Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2014 (29/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

515502

El Peruano Miercoles 29 de enero de 2014

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional MORDAZA
RESOLUCION DE INTENDENCIA INTENDENCIA REGIONAL MORDAZA N° 050-024-0000585 MORDAZA, 21 de enero del 2014 CONSIDERANDO: Que, el articulo 4° de la Resolucion de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana Maritima del Callao, Intendente de Aduana Aerea del Callao, Intendente de Fiscalizacion y Gestion de Recaudacion Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempenaran como Auxiliares Coactivos dentro del ambito de competencia de cada una de esas Intendencias; Que, el trabajador Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA SUCLLA, se encuentra desempenando funciones distintas a las que le corresponden como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional MORDAZA, por lo que es necesario dejar sin efecto su designacion como tal. Que, a fin de garantizar el normal funcionamiento de la Seccion Cobranza de la Division de Control de la Deuda y Cobranza de la Intendencia Regional MORDAZA resulta necesario designar MORDAZA personal en calidad de Auxiliar Coactivo; Que, el articulo 114° del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF y normas modificatorias, establece los requisitos que deberan reunir los trabajadores de la Administracion Tributaria para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, la Division de Informacion de Personal de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos ha confirmado el cumplimiento de los mencionados requisitos, por parte de los trabajadores que se detallan a continuacion: · MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA · SILDA MORDAZA MORDAZA · MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Que, la Decimo Cuarta Disposicion Final del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del articulo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicacion a los organos de la Administracion Tributaria cuyo personal ingreso mediante Concurso Publico; En uso de las facultades conferidas en los Articulos 50° y 51° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto la designacion como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional MORDAZA, del trabajador que se indica a continuacion: · MORDAZA MORDAZA MORDAZA SUCLLA Articulo Segundo.- Designar como Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional MORDAZA a los trabajadores que se detallan a continuacion: · MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA · SILDA MORDAZA MORDAZA

· MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Regional 1042884-1

Modifican Procedimiento Especifico "Inspeccion No Intrusiva, Inspeccion Fisica y Reconocimiento Fisico de Mercancias en el Complejo Aduanero de la Intendencia de Aduana Maritima del Callao" INTA-PE.00.13 (version 1)
RESOLUCION DE INTENDENCIA NACIONAL Nº 01-2014/SUNAT/3A0000 Callao, 28 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 082-2011-SUNAT/A se aprobo el Procedimiento Especifico "Inspeccion No Intrusiva, Inspeccion Fisica y Reconocimiento Fisico de Mercancias en el Complejo Aduanero de la Intendencia de Aduana Maritima del Callao", INTA-PE.00.13 (version 1); Que a fin de optimizar el MORDAZA de inspeccion no intrusiva y adecuarlo al articulo 166° de la Ley General de Aduanas, modificado por el Decreto Legislativo N° 1122, resulta necesario modificar el citado Procedimiento; Que conforme al articulo 14º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y Difusion de Normas Legales de Caracter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, el 6.5.2013 se publico en el MORDAZA web de la SUNAT, el proyecto de la presente norma; En merito a lo dispuesto en el inciso b) del articulo 139° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 1152002-PCM, y estando a lo previsto por la Resolucion de Superintendencia N° 010-2012/SUNAT. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modifiquese los numerales 2, 3, 5 y 6 de la Seccion VI del Procedimiento Especifico "Inspeccion No Intrusiva, Inspeccion Fisica y Reconocimiento Fisico de Mercancias en el Complejo Aduanero de la Intendencia de la Aduana Maritima del Callao", INTA-PE.00.13 (version 1), aprobado por Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 082-2011/SUNAT/A, en los siguientes terminos: "2. Pueden ser seleccionadas a inspeccion no intrusiva las mercancias acondicionadas en contenedores tengan o no destinacion aduanera. La autoridad aduanera puede establecer el numero de contenedores que van a ser sometidos a la inspeccion no intrusiva, por cada declaracion o manifiesto de carga." "3. La inspeccion no intrusiva de las mercancias ubicadas en los depositos temporales intraportuarios se realiza cuando hayan sido destinadas aduaneramente. No se realizara la inspeccion no intrusiva de las mercancias que hayan sido reconocidas fisicamente en el deposito temporal intraportuario o en el terminal portuario. En estos casos, la IAMC comunica a la INPCFA para que cancele la seleccion de la inspeccion no intrusiva." El reconocimiento fisico de las mercancias destinadas a despacho anticipado que van a ser trasladadas a un deposito extraportuario o a una MORDAZA primaria con autorizacion especial se realiza en el Complejo. "5. La inspeccion no intrusiva constituye el examen fisico cuando se trate de: a) Mercancias homogeneas,

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