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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (18/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 58

El Peruano Jueves 18 de diciembre de 2014 540124 VISTOS: El artículo 155-A y 155-B del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, incorporados por la Ley N° 30229, artículo N° 157 del Código Procesal Civil, artículo N° 14 del Código Procesal Constitucional y el artículo N° 13 de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, modifi cadas por la Ley N° 30229, y el Informe N° 14-2014- OSJ-ADM-CSJLE/PJ, de fecha 17 de noviembre de 2014 emitido por el Área de Servicios Judiciales de esta Corte Superior de Justicia; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, conforme a lo establecido por las normas legales de vistos, la notifi cación electrónica es un medio alternativo de la notifi cación por cédula, la misma que es derivada a la casilla electrónica de manera obligatoria en todos los procesos contenciosos y no contenciosos, tramitados antes los Órganos Jurisdiccionales del Poder Judicial; determinando como requisito de admisibilidad que en los escritos postulatorios, se consigne una casilla electrónica asignada por el Poder Judicial. Segundo.- Que, según Informe N° 14-2014-OSJ- ADM-CSJLE/PJ, el Encargado del Área de Servicios Judiciales, pone de conocimiento que para dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la normatividad señalada en el primer considerando, resulta necesario que se cuente con Puntos de Atención en esta Corte Superior de Justicia, donde se puedan aperturar y asignar las Casillas Electrónicas solicitadas por los Abogados, Defensores Públicos y Personal del Poder Judicial, quienes previamente a su atención, cumplirán con los requisitos exigidos por este Poder del Estado. Tercero.- Que, con la fi nalidad de atender las solicitudes de Casillas electrónicas, en plazos breves, es conveniente establecer Puntos de Atención Desconcentrados, los mismos que coadyuvarán a que el usuario pueda acceder al servicio que se ofrece, sin necesidad de trasladarse a largas distancias, motivo por el cual resulta pertinente la implementación de dos Puntos de Atención Desconcentrados para la apertura y asignación de Casillas Electrónicas. Por las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por los incisos 3° y 9° del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Primero.- DISPONER la creación de los “Puntos de Atención para la Apertura y Asignación de Casillas Electrónicas” de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, los mismos que estarán ubicados de manera desconcentrada, en las siguientes Sedes Judiciales: 1.- Sede Judicial Principal - Oficina de Servicios Judiciales; Avenida Nicolás Ayllón N° 632 – Chaclacayo. 2.- Sede Judicial Terminal de Atención San Juan de Lurigancho; Avenida Los Próceres de la Independencia N° 124 – Urbanización Caja de Agua – San Juan de Lurigancho. Segundo.- ENCARGAR al señor Abogado Miguel Ángel Medina Obregón, Encargado del Área de Servicios Judiciales de esta Corte Superior de Justicia, la implementación y monitoreo de los Puntos de Atención creados. Tercero.- PONER la presente Resolución Administrativa en conocimiento de la Gerencia General del Poder Judicial, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Ofi cina de Administración Distrital, Área de Servicios Judiciales de esta Corte Superior, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese. MARÍA DEL CARMEN PALOMA ALTABAS KAJATT Presidenta 1179062-1 Disponen la redistribución de procesos en trámite que no se encuentren expeditos para sentenciar al 31 de octubre del año 2014, a cargo de Juzgados de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho de la Corte Superior de Justicia de Lima Este CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 508-2014-P-CSJLE/PJ Chaclacayo, 16 de diciembre de 2014 VISTOS: La Resolución Administrativa Nº 347-2014-CE-PJ del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, el Informe Nº 51-2014-ADM-CSJLE/PJ, elaborado por el Área de Estadística de esta Corte Superior de Justicia, el Ofi cio Nº 025-2014-SJL, cursado por los señores Magistrados del Cuarto y Quinto Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho; y CONSIDERANDO: Primero.- Mediante Resolución Administrativa N° 347-2013-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, facultó a esta Presidencia para que disponga que los expedientes en trámite del Primero al Sexto Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho que no se encuentren expeditos para sentenciar al treinta y uno de octubre de dos mil catorce, sean redistribuidos al recientemente convertido Octavo Juzgado de Paz Letrado del Distrito de San Juan de Lurigancho. Segundo.- Como medidas adoptadas para ejecutar la disposición antes indicada, se emitieron las Resoluciones Administrativas Nros. 403 y 415-2014-P-CSJLE/PJ, mediante los cuales se designó y asignó los Magistrados en el Séptimo y Octavo Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho, respectivamente; asimismo, se dispuso el funcionamiento del Octavo Juzgado de Paz Letrado del citado Distrito en la Avenida Gran Chimú número mil ochocientos – Urbanización Zárate. Tercero.- Del Informe N° 50-2014-ADM-2014-CSJLE/ PJ, elaborado por el encargado del Área de Estadística de esta Corte Superior de Justicia, se advierte una sobrecarga en los Juzgados de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho. Cuarto.- Con ofi cio N° 025-2014-SJL, los señores Magistrados del Cuarto y Quinto Juzgados de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho, informan a esta Presidencia de la sobrecarga procesal que mantienen dichos Juzgados. Por las consideraciones expuestas, en uso de las facultades conferidas en los incisos tercero, cuarto y noveno del artículo noventa del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la REDISTRIBUCIÓN de los procesos en trámite que no se encuentren expeditos para sentenciar al treinta y uno de octubre del año dos mil catorce, de la siguiente manera: Del Juzgado Remitente Al Juzgado receptor Cantidad 1er. Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho 8vo. Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho 50 Expedientes 2do. Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho 8vo. Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho 50 Expedientes 3er. Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho 8vo. Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho 50 Expedientes 4to. Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho 8vo. Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho 100 Expedientes