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El Peruano Jueves 18 de diciembre de 2014 ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICATORIA DEL ARTÍCULO SÉPTIMO DE LA ORDENANZA Nº 407-2014-MDR Artículo Primero.- Modifíquese el Artículo Séptimo de los pagos fraccionados aprobado mediante Ordenanza Nº 407-2014-MDR y modifi catorias en los siguientes términos: “Artículo Séptimo.- (…) A su vez los contribuyentes que deseen acogerse a un pago de manera fraccionada, lo podrán hacer acogiéndose al incentivo tributario con solo el monto insoluto, siempre y cuando su deuda sea igual o mayor al 10% de una Unidad Impositiva Tributaria (s/. 380 UIT), dando como cuota inicial el 30% o más; y el saldo a fraccionar podrán ser en cuatro (4) cuotas mensuales las mismas que serán reajustadas con la Tasa de interés Moratorio TIM Interés moratorio establecido por la Superintendencia de Banca y Seguros. De no cumplirse con el pago de una cuota, se pierde los benefi cios del Convenio. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los once días del mes de diciembre del año dos mil catorce. ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ Alcalde 1178510-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Prorrogan plazo de vencimiento dispuesto en el Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 370-MDSMP que concede facilidades para la regularización de obligaciones sustanciales y/o formales DECRETO DE ALCALDÍA Nº 020-2014-MDSMP San Martín de Porres, 15 de diciembre del 2014. EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES VISTO: El Informe Nº 058-2014-GAT/MDSMP, de la Gerencia de Administración Tributaria, sobre prórroga de vigencia de ordenanza; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 370-MDSMP (29. OCTUBRE.2014), publicada en el diario ofi cial El Peruano con fecha 31.OCTUBRE.2014, se concede facilidades para la regularización de obligaciones sustanciales y/ o formales, siendo aplicable para aquellos deudores que tengan pendiente de pago sumas derivadas de obligaciones tributarias (tributos y multas) y obligaciones no tributarias (multas administrativas) de periodos anteriores al Ejercicio 2014, en la instancia de cobranza ordinaria, coactiva y/o judicial, a favor de los administrados del distrito de San Martín de Porres; Que, mediante Decretos de Alcaldía Nos. 018-2014- MDSMP (12.NOVIEMBRE.2014) y 019-2014-MDSMP (27.NOVIEMBRE.2014) se prorrogó la referida Ordenanza hasta el 01.DICIEMBRE.2014 y 16.DICIEMBRE.2014, respectivamente; Que, el Informe de Visto señala la necesidad de ampliar el plazo de vigencia de dicho benefi cio, dentro del marco de la política institucional de atender positivamente al entorno social y a favor de los vecinos del distrito, a fi n de que puedan cumplir con los pagos pendientes de las obligaciones tributarias y obligaciones no tributarias de periodos anteriores al Ejercicio 2014, así como por la proximidad del vencimiento y por motivos económicos que no les permite efectuar el pago de sus obligaciones tributarios y/o no tributarias antes del 16.DICIEMBRE.2014; Que, la Tercera Disposición Final de la Ordenanza 370-MDSMP faculta al señor alcalde dictar las medidas reglamentarias que sean necesarias para su mejor aplicación, así como para la prórroga de su vigencia; por lo que corresponde emitirse la respectiva disposición municipal, existiendo la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica (Informe Nº 1872-2014-GAJ/MDSMP); De conformidad con el artículo 20º, inciso 6); 39 y 42 de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, así como la Tercera Disposición Final de la Ordenanza Nº 370-MDSMP; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vencimiento dispuesto en el artículo Tercero de la Ordenanza Nº 370-MDSMP (29.OCTUBRE.2014) hasta el 30.DICIEMBRE.2014. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente decreto de alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas, así como a las Subgerencias respectivas, y su publicación a la Secretaría General. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 1178767-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Condecoran con la Medalla Vecinal y Medalla Cívica de la “Orden Santiago Apóstol” a vecinos del distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 122-2014-ACSS Santiago de Surco, 27 de noviembre del 2014 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 002-2014, de la Comisión Especial de la “Orden Santiago Apóstol” de la Municipalidad de Santiago de Surco; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 96-96-ACSS, del 11.07.1996, se crea la Condecoración “Orden Santiago Apóstol” de la Municipalidad de Santiago de Surco; Que, el Artículo 9º del Decreto de Alcaldía Nº 07- 2000-MSS publicado el 17.12.2000 - Texto Único del Reglamento de la Condecoración “Orden Santiago Apóstol”, modifi cado por los Decretos de Alcaldía Nros. 07-2004 y 17-2007-MSS, crea la Comisión Especial de la Orden Santiago Apóstol; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 009-2014- ACSS del 07.01.2014, se designó a los miembros de la Comisión Especial de la “Orden Santiago Apóstol” para el Año 2014; Que, mediante Carta Nº 4467-2014-SG-MSS del17.11.2014, la Secretaría General adjunta el Informe Nº 72-2012-GPV-MSS de fecha 14.11.2014 de la Gerencia de Participación Vecinal, el cual propone como candidato, para la Condecoración de Medalla Vecinal, al señor Santos Froilán Guzmán Zamudio; 540139