Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2014 (14/01/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 44

514270
por MORDAZA MORDAZA Lunarejo Temple (candidato al cargo de alcalde), Soraida MORDAZA MORDAZA Lunarejo, MORDAZA MORDAZA Lunarejo MORDAZA, MORDAZA Rosxana MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (candidatos a los cargos de regidores). En dicha acta no se consigno la modalidad de eleccion de dichos candidatos, ni el nombre completo de los miembros del comite electoral, conforme a lo establecido en el articulo 8 del Reglamento, senalandose tan solo el numero del DNI de cada uno y sus cargos. En merito de tales omisiones, el JEE de MORDAZA emitio la Resolucion Nº 0012013-JEE-HUARAZ/JNE, del 17 de diciembre de 2013, declarando inadmisible la solicitud de inscripcion de lista de candidatos, ordenando que se cumpliera con subsanar las observaciones advertidas en un plazo de dos dias naturales bajo apercibimiento de declarar improcedente la solicitud MORDAZA mencionada. Con fecha 21 de diciembre de 2013, la personero legal presento acta de resultados de elecciones internas del Partido Popular MORDAZA para elegir al candidato a la alcaldia y regidores de la Municipalidad Distrital de Huata, provincia de Huaylas, departamento de MORDAZA, para completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014. Sin embargo, se advierte que esta MORDAZA acta fue emitida en el distrito de Huata, con fecha 21 de noviembre de 2013, y el numero de DNI del presidente del comite electoral difiere del consignado en la primera acta presentada con la solicitud de inscripcion de lista de candidatos. 5. Al respecto, este Supremo Tribunal Electoral considera que al analizar de manera integral los medios probatorios adjuntados, no se acredita de manera fehaciente el cumplimiento del ejercicio de democracia interna por parte del Partido Popular MORDAZA, toda vez que no existe certeza del distrito electoral al que postula la lista unica elegida en las elecciones internas, pues en la primera acta se consigno que se habia emitido en la provincia de Caraz, y en la MORDAZA acta se indica que se hizo en el distrito de Huata. A la vez, se aprecia que la primera acta fue emitida con fecha 20 de noviembre de 2013, mientras que la MORDAZA acta tiene fecha de emision el 21 de noviembre de 2013. Y si bien es MORDAZA, se ha adjuntado al recurso de apelacion interpuesto por la personera legal del Partido Popular MORDAZA una adenda al acta de elecciones internas llevadas a cabo el 21 de noviembre de 2013, esta ha sido presentada fuera del plazo concedido por el JEE mediante Resolucion Nº 00012013-JEE-HUARAZ/JNE, del 17 de diciembre de 2013, es decir, de manera extemporanea, lo que evidencia una falta de diligencia atribuible solo a los representantes del Partido Popular MORDAZA, tal y como la personera legal admite en el recurso MORDAZA referido al senalar que las observaciones advertidas fueron subsanadas en parte. 6. Por otro lado, no se ha cumplido dentro del plazo concedido en la resolucion MORDAZA mencionada, con establecer de manera MORDAZA la identidad del presidente del comite electoral, pues mientras en la primera acta se le identifica solo con el numero de DNI Nº 70341967, en la MORDAZA acta se indica como presidente de dicho comite a Jhonatan Deyvi MORDAZA MORDAZA con DNI Nº 08691241. Asi, no existe certeza de que la realizacion de elecciones internas para la designacion de una lista unica de candidatos en el Partido Popular MORDAZA se hayan llevado en un procedimiento democratico que garantice el cumplimiento del debido procedimiento. 7. En consecuencia, al verificarse que la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos, presentada por la personero legal titular del Partido Popular MORDAZA, no cumple con el requisito que MORDAZA el ejercicio de democracia interna, debe entonces declararse improcedente. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por Kathy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular del Partido Popular MORDAZA, acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, y CONFIRMAR la Resolucion Nº 003-2013JEE-HUARAZ/JNE, del 22 de diciembre de 2013, que declaro improcedente la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos para el distrito de Huata, provincia de Huaylas, departamento de MORDAZA, presentada por la citada organizacion politica, con el objeto de participar en

El Peruano Martes 14 de enero de 2014

las Nuevas Elecciones Municipales a realizarse el 16 de marzo de 2014. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General

1037320-3

Confirman resolucion en el extremo referido a la exclusion de candidato a MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Huata, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 0028-2014-JNE
Expediente Nº J-2014-00004 HUATA - HUAYLAS - MORDAZA JEE MORDAZA (Expediente Nº 0009-2013-006) NUEVAS ELECCIONES MUNICIPALES 2014 MORDAZA, ocho de enero de dos mil catorce. VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA Jali MORDAZA MORDAZA, candidato al cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Huata, provincia de Huaylas, departamento de MORDAZA, por la organizacion politica de alcance nacional Alianza para el Progreso, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular inscrito en el Registro de Organizaciones Politicas del citado partido politico, en contra de la Resolucion Nº 003-2013-JEE-HUARAZ/JNE, del 22 de diciembre de 2013, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, en el extremo referido a la exclusion del referido candidato, en el MORDAZA del MORDAZA de Nuevas Elecciones Municipales 2014, y oido el informe oral. ANTECEDENTES El procedimiento de inscripcion de la lista de candidatos Con fecha 16 de diciembre de 2013, Fredy Russmelt MORDAZA MORDAZA, personero legal titular, acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, de la organizacion politica de alcance nacional Alianza para el Progreso, solicita la inscripcion de su lista de candidatos para el Concejo Distrital de Huata, provincia de Huaylas, departamento de MORDAZA, en el MORDAZA de Nuevas Elecciones Municipales 2014 (fojas 092). Mediante la Resolucion Nº 0001-2013-JEE-HUARAZ/ JNE, del 17 de diciembre de 2013, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA declaro inadmisible la solicitud de inscripcion de lista de candidatos presentada por Alianza para el Progreso (fojas 078 al 079), otorgandole un plazo de dos dias naturales para subsanar las siguientes observaciones: 1. El acta de elecciones internas presentada con la solicitud de inscripcion, no se encontraba certificada por notario. 2. No se adjunto el formato resumen del plan de gobierno. 3. No se encontraba acreditado el periodo de dos anos de residencia (sic) en el distrito de Huata, del candidato a MORDAZA MORDAZA Jali MORDAZA MORDAZA, ni de los candidatos a regidores MORDAZA MORDAZA Vilcarino MORDAZA y MORDAZA Luz MORDAZA Coraje. A traves de la Carta Nº 006-2013/APP/ATFR, recibida el 18 de diciembre de 2013 (fojas 074), Fredy Russmelt

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.