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El Peruano Domingo 21 de diciembre de 2014 540738 CAPÍTULO V DE LA SUPERVISIÓN Y CONTROL DE LAS ENTIDADES ESTRUCTURADORAS Artículo 13°.- Supervisión y control La Intendencia General de Supervisión de Conductas es el órgano encargado de efectuar la supervisión y el control del cumplimiento de las disposiciones establecidas en el presente Reglamento. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Las entidades que a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución tengan autorización de la SMV para actuar como entidades estructuradoras bajo el marco normativo de la Resolución CONASEV N° 027-2007-EF/94.10, serán inscritas automáticamente en la sección correspondiente del RPMV. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA Única.- Modifi cación del artículo 2° Reglamento de Registro Público del Mercado de Valores Modifíquese el artículo 2° del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores, aprobado mediante Resolución CONASEV N° 079-97-EF/94.10 y sus modifi catorias, por el texto siguiente: “Artículo 2°.- Secciones del Registro El Registro Público del Mercado de Valores consta de las siguientes secciones: Sección N° 01: De valores mobiliarios y programas de emisión; Sección N° 02: De agentes de intermediación en el mercado de valores; Sección N° 03: De fondos mutuos de inversión en valores; Sección N° 04: De fondos de inversión; Sección N° 05: De sociedades de propósito especial; Sección N° 06: De sociedades administradoras de fondos de inversión; Sección N° 07: De sociedades administradoras de fondos mutuos de inversión en valores; Sección N° 08: De sociedades titulizadoras y otras facultadas para actuar como sociedades fi duciarias en procesos de titulización; Sección N° 09: De empresas clasifi cadoras de riesgo; Sección N° 10: De sociedades anónimas abiertas; Sección N° 11: De instituciones de compensación y liquidación de valores; Sección N° 12: De bolsas y otras entidades responsables de la conducción de mecanismos centralizados de negociación de valores; Sección N° 13: De árbitros; Sección N° 14: De bolsas de productos; Sección N° 15: De productos; Sección N° 16: De sociedades corredoras de productos; Sección N° 17: De operadores especiales; Sección N° 18: De cámaras de compensación. Sección N° 19: De custodios; Sección N° 20: De entidades valorizadoras comprendidas en la Ley Nº 28739; Sección N° 21: De patrimonios fi deicometidos de procesos de titulización de activos; Sección N° 22: De empresas proveedoras de precios; Sección N° 23: De valores mobiliarios inscritos en bolsas de valores extranjeras que participan en el Mercado Integrado Latinoamericano (MILA); Sección N° 24: De valores mobiliarios y/o programas de emisión inscritos en el Mercado Alternativo de Valores; Sección N° 25: Del mercado de inversionistas institucionales; Sección N° 26: De empresas administradoras de los mecanismos centralizados de negociación para valores de deuda pública e instrumentos derivados de éstos; Sección N° 27: De entidades estructuradoras” Anexo Formato de Solicitud de Inscripción para actuar como Entidad Estructuradora “Señor: Intendente General de Supervisión de Conductas Superintendencia del Mercado de Valores Presente.- Mediante la presente solicitud yo, [NOMBRES Y APELLIDOS COMPLETOS DE LA PERSONA O PERSONAS QUE TRAMITAN LA INSCRIPCIÓN], identifi cado con [DOCUMENTO DE IDENTIDAD Y NÚMERO], domiciliado en [INDICAR PAÍS Y DIRECCIÓN], con cargo de [INDICAR CARGO] en representación de [NOMBRE PERSONA JURÍDICA] solicito, de acuerdo con las disposiciones contenidas en el Reglamento de Entidades Estructuradoras del Mercado de Valores, la inscripción en la sección N° 27: De entidades estructuradoras del Registro Público del Mercado de Valores”: Para tal efecto cumplimos con informar lo siguiente: 1. Accionistas: Nombres Apellidos Documento de Identifi cación Cargo 2. Directores: Nombres Apellidos Documento de Identifi cación Cargo 3. Plana gerencial1 Nombres Apellidos Documento de Identifi cación Cargo 4. Plana profesional Nombres Apellidos Documento de Identifi cación Cargo 5. Representante Legal: Nombres Apellidos Documento de Identifi cación Atentamente, _______________________________ Representante Legal del Solicitante ________________________________ Representante que tramita la inscripción” Artículo 2º.- Derogar la Resolución CONASEV N° 027-2007-EF/94.10 y sus modifi catorias, así como la Resolución CONASEV N° 105-99-EF/94.10. Artículo 3°.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Artículo 4°.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIAN ROCCA CARBAJAL Superintendente del Mercado de Valores 1 Solo los que tienen relación con la actividad de estructuración. 1180006-1