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El Peruano Viernes 19 de diciembre de 2014 540383 Artículo 5°.- Precisar que los proyectos de inversión pública que tengan observaciones del Ministerio de Economía y Finanzas o de la Ofi cina de Programación de Inversiones del Sector Universidades (OPI-UNIVERSIDADES), que estén pendientes de resolver, continuarán siendo evaluados por la Ofi cina de Programación de Inversiones del Sector Universidades (OPI-UNIVERSIDADES); Artículo 6°.- Transcribir la presente resolución a la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas y al Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Juliaca; Artículo 7º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la institución. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 1179328-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan emisión de duplicados de diplomas expedidos por la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCION Nº CU-315-2014-UNSAAC Cusco, 25 de noviembre de 2014 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO VISTO, el expediente signado con Nº 441522, presentado por el señor Roque Espinoza Félix, solicitando Duplicado de Diploma que le confi rió el Grado Académico de Bachiller en Derecho de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas por motivo de pérdida; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28626, faculta a las Universidades Públicas y Privadas del País, expedir duplicado de diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, por motivo de pérdida, deterioro y mutilación; Que, en este sentido la Institución regula el otorgamiento de duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales mediante Directiva, aprobada por Resolución Nº CU-224-2006-UNSAAC de 09 de noviembre de 2006; Que, mediante el expediente del Visto, el administrado solicita la emisión de duplicado de Diploma que le confi rió el Grado Académico de Bachiller en Derecho, por motivo de pérdida, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición los requisitos establecidos en el Art. 4º de la Directiva para el otorgamiento de Duplicado de Diplomas de Grados y Títulos emitido por la UNSAAC, esto es: 1) Recibos de Caja por Derechos de Duplicados de Diplomas; 2) Constancia de denuncia policial; 3) Constancia expedida por el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores; 4) Copia Certifi cada por el Secretario General de la UNSAAC de la Resolución de Consejo Universitario que confi ere el Grado Académico de Bachiller en Derecho; 5) Publicación en el Diario de mayor circulación de la ciudad del aviso de la pérdida del Diploma; 6) Dos Fotografías tamaño pasaporte; 7) Recibo de Caja por Derechos de Rotulado de Diploma y; 8) Fotocopia autenticada de su Documento Nacional de Identidad; Que, conforme a dicha petición, a través del Informe Nº 031-2014-GT la responsable de Rotulado de Diplomas de Grados y Títulos de la Ofi cina de Secretaria General de la UNSAAC, informa que habiendo revisado la Base de Datos, se encuentra que don: Roque Espinoza Félix, ha optado el Grado Académico de Bachiller en Derecho, conforme obra en el Libro de Grados y Títulos Nº 5, inscrito en el folio Nº 126, con Resolución Nº R-1177-87, de fecha 24 de noviembre de 1987; Que, asimismo obra en el expediente la conformidad otorgada por la Comisión de Grados y Títulos del Consejo Universitario, de fecha 21 de octubre de 2014; Que, en Sesión Ordinaria del Consejo Universitario llevada a efecto el día 18 de noviembre de 2014, se puso a consideración del pleno la petición presentada por don: Roque Espinoza Félix, solicitando duplicado de Diploma que le confirió el Grado Académico de Bachiller en Derecho, siendo aprobado por votación unánime; Estando a lo solicitado, Ley 30114 y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley; RESUELVE: Primero.- DECLARAR PROCEDENTE la petición presentada por el señor ROQUE ESPINOZA FÉLIX, sobre otorgamiento de duplicado de Diploma que le confi rió el Grado Académico de Bachiller en Derecho, de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Institución. Segundo.- AUTORIZAR a la Ofi cina de Secretaría General de la Institución, proceda a la emisión del DUPLICADO DE DIPLOMA, POR MOTIVO DE PÉRDIDA a favor de Don: ROQUE ESPINOZA FÉLIX, confi riéndole el Grado Académico de Bachiller en Derecho de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la UNSAAC, en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Tercero.- DEJAR ESTABLECIDO que en los Diplomas a que se refi ere el numeral tercero y cuarto de la presente resolución, se consignara en el margen izquierdo el sello de DUPLICADO. Cuarto.- DISPONER que la Ofi cina de Secretaría General a través del Equipo de Grados y Títulos, remita a la Asamblea Nacional de Rectores el ejemplar de la resolución para el registro respectivo. Quinto.- DISPONER que el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, proceda con la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, bajo responsabilidad. La Ofi cina de Secretaría General y el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, deberán adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. GERMÁN ZECENARRO MADUEÑO Rector 1178771-1 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCION Nº CU-316-2014-UNSAAC Cusco, 25 de noviembre de 2014 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO: VISTO, los Expedientes signados con Nºs. 434297, 434298 y 434296, presentado por el señor Florentino Lázaro Mendoza Marín, solicitando Duplicados de Diplomas que le confi rió el Grado Académico de Bachiller en Ingenieria Química y Titulo Profesional de Ingeniero Químico, de la Facultad de Ingenieria Química e Ingenieria Metalúrgica y Grado Académico de Bachiller en Derecho y Ciencias Políticas de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas por motivo de pérdida; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28626, faculta a las Universidades Públicas y Privadas del País, expedir duplicado de diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, por motivo de pérdida, deterioro y mutilación; Que, en este sentido la Institución regula el otorgamiento de duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales mediante Directiva,