Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2014 (18/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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VISTOS: El articulo 155-A y 155-B del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, incorporados por la Ley N° 30229, articulo N° 157 del Codigo Procesal Civil, articulo N° 14 del Codigo Procesal Constitucional y el articulo N° 13 de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, modificadas por la Ley N° 30229, y el Informe N° 14-2014OSJ-ADM-CSJLE/PJ, de fecha 17 de noviembre de 2014 emitido por el Area de Servicios Judiciales de esta Corte Superior de Justicia; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, conforme a lo establecido por las normas legales de vistos, la notificacion electronica es un medio alternativo de la notificacion por cedula, la misma que es derivada a la MORDAZA electronica de manera obligatoria en todos los procesos contenciosos y no contenciosos, tramitados MORDAZA los Organos Jurisdiccionales del Poder Judicial; determinando como requisito de admisibilidad que en los escritos postulatorios, se consigne una MORDAZA electronica asignada por el Poder Judicial. Segundo.- Que, segun Informe N° 14-2014-OSJADM-CSJLE/PJ, el Encargado del Area de Servicios Judiciales, pone de conocimiento que para dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la normatividad senalada en el primer considerando, resulta necesario que se cuente con Puntos de Atencion en esta Corte Superior de Justicia, donde se puedan aperturar y asignar las Casillas Electronicas solicitadas por los Abogados, Defensores Publicos y Personal del Poder Judicial, quienes previamente a su atencion, cumpliran con los requisitos exigidos por este Poder del Estado. Tercero.- Que, con la finalidad de atender las solicitudes de Casillas electronicas, en plazos breves, es conveniente establecer Puntos de Atencion Desconcentrados, los mismos que coadyuvaran a que el usuario pueda acceder al servicio que se ofrece, sin necesidad de trasladarse a largas distancias, motivo por el cual resulta pertinente la implementacion de dos Puntos de Atencion Desconcentrados para la apertura y asignacion de Casillas Electronicas. Por las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por los incisos 3° y 9° del articulo 90° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Primero.- DISPONER la creacion de los "Puntos de Atencion para la Apertura y Asignacion de Casillas Electronicas" de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este, los mismos que estaran ubicados de manera desconcentrada, en las siguientes Sedes Judiciales: 1.- Sede Judicial Principal - Oficina de Servicios Judiciales; Avenida MORDAZA MORDAZA N° 632 ­ Chaclacayo. 2.- Sede Judicial Terminal de Atencion San MORDAZA de Lurigancho; Avenida Los Proceres de la Independencia N° 124 ­ Urbanizacion MORDAZA de Agua ­ San MORDAZA de Lurigancho. Segundo.- ENCARGAR al senor Abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Encargado del Area de Servicios Judiciales de esta Corte Superior de Justicia, la implementacion y monitoreo de los Puntos de Atencion creados. Tercero.PONER la presente Resolucion Administrativa en conocimiento de la Gerencia General del Poder Judicial, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Oficina de Administracion Distrital, Area de Servicios Judiciales de esta Corte Superior, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y archivese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA ALTABAS KAJATT Presidenta 1179062-1

El Peruano Jueves 18 de diciembre de 2014

Disponen la redistribucion de procesos en tramite que no se encuentren expeditos para sentenciar al 31 de octubre del ano 2014, a cargo de Juzgados de Paz Letrado de San MORDAZA de Lurigancho de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA ESTE RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 508-2014-P-CSJLE/PJ Chaclacayo, 16 de diciembre de 2014 VISTOS: La Resolucion Administrativa Nº 347-2014-CE-PJ del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, el Informe Nº 51-2014-ADM-CSJLE/PJ, elaborado por el Area de Estadistica de esta Corte Superior de Justicia, el Oficio Nº 025-2014-SJL, cursado por los senores Magistrados del MORDAZA y MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Lurigancho; y CONSIDERANDO: Primero.- Mediante Resolucion Administrativa N° 347-2013-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, faculto a esta Presidencia para que disponga que los expedientes en tramite del Primero al MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Lurigancho que no se encuentren expeditos para sentenciar al treinta y uno de octubre de dos mil catorce, MORDAZA redistribuidos al recientemente convertido Octavo Juzgado de Paz Letrado del Distrito de San MORDAZA de Lurigancho. Segundo.- Como medidas adoptadas para ejecutar la disposicion MORDAZA indicada, se emitieron las Resoluciones Administrativas Nros. 403 y 415-2014-P-CSJLE/PJ, mediante los cuales se designo y asigno los Magistrados en el MORDAZA y Octavo Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Lurigancho, respectivamente; asimismo, se dispuso el funcionamiento del Octavo Juzgado de Paz Letrado del citado Distrito en la Avenida Gran Chimu numero mil ochocientos ­ Urbanizacion Zarate. Tercero.- Del Informe N° 50-2014-ADM-2014-CSJLE/ PJ, elaborado por el encargado del Area de Estadistica de esta Corte Superior de Justicia, se advierte una sobrecarga en los Juzgados de Paz Letrado de San MORDAZA de Lurigancho. Cuarto.- Con oficio N° 025-2014-SJL, los senores Magistrados del MORDAZA y MORDAZA Juzgados de Paz Letrado de San MORDAZA de Lurigancho, informan a esta Presidencia de la sobrecarga procesal que mantienen dichos Juzgados. Por las consideraciones expuestas, en uso de las facultades conferidas en los incisos tercero, MORDAZA y noveno del articulo noventa del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER la REDISTRIBUCION de los procesos en tramite que no se encuentren expeditos para sentenciar al treinta y uno de octubre del ano dos mil catorce, de la siguiente manera: Del Juzgado Remitente 1er. Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Lurigancho 2do. Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Lurigancho 3er. Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Lurigancho 4to. Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Lurigancho Al Juzgado receptor Cantidad

8vo. Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de 50 Expedientes Lurigancho 8vo. Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de 50 Expedientes Lurigancho 8vo. Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de 50 Expedientes Lurigancho 8vo. Juzgado de Paz 100 Letrado de San MORDAZA de Expedientes Lurigancho

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