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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (19/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 38

El Peruano Viernes 19 de diciembre de 2014 540376 INSTITUTO DE GESTION DE SERVICIOS DE SALUD Designan Director General de la Dirección de Servicios de Atención Móvil de Urgencias y Emergencias del Instituto de Gestión de Servicios de Salud RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 218-2014/IGSS Lima, 16 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1167 se creó el Instituto de Gestión de Servicios de Salud como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, que constituye un pliego presupuestal y tiene como competencias entre otras, la gestión, operación y articulación de las prestaciones de servicios de salud de los Institutos Especializados, Hospitales Nacionales y demás establecimientos de Lima Metropolitana; Que, el artículo 6º del citado Decreto Legislativo, establece que el Jefe Institucional del Instituto de Gestión de Servicios de Salud es la más alta autoridad de la entidad, Titular del Pliego y ejerce las funciones ejecutivas de dirección y de representación legal del citado Instituto; Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2014-SA, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, que contiene su estructura orgánica y las funciones de los órganos que lo integran; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 681-2014- MINSA, se aprobó el Cuadro de Asignación de Personal Provisional del Instituto de Gestión de Servicios de Salud; Que, de acuerdo con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de remuneraciones del Sector Público y en su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo 005- 90-PCM; Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 3º de la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, la designación de cargos de confi anza se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, en mérito a las consideraciones precedentes, resulta necesario emitir el acto resolutivo de designación, en el cargo de confi anza de Director General de la Dirección de Servicios de Atención Móvil de Urgencias y Emergencias del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, considerando que ocupará una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal; Con los visados del Secretario General y los Directores Generales de las Ofi cinas de Asesoría Jurídica y de Recursos Humanos del Instituto de Gestión de Servicios de Salud; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 016-2014- SA, Resolución Ministerial Nº 681-2014-MINSA y los literales f) y h) del artículo 11º del Decreto Legislativo Nº 1167. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al Médico Cirujano Luis Melchor Loro Chero, en el cargo de Director General de la Dirección de Servicios de Atención Móvil de Urgencias y Emergencias, Nivel F-5, del Instituto de Gestión de Servicios de Salud. Artículo 2º.- Disponer que la presente Resolución se notifi que al interesado y se publique en el Diario Ofi cial El Peruano y el portal institucional: www.igss.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAÚL UGARTE UBILLUZ Jefe Institucional Instituto de Gestión de Servicios de Salud 1179434-1 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban transferencia total para las unidades ejecutoras, correspondiente al mes de diciembre de 2014 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 265-2014/SIS Lima, 17 de diciembre de 2014 VISTOS: El Informe N° 034-2014-SIS-GNF-PCT con Proveído Nº 369-2014-SIS-GNF, emitidos por la Gerencia de Negocios y Financiamiento sobre la programación de las transferencias a las unidades ejecutoras por los servicios que brindaron los establecimientos de salud a los asegurados del Seguro Integral de Salud, el Memorando 582-2014-SIS/OGPPDO, que contiene la Certifi cación de Crédito Presupuestario N° 1545, ambos emitidos por la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, el Informe N° 061-2014-SIS/ OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece los principios así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refi ere el artículo 11 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política del Perú; Que, en los numerales 12.1 y 12.2 del artículo 12 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se dispone la autorización de las transferencias fi nancieras durante el Año Fiscal 2014, entre entidades del Gobierno Nacional, entre las que está considerada el Seguro Integral de Salud, aprobándose por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, establece que la transferencia de fondos o pagos que efectúe el Seguro Integral de Salud requiere la suscripción obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duración de hasta tres (3) años renovables, de igual modo, dispone que en los convenios que se suscriba con las instituciones prestadoras de servicios de salud públicas podrá establecerse diferentes modalidades o mecanismos de pago; Que, mediante Resolución Ministerial N° 991-2012/ MINSA, se aprueban los Parámetros de Negociación que serán tomados en cuenta para la celebración de los convenios entre el Seguro Integral de Salud, en su calidad de IAFAS y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) públicas; Que, mediante Resolución Jefatural N° 148-2012/ SIS, se aprueba la Guía Técnica N° 001-2012-SIS/ GNF, “Guía Técnica para el Pago por Preliquidación”, que tiene como objetivo establecer y uniformizar los criterios técnicos que orientan la metodología del pago por preliquidación, así como la determinación del valor de producción mensual base que sirve para determinar el monto de la transferencia de recursos para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud brindadas a los asegurados al SIS; Que, mediante Resolución Jefatural N° 149-2012/ SIS, se aprueba la Guía Técnica N° 002-2012-SIS/GNF, “Guía Técnica para el Cálculo del Cápita”, que tiene como objetivo establecer y uniformizar los criterios técnicos que orientan la metodología de cálculo del cápita para el financiamiento de las prestaciones de salud del primer nivel de atención brindadas a los beneficiarios del SIS; Que mediante Informe N° 034-2014-SIS-GNF-PCT con Proveído N° 369-2014-SIS-GNF, emitidos por la