Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (05/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 32

El Peruano Miércoles 5 de febrero de 2014 516170 Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 0083906: Conducción y Asesoramiento de Líneas de Política Exterior e Institucional, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Nº de días Total Viáticos US$ Claudio Julio De la Puente Ribeyro 1,795.00 370.00 2+1 1,110.00 Juan José Ruda Santolaria 1,795.00 370.00 2+1 1,110.00 Guido Octavio Toro Cornejo 1,795.00 370.00 2+1 1,110.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos deberán presentar a la Ministra de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDA RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1046533-1 Designan Director Ejecutivo del Centro Cultural Inca Garcilaso, de la Dirección General para Asuntos Culturales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 077/RE Lima, 3 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 068-2005-RE, se creó el Centro Cultural Inca Garcilaso como Unidad Orgánica dependiente de la entonces Subsecretaría de Política Cultural Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, el artículo 127 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-2010-RE establece que el Centro Cultural Inca Garcilaso es una Unidad Orgánica dependiente de la Dirección General para Asuntos Culturales; Que, el artículo tercero del Decreto Supremo Nº 068-2005-RE dispone que el referido Centro Cultural estará a cargo de un Director Ejecutivo, quien será una personalidad de reconocida trayectoria en el campo de la cultura y de su promoción, designado por el Ministerio de Relaciones Exteriores a través de una Resolución Ministerial; Que, el cargo de Director Ejecutivo del Centro Cultural Inca Garcilaso, se encuentra actualmente vacante, por lo que se requiere designar al Director Ejecutivo del citado centro para asegurar la continuidad y marcha de los asuntos propios del cargo; REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN