Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2014 (19/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano Viernes 19 de diciembre de 2014 Nº APELLIDOS y NOMBRES FCA/ESCUELA ADMITIDO A LA:

540387
Ingenieria Universidad Nacional de Forestal y Medio Colombia (Sede Medellin) Ambiente - FCA. A g r o i n d u s t r i a s Universidad de Sao MORDAZA -FCA. (Sede Pirassununga) Universidad de Sao MORDAZA Derecho - FDCP. (Sede Ribeirao Preto) Universidad de Sao MORDAZA Derecho - FDCP. (Sede Ribeirao Preto)

5 MORDAZA VINCES, MORDAZA MORDAZA

Articulo 2º.- COMUNICAR la presente Resolucion a la Oficina General de Cooperacion Tecnica, a fin de que proceda a la realizacion de las acciones que corresponden, para efectos de la materializacion de lo aqui dispuesto. Dada en Tumbes, a los once dias de diciembre de dos mil catorce. Registrase y comunicase. MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la UNT 1178917-2

6 MORDAZA MORDAZA, Pool Jhonathan 7 MORDAZA MORDAZA, Yudith MORDAZA 8 MORDAZA GIRON, MORDAZA Leonid

Articulo 2º.- COMUNICAR la presente Resolucion a la Oficina General de Cooperacion Tecnica, a fin de que proceda a la realizacion de las acciones que corresponden, para efectos de la materializacion de lo aqui dispuesto. Dada en Tumbes, a los veintisiete dias de noviembre de dos mil catorce. Registrase y comunicase. MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la UNT 1178917-1 UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUMBES RESOLUCION Nº 1492-2014/UNT-R. Tumbes, 11 de diciembre de 2014 VISTO: El expediente Nº 15278, del 04 de diciembre de 2014, correspondiente al oficio Nº 192-2014/UNT-OGCT, elevado por la jefa de la Oficina General de Cooperacion Tecnica, sobre la aceptacion comunicada para que dos estudiantes de esta Universidad, que seguidamente se nominan, sigan estudios temporales, en universidades del exterior, en el 2015; y, CONSIDERANDO: Que la Universidad Nacional de Tumbes ha suscrito sendos Convenios con la Universidad de Sao MORDAZA (Brasil) y la Universidad Nacional de Colombia, para el intercambio de estudiantes, en los terminos establecidos en dichos Convenios, entre otras acciones de especial interes academico para las partes; Que de lo consignado en el documento senalado en la referencia, se infiere que al MORDAZA de lo estipulado en los indicados Convenios, los estudiantes de esta Universidad, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA han sido admitidos para seguir estudios temporales en la Universidad de Sao MORDAZA ­ Brasil y en la Universidad Nacional de Colombia, respectivamente, en el Semestre Academico 2015 - I; Que en razon de lo anterior y estando a lo comunicado por la jefa de la Oficina General de Cooperacion Tecnica, es conveniente disponer lo pertinente, en la forma que se consigna en la parte resolutiva, para que los mencionados estudiantes, sigan estudios temporales en las indicadas Universidades; En uso de las atribuciones que son inherentes al senor Rector; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a los estudiantes que a continuacion se nominan, para que en la condicion de estudiantes visitantes, sigan estudios, en el Semestre Academico 2015 ­ I, en las Universidades que para el caso de cada quien seguidamente se indican:
Nº 1 APELLIDOS y NOMBRES ESCUELA/FCA. ADMITIDO A LA: Universidad Nacional de Colombia (Sede Bogota)

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Aprueban el Reglamento de Cesion de Cartera de Polizas de Seguros
RESOLUCION SBS N° 8420-2014 MORDAZA, 18 de diciembre de 2014 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, establece en el numeral 1 del articulo 321° que las empresas de seguros pueden ceder uno o mas MORDAZA de su cartera de seguros vigentes a otras empresas de igual naturaleza autorizadas para emitir polizas en los mismos MORDAZA, debiendo contar con el consentimiento del asegurado, previa autorizacion de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, en adelante Superintendencia, y con las formalidades que MORDAZA senale; Que, en atencion a lo expuesto, resulta conveniente establecer el MORDAZA normativo para la cesion de cartera de polizas de seguros, entre ellos los aspectos referidos a la autorizacion previa para el caso de adquisiciones de cartera de polizas de seguros por empresas de seguros cesionarias; Que, a efectos de recoger las opiniones del publico en general respecto a la propuesta normativa, se dispuso la prepublicacion de la presente resolucion, al MORDAZA de lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; Contando con el visto MORDAZA de las Superintendencias Adjuntas de Seguros, de Conducta de MORDAZA e Inclusion Financiera y de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por los numerales 7 y 9 del articulo 349º de la Ley General; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento de Cesion de Cartera de Polizas de Seguros, segun se indica a continuacion. "REGLAMENTO DE CESION DE CARTERA DE POLIZAS DE SEGUROS Articulo 1°.- Alcance Las disposiciones del presente Reglamento son aplicables a las empresas de seguros senaladas en el literal D del articulo 16° de la Ley General, en adelante empresas, asi como a los corredores de seguros, en lo que corresponda.

MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Derecho ­ FDCP. MORDAZA MORDAZA

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MORDAZA MORDAZA, Medicina Veterinaria Universidad de Sao MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Zootecnia ­ FCA. MORDAZA MORDAZA

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