacionados a actos procesales con plazos de vencimiento y/o perentorios de los procesos a ser redistribuidos que se encuentren aún bajo su custodia, debiendo ser remitido junto con el expediente al Octavo Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho. Sexto.- DISPONER que la Mesa de Partes Única de la Sede Judicial ubicada en la Avenida Gran Chimú número mil ochocientos – Urbanización Zárate, continúe distribuyendo aleatoriamente los nuevos ingresos entre todos los Juzgados de Paz Letrado de su sede. Séptimo.- REMITIR copia de la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Comisión Nacional de Productividad Judicial, Gerencia General, Jefatura de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura – ODECMA, Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal y los interesados para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese. MARÍA DEL CARMEN PALOMA ALTABAS KAJATT Presidenta 1179064-1 ORGANOS AUTONOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Convocan a ciudadanos para que asuman los cargos de vicepresidente y consejero regional del Gobierno Regional de Pasco RESOLUCIÓN Nº 3664-2014-JNE Expediente Nº J-2014-00696 PASCO Lima, veintiocho de noviembre de dos mil catorce. VISTO el Ofi cio Nº 1033-2014-G.R.P/CR, presentado el 25 de noviembre de 2014, en el cual se comunica que, mediante el Acuerdo Nº 058-2014-G.R.PASCO/CR, se ratifi có la elección de Simón Fidel Astete Benites en el cargo de vicepresidente regional del Gobierno Regional de Pasco. CONSIDERANDOS 1. El artículo 31, numeral 2, de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (en adelante LOGR), refi ere que el ejercicio del cargo de presidente, vicepresidente y consejero se suspende por acuerdo de consejo, al existir un mandato de detención. Precisamente esta causal de suspensión en el ejercicio del cargo tiene por fi nalidad cautelar el buen funcionamiento de los órganos de los gobiernos regionales. 2. En este caso, mediante la Resolución Nº 3035- 2014-JNE, del 6 de octubre de 2014, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones aprobó la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, como consecuencia de la declaratoria de suspensión de Kléver Meléndez Gamarra en el cargo de presidente del Gobierno Regional de Pasco, por la causal establecida en el mencionado artículo 31, numeral 2, de la LOGR. Asimismo, mediante la citada resolución se convocó a Félix Dionisio Salcedo Meza, para que asuma provisionalmente el cargo de presidente de este gobierno regional. 3. Ahora bien, mediante el Acuerdo Nº 058-2014- G.R.PASCO/CR, de fecha 20 de noviembre de 2014, se ratifi có el Acuerdo Nº 045-2014-G.R.PASCO/CR, por medio del cual se eligió a Simón Fidel Astete Benites, para que ocupe temporalmente el cargo de vicepresidente regional del Gobierno Regional de Pasco. Del mismo modo, se elige a Richard Edson Suárez Maccha, a fi n de que asuma provisionalmente el cargo de consejero regional, mientras se encuentre vigente el cargo como vicepresidente regional de Simón Fidel Astete Benites. 4. En aplicación supletoria del último párrafo del artículo 31 de la LOGR, resulta procedente convocar a Simón Fidel Astete Benites, identifi cado con DNI Nº 19190409, para que asuma el cargo de vicepresidente del Gobierno Regional de Pasco, así como a Richard Edson Suárez Maccha, identifi cado con DNI Nº 04085759, accesitario del consejero regional Simón Fidel Astete Benites, conforme al acta de proclamación de resultados emitida por el Jurado Electoral Especial de Pasco, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010, para que asuma temporalmente el cargo de consejero regional. Por tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- APROBAR el Acuerdo Nº 058- 2014-G.R.PASCO/CR, de fecha 20 de noviembre de 2014, mediante el cual se eligió a Simón Fidel Astete Benites, para que ocupe temporalmente el cargo de vicepresidente regional del Gobierno Regional de Pasco. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Simón Fidel Astete Benites, como consejero regional del Gobierno Regional de Pasco. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Simón Fidel Astete Benites, identifi cado con DNI Nº 19190409, para que asuma provisionalmente el cargo de vicepresidente del Gobierno Regional de Pasco, para lo cual se le debe otorgar la correspondiente credencial que lo faculte como tal. Artículo Cuarto.- CONVOCAR a Richard Edson Suárez Maccha, identifi cado con DNI Nº 04085759, para que asuma provisionalmente el cargo de consejero regional del Gobierno Regional de Pasco, departamento de Pasco, mientras esté vigente la encargatura de Simón Fidel Astete Benites, para lo cual se le debe otorgar la correspondiente credencial que lo faculte como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO Samaniego Monzón Secretario General 1178769-1