Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2014 (04/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano Viernes 4 de MORDAZA de 2014

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jurisdiccion con excepcion de los terrenos de propiedad municipal conforme lo establece el Inc. j) del Art. 35º de la Ley 27783 Ley de Bases de Descentralizacion y el Art. 62º de la Ley Nº27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales y Art. 18º del Reglamento de la Ley Nº29151 aprobado por D.S Nº007-2008-VIVIENDA; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº429-2006EF/10 publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 26 de MORDAZA de 2006, se comunico que el 06 de marzo de 2006 el Ministerio de Economia y Finanzas y el Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA suscribieron el Acta de Entrega y Recepcion mediante el cual se formalizo la transferencia de competencias para administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado, ubicados en la jurisdiccion de este Gobierno Regional, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal, en cumplimiento al Inc. j) del Art.35ºde la Ley 27783-Ley de Bases de Descentralizacion, asi como los Arts. 10º y 62º de la Ley Nº27867-Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, el MORDAZA parrafo del Art. 9º de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales-Ley Nº29151 establece que los Gobiernos Regionales, respecto a los bienes de propiedad del Estado bajo su administracion en cumplimiento de la transferencia de competencias, ejecutaran los actos previstos en el Art. 35º Inc. j) de la Ley Nº27783-Ley de Bases de Descentralizacion y Art. 18 del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por D.S Nº 007-2008VIVIENDA, que regula la competencia exclusiva de los Gobiernos Regionales, para administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado dentro de su jurisdiccion, incluyendo aquellos que cuenten con edificaciones; Que, segun los documentos del visto, el administrado solicita la venta directa del predio denominado "Santo Tomas-El Cerrillo", ubicado en el Sector el Cerrillo del Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de MORDAZA con un area de 0,8449 has por hallarse en posesion del predio en forma pacifica, publica y continua; asi como que el predio, no se halla inscrito en el Registro de Propiedad Inmueble de los Registros Publicos de Chiclayo, siendo necesario iniciar el procedimiento de inscripcion de primera de dominio a nombre del Estado peruano, representado por el Gobierno Regional Lambayeque. Que, estando al considerando precedente, se efectuo la inspeccion ocular del predio MORDAZA citado, constatandose las coordenadas o vertices del predio las cuales arrojan una pequena diferencia con la informacion tecnica proporcionada, estableciendose una area de 0,8488 has., disponiendose la elaboracion de la memoria descriptiva y plano de ubicacion-perimetrico en coordenadas UTM PSAD56 por parte de la Division de Administracion de Terrenos y Patrimonio Fiscal, teniendo como referencia el Certificado de Busqueda Catastral Nº2013-135409 de fecha 12 de setiembre de 2013 que acreditan que este terreno no se encuentra inscrito por no contar con antecedentes e inscripcion registral, otorgado por la Oficina Registral de Chiclayo, concluyendo que el mencionado terreno no esta inscrito en el Registros de predios y no constituye propiedad privada, ni de las Comunidades Campesinas, por lo que es de dominio del Estado, conforme lo establece el Art. 23 de la Ley Nº29151, al senalar textualmente "que los predios que no se encuentran inscritos en el Registro de Predios y que no son de propiedad privada, ni de las Comunidades Campesinas son de dominio del Estado", cuya inmatriculacion compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales y en esta jurisdiccion regional, al Gobierno Regional MORDAZA, correspondiendo en consecuencia tramitar la primera inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 38º y siguientes del Reglamento de la Ley Nº29151 aprobado mediante Decreto Supremo Nº007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº001-2002-SBN, aprobada por Resolucion Nº011-2002SBN, modificada por la Directiva Nº003-2004-SBN que regula el tramite de inscripcion de dominio de predios a favor del Estado. Que, con el visado correspondiente y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 35º Inc. j) de la Ley Nº 27783-Ley de Bases de Descentralizacion, el Art. 62º de la Ley Nº27867-Ley Organica de Gobiernos Regionales; Resolucion Ministerial Nº429-2006-EF/10 publicada en el

Articulo Segundo.- PROMOVER Y DIFUNDIR las celebraciones de la Feria Regional de la MORDAZA que se realizan en el distrito de Poroto, Region La Libertad. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Agricultura y a la Gerencia Regional de Comercio Exterior y Turismo del Gobierno Regional de La MORDAZA, las acciones inherentes a la promocion y desarrollo sostenible a la Feria Regional de la MORDAZA, que se realiza en el distrito de Poroto, provincia de MORDAZA, Region La MORDAZA, asi como apoyar y fortalecer la sostenibilidad y competitividad productiva de la cadena de valor en el cultivo de la MORDAZA y la elaboracion de productos derivados, asi como la debida implementacion y cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y sera difundida a traves del MORDAZA electronico del Gobierno Regional de La Libertad. Comuniquese al senor Presidente Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, al primer dia del mes de MORDAZA del ano dos mil catorce. HEBERT MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Regional La MORDAZA AL SENOR PRESIDENTE REGIONAL DE LA MORDAZA POR TANTO: Mando se registre y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional La MORDAZA a dieciseis de MORDAZA de 2014. MORDAZA H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 1105231-1 DEL GOBIERNO

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terreno eriazo, ubicado en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL REGIONAL Nº 329-2014-GR.LAMB/ORAD Chiclayo, 24 de junio de 2014 VISTO: La solicitud de venta directa de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA de fecha 06 de Agosto de 2013 (Registro Doc. Nº984851) y Certificado de Busqueda Catastral Nº2013-135409 de fecha 12 de setiembre de 2013; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley 29151-Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº007-2008-Vivienda; Que, el Gobierno Regional de MORDAZA es competente para inmatricular, administrar y adjudicar terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su

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